Reglamento (CE) nº 2240/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de diciembre de 2004, que modifica el Reglamento (CE) nº 975/1999 del Consejo por el que se fijan los requisitos para la aplicación de las acciones comunitarias de cooperación al desarrollo que contribuyan a alcanzar el objetivo general de desarrollar y consolidar la...

SectionReglamento
Issuing OrganizationParlamento Europeo y Consejo de la Unión Europea

REGLAMENTO (CE) No 2240/2004 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO

de 15 de diciembre de 2004

que modifica el Reglamento (CE) no 975/1999 del Consejo por el que se fijan los requisitos para la aplicación de las acciones comunitarias de cooperación al desarrollo que contribuyan a alcanzar el objetivo general de desarrollar y consolidar la democracia y el Estado de Derecho, así como el de respetar los derechos humanos y las libertades fundamentales

EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, y en particular el apartado 1 de su artículo 179,

Vista la propuesta de la Comisión,

De conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 251 del Tratado (1),Considerando lo siguiente:

(1) La acción comunitaria de fomento de los derechos humanos y los principios democráticos establecida en la Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo, de 8 de mayo de 2001, sobre 'El papel de la Unión Europea en el fomento de los derechos humanos y la democratización en terceros países', continuará después de 2004. El Reglamento (CE) no 975/1999 (2) ha demostrado ser un instrumento jurídico adecuado para la prestación de la ayuda técnica y financiera de la Comunidad destinada a actividades en el ámbito de los derechos humanos y la democratización en países en desarrollo y otros terceros países que tratan de lograr los objetivos generales en esta esfera. No obstante, el período de validez de dicho Reglamento expira el 31 de diciembre de 2004. Por consiguiente, es necesario prorrogar ese período.

(2) Sobre la base del índice de la dotación financiera incluida en el Reglamento (CE) no 975/1999 y los créditos indicativospara los derechos humanos y la democratización hasta 2006, el presente Reglamento establece, para toda la duración prorrogada del programa, una dotación financiera que, con arreglo al punto 33 del Acuerdo interinstitucional de 6 de mayo de 1999 entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre la disciplina presupuestaria y la mejora del procedimiento presupuestario (3), constituye la referencia privilegiada para la autoridad presupuestaria en el marco del procedimiento presupuestarioanual.

(3) Las disposiciones del Reglamento (CE) no 975/1999 sobre procedimientos para la ejecución de la ayuda deben adaptarse a los requisitos jurídicos del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (4) en lo que se refiere a la realización de las misiones de la...

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