Asunto F-94/11: Sentencia del Tribunal de la Función Pública (Sala Segunda) de 21 de marzo de 2013 — Brune/Comisión (Función pública — Oposición general — Anulación de una decisión de no inscripción en una lista de reserva — Ejecución de la cosa juzgada — Principio de legalidad — Excepción de ilegalidad dirigida contra la decisión de reabrir el procedimiento de oposición)

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ES Diario Oficial de la Unión Europea 4.5.2013

TRIBUNAL DE LA FUNCIÓN PÚBLICA DE LA UNIÓN EUROPEA

Sentencia del Tribunal de la Función Pública (Sala Segunda) de 21 de marzo de 2013 - Brune/Comisión

(Asunto F-94/11) ( 1 )

(Función pública - Oposición general - Anulación de una decisión de no inscripción en una lista de reserva - Ejecución de la cosa juzgada - Principio de legalidad - Excepción ilegalidad dirigida contra la decisión de reabrir el procedimiento de oposición)

(2013/C 129/55)

Lengua de procedimiento: alemán

Markus Brune (Bonn, Alemania) (representante: H. Mannes, abogado)

Comisión Europea (representantes: J. Currall y B. Eggers, agentes)

Pretensión de anulación de la decisión de EPSO de reabrir el procedimiento de la oposición general EPSO/AD/26/05 y de invitar al demandante a participar de nuevo en la prueba oral y de anulación de la decisión de excluirlo de dicha oposición al no haber participado en la citada prueba.

Desestimar el recurso.

Condenar al Sr. Brune a cargar con sus propias costas y con las de la Comisión Europea.

) DO C 355, de 3.12.2011, p. 30.

Recurso interpuesto el 7 de enero de 2013 - ZZ/ Comisión

(Asunto F-2/13)

(2013/C 129/56)

Lengua de procedimiento: italiano

ZZ (representante: G. Cipressa, abogado)

Demandada: Comisión Europea

Objeto y descripción del litigio

Anulación de la decisión implícita por la que se deniega la solicitud del demandante de que se aplique a su retribución, percibida desde el mes de mayo del año 2001 y hasta que finalizó su destino en Angola, el coeficiente corrector previsto en los artículos 12 y 13 del anexo X del Estatuto.

Pretensiones de la parte demandante

- Que se anule la decisión, cualquiera que sea el modo en que se adoptó, en virtud de la cual la Comisión denegó la solicitud de 24 de octubre de 2011.

- Quatenus oportet, que se anule el acto, cualquiera que sea el modo en que se adoptó, por el que la Comisión desestimó la reclamación de 21 de mayo de 2012, transmitida por el demandante a la AFPN...

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