Convocatoria de concursos-oposición generales — EPSO/AD/358/18 — Juristas-lingüistas (AD 7) de lengua alemana (DE) EPSO/AD/359/18 — Juristas-lingüistas (AD 7) de lengua neerlandesa (NL)

SectionSelección

17.5.2018 ES Diario Oficial de la Unión Europea CA 170/1

Plazo de presentación de candidaturas: 19 de junio de 2018 a las 12.00 horas, hora central europea (CET).

La Oficina Europea de Selección de Personal (EPSO) organiza concursos-oposición generales con vistas a la constitución de listas de reserva a partir de las cuales el Tribunal de Justicia, cuya sede se encuentra en Luxemburgo, podrá contratar nuevos funcionarios en la categoría de juristas-lingüistas (grupo de funciones AD).

La presente convocatoria de concursos-oposición y sus anexos constituyen el marco jurídico vinculante de estos procesos de selección.

Véanse, en el ANEXO III, las normas generales aplicables a las oposiciones generales.

Número de candidatos que se pretende seleccionar:

EPSO/AD/358/18 — DE: 20

EPSO/AD/359/18 — NL: 16

La presente convocatoria abarca dos concursos-oposición. Los candidatos solo podrán presentar su candidatura para uno de ellos. Deberán escoger la opción que les interese en el momento de la presentación de la candidatura en línea y no podrán modificar dicha elección una vez hayan validado el formulario de candidatura electrónico.

El Tribunal de Justicia contrata a juristas muy cualificados que deben ser capaces de traducir textos jurídicos y legislativos, a menudo complejos, a la lengua del concurso-oposición, a partir de, al menos, dos lenguas. En su trabajo, los juristas-lingüistas deben utilizar herramientas informáticas y ofimáticas.

Los cometidos consisten en la traducción de textos jurídicos (sentencias del Tribunal de Justicia y del Tribunal General, conclusiones de los abogados generales, escritos de las partes, etc.) a la lengua del concurso-oposición a partir de, al menos, dos de las demás lenguas oficiales de la Unión Europea, y la realización de análisis jurídicos en colaboración con las secretarías y demás servicios del Tribunal de Justicia.

Los candidatos deberán reunir TODAS las condiciones que se indican a continuación en la fecha límite fijada para la presentación electrónica de candidaturas:

— Estar en plena posesión de sus derechos como ciudadanos de un Estado miembro de la UE.

— Cumplir todas las obligaciones impuestas por la legislación nacional en materia de servicio militar.

— Reunir las garantías de integridad requeridas para el ejercicio de las funciones previstas.

Los candidatos deberán poseer conocimientos de al menos tres lenguas oficiales de la UE . Deberán poseer conocimientos de la lengua del concurso-oposición , a nivel C2 (dominio perfecto), conocimiento del francés como mínimo a nivel C1 (conocimiento profundo) y conocimiento de una tercera lengua oficial de la UE, como mínimo a nivel C1 (conocimiento profundo).

Estos concursos-oposición están dirigidos a candidatos con un perfecto dominio, tanto escrito como oral, de la lengua del concurso-oposición (lengua materna o nivel equivalente). Se recomienda a las personas que no cumplan esta norma que no presenten su candidatura.

Véase el ANEXO I, relativo a las cualificaciones y las combinaciones lingüísticas requeridas.

Téngase en cuenta que el nivel exigido para la lengua 1 debe aplicarse a todas las capacidades lingüísticas (expresión oral, expresión escrita, comprensión escrita y compresión oral) exigidas en el formulario de candidatura. Dichas capacidades reflejan lo dispuesto en el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas: http://europass.cedefop.europa.eu/es/resources/european-language-levels-cefr.

En la presente convocatoria de concursos-oposición, se hará referencia a las lenguas según el esquema siguiente:

— Lengua 1: lengua del concurso-oposición ( alemán o neerlandés ). Lengua utilizada en el formulario de candidatura, las pruebas de traducción y las pruebas de la fase de evaluación.

— Lengua 2 ( francés ): lengua utilizada para una de las pruebas de traducción y para la comunicación de la EPSO con los candidatos que hayan presentado un formulario de candidatura válido.

— Lengua 3: lengua utilizada para una de las pruebas de traducción; deberá ser una lengua oficial de la Unión Europea distinta de las lenguas 1 y 2.

La lengua 2 deberá ser obligatoriamente el francés.

El Tribunal de Justicia es una institución multilingüe que trabaja con arreglo al régimen lingüístico definido por su Reglamento de Procedimiento. Una vez contratados, es esencial que los juristas-lingüistas puedan comenzar a trabajar inmediatamente.

