96/493/CE: Convenio internacional de las maderas tropicales, 1994          

SectionConvenio
Issuing OrganizationParlamento Europeo y Consejo de la Unión Europea

CONVENIO INTERNACIONAL DE LAS MADERAS TROPICALES, 1994

NACIONES UNIDAS

Nueva York y Ginebra, 1994

CONVENIO INTERNACIONAL DE LAS MADERAS TROPICALES, 1994 ÍNDICE

Página

Preámbulo . 7
Capítulo I Objetivos

Artículo

  1. Objetivos . 7

Capítulo II Definiciones
  1. Definiciones . 8

Capítulo III Organización y administración
  1. Sede y estructura de la Organización Internacional de las Maderas Tropicales . 9

  2. Miembros de la Organización . 9

  3. Participación de organizaciones intergubernamentales . 9

Capítulo IV El Consejo Internacional de las Maderas Tropicales
  1. Composición del Consejo Internacional de las Maderas Tropicales . 10

  2. Facultades y funciones del Consejo . 10

  3. Presidente y Vicepresidente del Consejo . 10

  4. Reuniones del Consejo . 10

  5. Distribución de los votos . 10

  6. Procedimiento de votación del Consejo . 11

  7. Decisiones y recomendaciones del Consejo . 11

  8. Quórum en el Consejo . 11

  9. Cooperación y coordinación con otras organizaciones . 11

  10. Admisión de observadores . 12

  11. Director Ejecutivo y personal . 12

Capítulo V Privilegios e inmunidades
  1. Privilegios e inmunidades . 12

Capítulo VI Disposiciones financieras
  1. Cuentas financieras . 13

  2. Cuenta Administrativa . 13

  3. Cuenta Especial . 13

  4. El Fondo de Cooperación de Bali . 14

  5. Formas de pago . 15

  6. Auditoría y publicación de cuentas . 15

Capítulo VII Actividades operacionales
  1. Actividades de la Organización relacionadas con políticas . 15

  2. Actividades de la Organización relacionadas con proyectos . 15

  3. Establecimiento de comités . 15

  4. Funciones de los comités . 16

Capítulo VIII Relación con el Fondo Común para los Productos Básicos28. Relación con el Fondo Común para los Productos Básicos . 17
Capítulo IX Estadísticas, estudios e información
  1. Estadísticas, estudios e información . 18

  2. Informe y examen anuales . 18

Capítulo X Disposiciones varias
  1. Reclamaciones y controversias . 19

  2. Obligaciones generales de los miembros . 19

  3. Exención de obligaciones . 19

  4. Medidas diferenciales y correctivas y medidas especiales . 19

  5. Revisión . 19

  6. No discriminación . 19

Capítulo XI Disposiciones finales
  1. Depositario . 20

  2. Firma, ratificación, aceptación y aprobación . 20

  3. Adhesión . 20

  4. Notificación de aplicación provisional . 20

  5. Entrada en vigor . 20

  6. Enmiendas . 21

  7. Retiro . 21

  8. Exclusión . 21

  9. Liquidación de las cuentas en caso de retiro o exclusión de un miembro o de imposibilidad por parte de un miembro de aceptar una enmienda . 21

  10. Duración, prórroga y terminación . 21

  11. Reservas . 22

  12. Disposiciones adicionales y transitorias . 22

Anexos

  1. Lista de países productores con recursos forestales tropicales y/o exportadores netos de maderas tropicales en términos de volumen, y asignación de votos a efectos del artículo 41 . 23

  2. Lista de países consumidores y asignación de votos a efectos del artículo 41 . 23

PREÁMBULO

LAS PARTES EN EL PRESENTE CONVENIO,

RECORDANDO la Declaración y el Programa de Acción sobre el Establecimiento de un Nuevo Orden Económico Internacional, el Programa Integrado para los Productos Básicos, la «Nueva colaboración para el desarrollo: el Compromiso de Cartagena» y los objetivos pertinentes contenidos en el «Espíritu de Cartagena»,

RECORDANDO el Convenio Internacional de las Maderas Tropicales, 1983, y reconociendo la labor realizada por la Organización Internacional de las Maderas Tropicales y los logros alcanzados desde sus comienzos, incluida una estrategia para lograr que el comercio internacional de maderas tropicales provenga de recursos forestales ordenados de forma sostenible,

RECORDANDO ADEMÁS la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, la Declaración autorizada, sin fuerza jurídica obligatoria, de principios para un consenso mundial respecto de la ordenación, la conservación y el desarrollo sostenible de los bosques de todo tipo, y los capítulos pertinentes del Programa 21 aprobado por la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo en junio de 1992 en Río de Janeiro, la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático y la Convención de las Naciones Unidas sobre la Diversidad Biológica,

