Convocatoria de manifestaciones de interés para el puesto de miembro de la Junta Directiva de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria

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24.5.2019 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 179/13

Se buscan candidatos para siete de los catorce puestos de miembro de la Junta Directiva de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria, creada en virtud del Reglamento (CE) n.o 178/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de enero de 2002, por el que se establecen los principios y los requisitos generales de la legislación alimentaria, se crea la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria y se fijan procedimientos relativos a la seguridad alimentaria (1). La sede de la Autoridad se encuentra en Parma, Italia.

La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) es la piedra angular del sistema de la Unión Europea para la evaluación del riesgo por lo que respecta a la seguridad de los alimentos y los piensos. La Autoridad se creó para brindar asesoramiento y apoyo científicos en relación con la legislación y las políticas de la Unión en todos aquellos ámbitos que, directa o indirectamente, pueden tener alguna repercusión en la seguridad de los alimentos y los piensos, así como en las cuestiones estrechamente relacionadas en el campo de la salud y el bienestar de los animales y en las cuestiones fitosanitarias. La Autoridad facilita información independiente acerca de estos temas e interviene en el proceso de comunicación sobre los riesgos. Entre sus cometidos está también brindar asesoramiento científico sobre numerosos aspectos de la legislación en materia de alimentos y piensos, así como cada vez que la legislación de la Unión lo requiera, incluso en relación con nuevas tecnologías alimentarias, como los OMG. La Autoridad goza de amplio reconocimiento como el punto de referencia gracias a su independencia, a la calidad científica de sus dictámenes y de su información al público, a la transparencia de sus procedimientos y a la diligencia en el ejercicio de sus funciones. Además de disponer de su propio personal especializado, la Autoridad cuenta con el apoyo de redes de organizaciones competentes de la Unión Europea.

De conformidad con el artículo 25 del Reglamento mencionado, «los miembros de la Junta Directiva serán designados de forma que garantice el máximo nivel de competencia, una amplia gama de conocimientos especializados pertinentes y, en consonancia con estos criterios, la distribución geográfica más amplia posible dentro de la Unión». Además, cuatro de los miembros de la Junta Directiva «contarán con historial en organizaciones representantes de los consumidores y otras partes interesadas en la cadena alimentaria».

Por añadidura, en el considerando 40 del Reglamento en cuestión se establece que «la cooperación con los Estados miembros resulta asimismo indispensable» y en el considerando 41, que «debe nombrarse a la Junta Directiva de tal modo que se garantice el más alto nivel de competencia, una amplia gama de conocimientos pertinentes, por ejemplo en gestión y administración pública, y el mayor reparto geográfico posible dentro de la Unión. Para facilitar lo anterior, debe procederse a una rotación de los diferentes países de origen de los miembros de la Junta Directiva, sin reservar ningún puesto para los nacionales de un Estado miembro específico».

Entre las responsabilidades de la Junta Directiva cabe citar, en particular, las siguientes:

— la supervisión general del trabajo de la Autoridad para asegurarse de que cumple su cometido y lleva a cabo las tareas que le son asignadas de acuerdo con su mandato y siempre de manera independiente y transparente,

— el nombramiento del Director Ejecutivo a partir de una lista de candidatos elaborada por la Comisión y, si es necesario, su destitución,

— el nombramiento de los miembros del comité científico y las comisiones técnicas científicas, que serán los encargados de proporcionar a la Autoridad sus dictámenes científicos,

— la adopción de los programas de trabajo anuales y plurianuales de la Autoridad y del informe general de actividades anuales,

— la aprobación del presupuesto de la Autoridad para el año siguiente y de las cuentas anuales del año anterior,

— la adopción de los estatutos de la Autoridad y de su reglamento financiero.

La Junta opera mediante reuniones públicas, sesiones privadas y correspondencia. Los documentos de la EFSA y la correspondencia de la Junta se redactan en inglés, y las sesiones privadas se celebran en esta misma lengua. La Junta se reúne entre cuatro y seis veces al año, principalmente en Parma.

La Junta Directiva está compuesta por catorce miembros y un representante de la Comisión, tal como se establece en el artículo 25, apartado 1, del...

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