87/369/CEE: Decisión del Consejo de 7 de abril de 1987 relativa a la celebración del Convenio Internacional del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías, así como de su Protocolo de enmienda          

SectionProtocolo
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

DECISIÓN DEL CONSEJO de 7 de abril de 1987 relativa a la celebración del Convenio Internacional del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías así como de su Protocolo de enmienda (87/369/CEE)

EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea, y, en particular, sus artículos 28, 113 y 235,

Vista la propuesta de la Comisión (1),

Visto el dictamen del Parlamento Europeo (2),

Considerando que el Consejo de Cooperación Aduanera, en el curso de su sesión plenaria del mes de junio de 1983, adoptó el Convenio Internacional del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías;

Considerando que dicho Convenio tiene por finalidad el facilitar el comercio internacional, así como la recogida, la comparación y el análisis de las estadísticas relativas al mismo;

Considerando que el mencionado Convenio está destinado a sustituir, como base internacional para los aranceles aduaneros y las nomenclaturas estadísticas, al Convenio sobre Nomenclatura firmado en Bruselas el 15 de diciembre de 1950, actualmente utilizado como base del arancel aduanero común y de la Nimexe;

Considerando que dicho Convenio fue firmado, a reserva de su aprobación en nombre de la Comunidad, el 10 de junio de 1985 ; que un Protocolo de enmienda a dicho Convenio fue adoptado por el Consejo de Cooperación Aduanera el 24 de junio de 1986 ; que es conveniente presentar a la vez el instrumento de aprobación de dicho Protocolo y el instrumento de aprobación del Convenio Internacional del Sistema Armonizado;

Considerando que la Comunidad piensa aplicar el Sistema Armonizado a partir del 1 de enero de 1988;

Considerando que la Comunidad tiene un interés esencial en ser parte en dicho Convenio, junto a los países más importantes en el ámbito del comercio internacional,

DECIDE:

Artículo 1

Quedan aprobados en nombre de la Comunidad el Convenio Internacional del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías, hecho en Bruselas el 14 de junio de 1983, así como su Protocolo de enmienda, hecho en Bruselas el 24 de junio de 1986. (1) DO no...

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