Convocatoria de oposición general — EPSO/AD/373/19 – Administradores (AD 5)

SectionSelección

23.5.2019 ES Diario Oficial de la Unión Europea CA 177/1

Plazo de presentación de candidaturas: 25 de junio de 2019 a las 12.00 horas, hora central europea (CET)

La Oficina Europea de Selección de Personal (EPSO) convoca una oposición general con vistas a la constitución de una lista de reserva de la que las instituciones de la Unión Europea podrán contratar nuevos funcionarios en la categoría de administradores (grupo de funciones AD).

La presente convocatoria de oposición y sus anexos constituyen el marco jurídico vinculante de este proceso de selección.

Véanse, en el ANEXO II, las normas generales aplicables a las oposiciones generales.

Número de candidatos que se pretende seleccionar: 147

La función general de los administradores es asistir a los responsables de la toma de decisiones en el cumplimiento de la misión de la institución u organismo al que pertenezcan.

AD 5 es el grado en el que la mayor parte de los titulados universitarios empiezan su carrera como administradores en las instituciones europeas.

Las personas contratadas en este grado tras superar la oposición ejecutarán, como miembros de un equipo, tareas pertenecientes a uno de estos tres tipos:

1) formulación de políticas,

2) ejecución operativa, y

3) gestión de recursos.

Véase, en el ANEXO I, más información sobre las funciones habituales que deben desempeñarse.

El formulario de candidatura se divide en dos partes, cada una de ellas con un plazo, que se describen a continuación. Los candidatos deberán reunir TODAS las condiciones generales y específicas que se indican a continuación en la fecha límite de presentación de la primera parte del formulario de candidatura en línea . Durante el desarrollo de la oposición, la EPSO comprobará el cumplimiento de las condiciones generales y el tribunal comprobará el de las condiciones específicas que se describen a continuación.

— Estar en plena posesión de sus derechos como ciudadanos de un Estado miembro de la UE.

— Cumplir cuantas obligaciones les imponga la legislación nacional aplicable en materia de servicio militar.

— Reunir las garantías de integridad requeridas para el ejercicio de las funciones previstas.

Los candidatos deberán tener conocimientos de al menos dos lenguas oficiales de la UE , una con un nivel mínimo C1 (conocimiento profundo) y la otra con un nivel mínimo B2 (conocimiento satisfactorio).

Téngase en cuenta que los niveles mínimos exigidos más arriba se aplican a cada una de las aptitudes lingüísticas (expresión oral, expresión escrita, comprensión escrita y comprensión oral) solicitadas en el formulario de candidatura. Dichas capacidades son un reflejo de lo dispuesto en el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas: http://europass.cedefop.europa.eu/es/resources/european-language-levels-cefr.

En la presente convocatoria de oposición se hará referencia a las lenguas como:

— Lengua 1: lengua utilizada para las pruebas de razonamiento verbal, numérico y abstracto.

— Lengua 2: lengua empleada para la prueba de juicio situacional, el ejercicio de bandeja electrónica, las pruebas del centro de evaluación y la comunicación entre la EPSO y los candidatos que hayan presentado una candidatura válida. Esta lengua deberá ser distinta de la lengua 1.

A efectos de la presente oposición, la EPSO tiene previsto ofrecer como posible lengua 2 las cinco lenguas que los candidatos mencionen con mayor frecuencia con un nivel de conocimiento B2 o superior en la primera parte de sus formularios de candidatura, teniendo en cuenta al mismo tiempo las necesidades de los servicios según se describe a continuación .

Por razones prácticas y de organización, no es posible ofrecer pruebas en 24 lenguas en todas las fases de la oposición. La metodología del centro de evaluación, en particular, exige que los candidatos trabajen en grupo y sean evaluados por un tribunal de oposición común formado por un número limitado de miembros, a fin de garantizar la igualdad de trato.

Además, con el fin de garantizar la uniformidad al comparar a los candidatos, la EPSO y el tribunal trabajarán en un número limitado de lenguas vehiculares.

Por último, el esfuerzo y los recursos necesarios para la inclusión de cada lengua adicional deben ser proporcionales al número de candidatos adicionales que podrían inscribirse en la oposición en caso de ofrecerse esa lengua.

Por estas razones, la EPSO y las instituciones de la UE han acordado que puedan ofrecerse como lengua 2 un máximo de hasta cinco lenguas.

Por los mismos motivos, es razonable limitar la lengua de comunicación entre los candidatos que hayan presentado una candidatura válida y las instituciones.

Las instituciones de la UE requieren que el personal recién contratado sea, de inmediato, capaz de comunicarse eficazmente para su actividad laboral cotidiana con la mayor parte de sus compañeros de trabajo e interesados. El funcionamiento eficiente de las instituciones podría verse gravemente obstaculizado en caso contrario.

