Decisión del Consejo de 27 de noviembre de 2008 relativa a la celebración del Convenio relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil

SectionResolution
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

10.6.2009 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 147/1

II

(Actos adoptados en aplicación de los Tratados CE/Euratom cuya publicación no es obligatoria)

DECISIONES

CONSEJO

DECISIÓN DEL CONSEJO

de 27 de noviembre de 2008

relativa a la celebración del Convenio relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil

(2009/430/CE)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 61, letra c), leído en relación con su artículo 300, apartado 2, párrafo primero, y su artículo 300, apartado 3, párrafo segundo,

Vista la propuesta de la Comisión,

Visto el dictamen conforme del Parlamento Europeo

(1)

,

Considerando lo siguiente:

(1) El 16 de septiembre de 1988, los Estados miembros de las Comunidades Europeas firmaron un acuerdo internacional con la República de Islandia, el Reino de Noruega y la Confederación Suiza sobre la competencia judicial y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil

(2) Convenio sobre la competencia judicial y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil (DO L 319 de 25.11.1988, p. 9).

(4)

, que modernizó las normas del Convenio de Bruselas e hizo más ágil y eficaz el sistema de reconocimiento y ejecución.

(4) A la vista del paralelismo entre los regímenes de competencia judicial, reconocimiento y ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil de los Convenios de Bruselas y Lugano, las normas del Convenio de Lugano deben ajustarse a las normas del Reglamento (CE) nº 44/2001, a fin de lograr el mismo nivel de circulación de resoluciones judiciales entre los Estados miembros de la UE y los Estados de la AELC interesados.

( Convenio de Lugano), por el que se ampliaba a Islandia, Noruega y Suiza la aplicación de las normas del Convenio de 27 de septiembre de 1968

(3) Convenio de Bruselas sobre la competencia judicial y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil (DO L 299 de

31.12.1972, p. 32). (Versión consolidada en el DO C 27 de 26.1.1998, p. 1).

2) (

( Convenio de Bruselas) relativo a la misma materia.

(2) En 1998 y 1999 se celebraron negociaciones relativas a la revisión de los Convenios de Bruselas y de Lugano en el marco de un Grupo de trabajo ad hoc ampliado a Islandia, Noruega y Suiza. Dichas negociaciones culminaron con la adopción del texto de proyecto de Convenio elaborado por el Grupo de...

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