Corrección de errores del Reglamento (CE) nº 1935/2006 de la Comisión, de 20 de diciembre de 2006, que modifica el Reglamento (CE) nº 794/2004 por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº 659/1999 del Consejo por el que se establecen disposiciones de aplicación del artículo 93 del Tratado CE (  DO L 407 de 30.12....

SectionReglamento
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

CORRECCIÓN DE ERRORES Corrección de errores del Reglamento (CE) no 1935/2006 de la Comisión, de 20 de diciembre de 2006, que modifica el Reglamento (CE) no 794/2004 por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) no 659/1999 del Consejo por el que se establecen disposiciones de aplicación del artículo 93 del Tratado CE (Diario Oficial de la Unión Europea L 407 de 30 de diciembre de 2006) El Reglamento (CE) no 1935/2006 queda redactado como sigue:

REGLAMENTO (CE) No 1935/2006 DE LA COMISIÓN de 20 de diciembre de 2006 que modifica el Reglamento (CE) no 794/2004 por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) no 659/1999 del Consejo por el que se establecen disposiciones de aplicación del artículo 93 del Tratado CE LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 659/1999 del Consejo, de 22 de marzo de 1999, por el que se establecen disposiciones de aplicación del artículo 93 del Tratado CE (1 ), y, en particular, su artículo 27,

Previa consulta al Comité consultivo sobre ayudas estatales,

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (CE) no 794/2004 de la Comisión (2 ) establece un impreso de notificación de ayudas estatales obligatorio y exhaustivo. También prevé que la información suplementaria necesaria para la evaluación de una medida relativa a las ayudas estatales debe presentarse en los impresos que figuran en el anexo de dicho Reglamento.

(2) A raíz de la adopción por parte de la Comisión de las Directrices comunitarias sobre ayudas estatales al sector agrario y forestal para 2007-2013 (3 ), se han modificado las normas aplicadas por la Comisión para evaluar la compatibilidad de las ayudas estatales con el mercado común. Como el impreso de notificación es un cuestionario detallado basado en las normas aplicables, es necesario modificar algunas de sus partes.

(3) Es necesario, por lo tanto, modificar el Reglamento (CE) no 794/2004 en consecuencia.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo I del Reglamento (CE) no 794/2004 queda modificado con arreglo al anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 20 de diciembre de 2006.

Por la Comisión Mariann FISCHER BOEL Miembro de la Comisión 15.2.2007 L 44/3Diario Oficial de la Unión EuropeaES (1 ) DO L 83 de 27.3.1999, p. 1.

(2 ) DO L 140 de 30.4.2004, p. 1. Reglamento...

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