Explotación de servicios aéreos regulares Concurso convocado por el Reino Unido con arreglo a lo dispuesto en la letra d) del apartado 1 del artículo 4 del Reglamento (CEE) nº 2408/92 del Consejo para la explotación de servicios aéreos regulares entre Benbecula y Barra (Escocia)

SectionReglamento
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

III (Informaciones) COMISIÓN Anuncio de convocatoria de propuestas EuropeAid/117490/C/G Programa de medio ambiente en los países en desarrollo Programa de bosques tropicales y de otro tipo en los países en desarrollo (2003/C 296/05) La Comisión Europea invita a presentar propuestas para realizar proyectos en los países en desarrollo con ayuda financiera del 'Programa de Medio Ambiente en los países en desarrollo' y del 'Programa de bosques tropicales y de otro tipo en los países en desarrollo' de la Comunidad Europea. Los interesados pueden consultar el texto íntegro de la 'Guía para los solicitantes' en la dirección siguiente:

Comisión Europea AIDCO/F6

Sr. Pascale Noël Despacho: J-54 1/140

Rue de Genève 1-3-5

B-1140 Brussel y en el sitio de Internet:

http://europa.eu.int/comm/europeaid/cgi/frame12.pl El plazo para la presentación de propuestas concluirá el 9 de marzo de 2004 a las 16.00 horas (hora de Bruselas).

Explotación de servicios aéreos regulares Concurso convocado por el Reino Unido con arreglo a lo dispuesto en la letra d) del apartado 1 del artículo 4 del Reglamento (CEE) no 2408/92 del Consejo para la explotación de servicios aéreos regulares entre Benbecula y Barra (Escocia) (2003/C 296/06) (Texto pertinente a efectos del EEE) 1. Introducción: En virtud de lo dispuesto en la letra a) del apartado 1 del artículo 4 del Reglamento (CEE) no 2408/92 del Consejo, de 23 de julio de 1992, relativo al acceso de las compañías aéreas de la Comunidad a las rutas aéreas intracomunitarias, el Reino Unido ha impuesto una obligación de servicio público en los servicios aéreos regulares entre Benbecula y Barra. Las normas correspondientes a dicha obligación de servicio público se publicaron en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas C 53/06 de 4.3.1995 y se modificaron en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas C 143/04, de 8.5.1998, C 154/04, de 29.5.2001, C 310/10 de 13.12.2002 y C 295 de 5.12.2003.

En el supuesto de que, a 1 de marzo de 2004, ninguna compañía aérea haya iniciado o se disponga a iniciar servicios aéreos regulares entre Benbecula y Barra de conformidad con la obligación de servicio público impuesta y sin solicitar compensación económica alguna, el Reino Unido ha decidido, con arreglo al procedimiento previsto en la letra d) del apartado 1 del artículo 4 del Reglamento mencionado, seguir limitando el acceso a esta ruta a una única compañía y conceder mediante concurso público el derecho de explotar dichos servicios...

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