Explotación de servicios aéreos regulares Concurso convocado por Italia con arreglo a lo dispuesto en la letra d) del apartado 1 del artículo 4 del Reglamento (CEE) nº 2408/92 del Consejo para la explotación de servicios aéreos regulares entre Cagliari y Milán y viceversa

SectionReglamento
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

Explotación de servicios aØreos regulares Concurso convocado por Italia con arreglo a lo dispuesto en la letra d) del apartado 1 del artículo 4 del Reglamento (CEE) no 2408/92 del Consejo para la explotación de servicios aØreos regulares entre Cagliari y MilÆn y viceversa (2000/C 357/09) 1. Introducción: En virtud de lo dispuesto en la letra a) del apartado 1 del artículo 4 del Reglamento (CEE) no 2408/92 del Consejo, de 23.7.1992, relativo al acceso de las compaæías aØreas de la Comunidad a las rutas aØreas intracomunitarias, y de conformidad con la propuesta de la Región Autónoma de Cerdeæa, el Gobierno italiano ha decidido imponer obligaciones de servicio poeblico en los servicios aØreos regulares que operen entre:

Cagliari y MilÆn y viceversa.

Las normas correspondientes a dichas obligaciones de servicio poeblico se publicaron en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas no C 284 de 7.10.2000, p. 16.

En la medida en que, a 15.2.2001, ninguna compaæía aØrea ha iniciado ni se dispone a iniciar servicios aØreos regulares en la ruta antes mencionada de conformidad con las obligaciones de servicio poeblico impuestas y sin solicitar compensación económica alguna, Italia ha decidido, de acuerdo con el procedimiento previsto en la letra d) del apartado 1 del artículo 4 del citado Reglamento, limitar el acceso a esa ruta a una oenica compaæía y conceder mediante concurso el derecho de explotar dichos servicios a partir del 15.3.2001, con arreglo a las disposiciones del artículo 4 del Reglamento (CEE) no 2408/92.

Los proponentes podrÆn presentar ofertas relativas a la explotación del servicio en las demÆs rutas efectuadas a partir de los aeropuertos de Cerdeæa que hayan sido objeto de un concurso publicado en la misma fecha en el Diario Oficial, en particular si esta iniciativa contribuye a reducir la compensación global solicitada. En cualquier caso, los proponentes deberÆn indicar claramente respecto de cada ruta el importe de la compensación solicitada, adaptado, en su caso, en función de las diversas hipótesis de selección parcial o total de su oferta.

  1. Objeto del concurso: Ofrecer, a partir del 15.3.2001, servicios aØreos regulares entre Cagliari y MilÆn de conformidad con las obligaciones de servicio poeblico impuestas para dicha ruta y publicadas en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas no C 284 de 7.10.2000, p. 16, con arreglo a las disposiciones del Reglamento (CEE) no 2408/92.

  2. Participación en el concurso: La...

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