Para maximizar el número de candidatos que conozcan una de las cinco lenguas vehiculares ofrecidas según los criterios anteriores, los candidatos han de señalar todas las lenguas oficiales de la UE de las que tengan conocimiento, incluida su lengua principal. La EPSO combinará a continuación todos los formularios de candidatura validados en el primer plazo, a fin de clasificar en orden decreciente las lenguas para las cuales los candidatos hayan manifestado un conocimiento de un nivel B2 o superior. Posteriormente, la EPSO comunicará la información a su Consejo de Administración y a los departamentos de Recursos Humanos (RR.HH.) de las instituciones que hayan solicitado candidatos aprobados de la presente oposición, con el fin de comparar las necesidades operativas y lingüísticas de todos sus servicios de contratación con las lenguas declaradas por los candidatos. Sobre la base de esta comparación, las instituciones y la EPSO se pondrán de acuerdo sobre las cinco lenguas que deberán ofrecerse como lengua 2 en la oposición, de acuerdo con los intereses de los servicios. La EPSO, actuando como autoridad facultada para proceder a los nombramientos, determinará formalmente las lenguas que se utilizarán en la prueba de juicio situacional, la bandeja electrónica y el centro de evaluación (lengua 2), y comunicará su decisión a los candidatos poco después de que finalice el plazo de presentación de candidaturas.

— Tener un nivel de formación correspondiente a un ciclo completo de estudios universitarios de al menos tres años de duración, acreditado por un título (que debe haber sido obtenido a más tardar el 31 de julio de 2019).

Véanse, en el ANEXO III, ejemplos de cualificaciones mínimas exigidas.

— No se requiere experiencia profesional.

El formulario de candidatura se divide en dos partes. Para cumplimentar ambas partes del formulario de candidatura, puede seleccionar cualquiera de las 24 lenguas oficiales de la UE:

i) La primera parte deberá ser cumplimentada antes de que finalice el plazo de presentación de candidaturas indicado en la presente convocatoria. Al cumplimentar esta primera parte del formulario, se pedirá a los candidatos que confirmen el cumplimiento de las condiciones de admisión a la oposición y que indiquen su grado de conocimiento de todas las lenguas oficiales de la UE de las que tengan al menos un conocimiento básico, oral y escrito . Sin embargo, los candidatos han de tener en cuenta que, para que se admita su candidatura, deberán señalar un mínimo de dos lenguas; una con un nivel mínimo de C1, y otra con un nivel mínimo de B2 . Poco después de finalizado el plazo de presentación de candidaturas, se comunicarán las cinco lenguas ofrecidas como lengua 2. Los candidatos que no hayan declarado en la primera parte del formulario de candidatura un conocimiento de nivel B2 o superior para cualquiera de las cinco lenguas ofrecidas, quedarán descalificados de la oposición. Al validar la primera parte del formulario de candidatura, los candidatos han de declarar por su honor que cumplen todas las condiciones mencionadas en la sección «Condiciones de admisión».

ii) Si al menos una de las lenguas respecto de las cuales un candidato determinado ha manifestado un conocimiento de nivel B2 o superior en la primera parte del formulario de candidatura está entre las cinco lenguas ofrecidas como lengua 2, se le instará a cumplimentar la segunda parte del formulario, para lo cual se le indicará un nuevo plazo de obligado cumplimiento. En esta parte deberá añadir la información adicional pertinente para esta oposición (por ejemplo, títulos o experiencia laboral). Igualmente, deberá seleccionar sus lenguas 1 y 2 de entre las lenguas cuyo conocimiento haya manifestado en la primera parte del formulario. La lengua 1 puede ser cualquiera de las 24 lenguas oficiales de la UE, y la lengua 2 debe ser una de las cinco lenguas ofrecidas.

Una vez validada cada una de las partes del formulario de candidatura, los candidatos no podrán realizar ninguna modificación.

Es responsabilidad de los propios candidatos cerciorarse de que han cumplimentado y validado tanto la primera como la segunda parte del formulario de candidatura dentro de los plazos respectivos .

Tengan en cuenta que accederán a todas las secciones de su formulario de candidatura el tribunal (durante la oposición) y los servicios de recursos humanos de las instituciones europeas (para la contratación de los candidatos aprobados), que trabajan en un número limitado de lenguas vehiculares, tal como se ha explicado anteriormente.

En caso de que aprueben la oposición y pasen a figurar en la lista de reserva, se pedirá a los candidatos que faciliten a los servicios de contratación una traducción del formulario a la lengua 2 (elegida de entre las cinco lenguas ofrecidas) si han utilizado otra lengua para cumplimentar el formulario de candidatura.

Los candidatos que validen la segunda parte de...

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