RECONOCIENDO la importancia de las maderas para las economías de los países que tienen bosques productores de madera,

RECONOCIENDO ASIMISMO la necesidad de promover y aplicar principios y criterios comparables y adecuados para la ordenación, la conservación y el desarrollo sostenible de todos los tipos de bosques productores de madera,

TENIENDO EN CUENTA las relaciones existentes entre el comercio de las maderas tropicales y el mercado internacional de las maderas y la necesidad de adoptar una perspectiva global para mejorar la transparencia del mercado internacional de las maderas,

TOMANDO NOTA del compromiso asumido por todos los miembros en Bali, Indonesia, en mayo de 1990, de conseguir que para el año 2000 las exportaciones de productos de maderas tropicales provengan de recursos forestales ordenados de forma sostenible, y RECONOCIENDO el Principio 10 de la Declaración autorizada, sin fuerza jurídica obligatoria, de principios para un consenso mundial respecto de la ordenación, la conservación y el desarrollo sostenible de los bosques de todo tipo, principio que afirma que deben facilitarse a los países en desarrollo recursos financieros nuevos y adicionales para permitirles ordenar, conservar y desarrollar en forma sostenible sus recursos forestales, en particular mediante la forestación, la reforestación y la lucha contra la deforestación y la degradación de los bosques y de las tierras forestales,

TOMANDO NOTA ADEMÁS del compromiso de mantener, o alcanzar para el año 2000, la ordenación sostenible de sus respectivos bosques, anunciado por los miembros consumidores que son Partes en el Convenio Internacional de las Maderas Tropicales, 1983, en el IV período de sesiones de la Conferencia de las Naciones Unidas para la Negociación de un Convenio que Suceda al Convenio Internacional de las Maderas Tropicales, 1983, en Ginebra el 21 de enero de 1994,

DESEOSAS de consolidar el marco de cooperación internacional y de elaboración de políticas entre los miembros para la búsqueda de soluciones a los problemas con que tropieza la economía de las maderas tropicales,

HAN CONVENIDO en lo siguiente:

CAPÍTULO I OBJETIVOS Artículo 1
Artículo 1

Objetivos.

Reconociendo la soberanía de los miembros sobre sus recursos naturales, definida en la letra a) del Principio 1 de la Declaración autorizada, sin fuerza jurídica obligatoria, de principios para un consenso mundial respecto de la ordenación, la conservación y el desarrollo sostenible de los bosques de todo tipo, los objetivos del Convenio Internacional de las Maderas Tropicales, 1994 (denominado en adelante «el presente Convenio») son los siguientes:

a) proporcionar un marco eficaz para la consulta, la cooperación internacional y la elaboración de políticas entre todos los miembros en relación con todos los aspectos pertinentes de la economía mundial de la madera;

b) proporcionar un foro de consultas para promover el empleo de prácticas no discriminatorias en el comercio de maderas;

c) contribuir al proceso del desarrollo sostenible;

d) aumentar la capacidad de los miembros para aplicar una estrategia para conseguir que para el año 2000 las exportaciones de maderas y productos de maderas tropicales provengan de recursos forestales ordenados de forma sostenible;

e) fomentar la expansión y la diversificación del comercio internacional de maderas tropicales provenientes de recursos forestales ordenados de forma sostenible mediante el mejoramiento de las condiciones estructurales de los mercados internacionales, teniendo en cuenta, por una parte, el aumento a largo plazo del consumo y la continuidad de los suministros y, por otra, unos precios que incluyan los costos del desarrollo sostenible y que sean remuneradores y equitativos para los miembros, así como el mejoramiento del acceso al mercado;

f) fomentar y apoyar la investigación y el desarrollo con miras a mejorar la ordenación de los bosques y la utilización eficiente de las maderas, así como a aumentar la capacidad para conservar y fomentar otros valores forestales en los bosques tropicales productores de madera;

g) desarrollar mecanismos para proporcionar los recursos nuevos y adicionales y los conocimientos técnicos especializados que sean necesarios a fin de aumentar la capacidad de los miembros productores para lograr los objetivos del presente Convenio, y contribuir a esos mecanismos;

h) mejorar la información sobre el mercado con miras a lograr una mayor transparencia del mercado internacional de las maderas, incluidas la reunión, la clasificación y la difusión de datos sobre el comercio, inclusive datos sobre las especies comercializadas;

i) fomentar una elaboración mayor y más avanzada de las maderas...

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