La lengua que los candidatos han de consignar como lengua 1, a saber, la lengua en que hayan efectuado sus estudios de Derecho, corresponde a la lengua de destino de la unidad de traducción de que se trate y a la lengua de comunicación dentro de la unidad. Es necesario que los juristas-lingüistas tengan un dominio perfecto de dicha lengua, pues deberán traducir a ella textos jurídicos complejos. Asimismo, sobre la base de un dominio perfecto y activo de la lengua 1, los candidatos deberán demostrar, por ejemplo, que pueden realizar análisis jurídicos y terminológicos en la lengua 1 de cuestiones prejudiciales presentadas por órganos jurisdiccionales nacionales en dicha lengua. Debido a estas limitaciones específicas aplicables al trabajo de los juristas-lingüistas del Tribunal de Justicia, es razonable exigir a los candidatos que cumplimenten el formulario de candidatura y realicen las pruebas generales y específicas de la fase de evaluación en la lengua del concurso-oposición. Esta es la mejor garantía de que los candidatos seleccionados sean los más competentes en términos de capacidad y eficiencia.

La elección de la lengua 2 refleja el importante volumen de textos que deben traducirse a partir de dicha lengua, en particular sentencias y autos del Tribunal de Justicia y del Tribunal General. Para garantizar que su jurisprudencia pueda publicarse en todas las lenguas oficiales de la Unión Europea, es indispensable que todos los juristas-lingüistas de todas las unidades de traducción puedan trabajar a partir de la lengua 2. En los casos en que la posibilidad de elección de la lengua 3 se restrinja, dicha restricción tendrá en cuenta las necesidades de cobertura lingüística de las unidades de que se trate, en el sentido de que los juristas-lingüistas contratados en estas unidades deben ser capaces de traducir textos jurídicos complejos a partir de una de las lenguas especificadas. Estos textos incluyen los dictámenes de los abogados generales, traducidos a efectos de su publicación, y las alegaciones, traducidas para su conocimiento por las partes en el proceso y por los propios Tribunales.

Contrariamente a lo que se afirma en los puntos 4.2.1, 4.2.2 y 4.3.1 de las normas generales aplicables a las oposiciones generales (en el anexo III de la presente convocatoria), a efectos de estos concursos-oposición, los candidatos podrán presentar solicitudes y reclamaciones en la lengua 1 o en la lengua 2, mientras que la EPSO responderá en la lengua 2 (francés).

Los candidatos deberán cumplimentar el formulario de candidatura únicamente en la lengua que hayan elegido como lengua 1 [véase la sección «Condiciones específicas (lenguas)»].

Al cumplimentar su formulario de candidatura se les pedirá que confirmen que cumplen las condiciones de admisión para el concurso-oposición elegido y que faciliten más información relevante a efectos del concurso-oposición [por ejemplo: títulos, experiencia laboral y respuestas a preguntas específicas de la pestaña «Talent Screener» (evaluador de talentos)]. Además, deberán seleccionar su lengua 1 (la lengua del concurso-oposición), su lengua 2 (francés) y su lengua 3 (una de las oficiales de la UE, distinta de las lenguas 1 y 2).

Al validar su formulario de candidatura, los candidatos han de declarar por su honor que cumplen todas las condiciones mencionadas en la sección «Condiciones de admisión». Una vez validado su formulario, los candidatos no podrán hacer ninguna modificación posterior. Es responsabilidad de los candidatos cerciorarse de que han cumplimentado y validado sus formularios de candidatura dentro del plazo fijado .

Las condiciones de admisión establecidas en la sección «Condiciones de admisión» se compararán con los datos facilitados en el formulario de candidatura en línea de los candidatos. La EPSO comprobará el cumplimiento de las condiciones generales y el tribunal comprobará el de las condiciones específicas.

Si el número de candidatos que cumple las condiciones de admisión es inferior a 20 veces el número de candidatos que se pretende seleccionar por concurso-oposición, no se procederá a una preselección sobre la base de las cualificaciones y todos los candidatos serán convocados a las pruebas preliminares.

Si el número de candidatos que cumple las condiciones de admisión es igual o superior a 20 veces el número de candidatos que se pretende seleccionar por concurso-oposición, el tribunal examinará las solicitudes de todos los candidatos que hayan validado su formulario de candidatura en el plazo fijado.

En este último caso y para que el tribunal del concurso-oposición pueda comparar objetivamente los méritos de todos los candidatos de forma estructurada, todos ellos deberán responder al mismo conjunto de preguntas en la pestaña «Talent Screener» (evaluador de talentos) del formulario de candidatura. La selección basada en cualificaciones se efectuará, únicamente respecto de los candidatos que se considere que cumplen las condiciones de admisión conforme a lo descrito anteriormente en la sección 2, utilizando exclusivamente la información facilitada en la pestaña «Talent Screener». Por lo tanto, los candidatos deberán incluir en ella toda la información pertinente, aunque ya se mencione en otras secciones del formulario de candidatura. Las preguntas se basan en los criterios de selección establecidos en la presente convocatoria.

Véase la lista de criterios en el ANEXO II.

Para realizar esta selección basada en cualificaciones, el tribunal del concurso-oposición asignará a cada criterio de selección un coeficiente de ponderación que refleje su...

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