Council Decision (EU) 2016/2369 of 11 November 2016 on the signing, on behalf of the Union, and provisional application of the Protocol of Accession to the Trade Agreement between the European Union and its Member States, of the one part, and Colombia and Peru, of the other part, to take account of the accession of Ecuador

Published date24 December 2016
Subject Matterrelazioni esterne,adesione, accordo,relaciones exteriores,acceso al acuerdo,relations extérieures,accession à accord
Official Gazette PublicationGazzetta ufficiale dell'Unione europea, L 356, 24 dicembre 2016,Diario Oficial de la Unión Europea, L 356, 24 de diciembre de 2016,Journal officiel de l'Union européenne, L 356, 24 décembre 2016
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24.12.2016 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 356/1

DECISIÓN (UE) 2016/2369 DEL CONSEJO

de 11 de noviembre de 2016

relativa a la firma, en nombre de la Unión, y a la aplicación provisional del Protocolo de Adhesión del Acuerdo Comercial entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y Colombia y el Perú, por otra, para tener en cuenta la adhesión de Ecuador

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 91, su artículo 100, apartado 2, y su artículo 207, apartado 4, párrafo primero, en relación con su artículo 218, apartado 5,

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Considerando lo siguiente:

(1) El 19 de enero de 2009, el Consejo autorizó a la Comisión a que negociara, en nombre de la Unión y sus Estados miembros, un acuerdo comercial multipartes con los Países Miembros de la Comunidad Andina que compartieran el objetivo de llegar a un acuerdo comercial ambicioso, exhaustivo y equilibrado.
(2) El 26 de junio de 2012, la Unión firmó el Acuerdo Comercial entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y Colombia y el Perú, por otra (1) (en lo sucesivo, «Acuerdo»). El Acuerdo se aplica provisionalmente desde el 1 de marzo de 2013 con Perú y desde el 1 de agosto de 2013 con Colombia.
(3) El artículo 329 del Acuerdo establece las disposiciones sobre la adhesión de otros Países Miembros de la Comunidad Andina al Acuerdo.
(4) En 2014 se llevaron a cabo negociaciones entre la Unión y Ecuador de cara a un protocolo de adhesión al Acuerdo. Dichas negociaciones finalizaron el 17 de julio de 2014.
(5) El texto del Protocolo de adhesión del Acuerdo Comercial entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y Colombia y el Perú, por otra, para tener en cuenta la adhesión de Ecuador (en lo sucesivo, «Protocolo») fue aprobado por el Comité de Comercio creado en virtud del Acuerdo en su reunión de 8 de febrero de 2016, como requiere el artículo 329, apartado 4, de este último.
(6) El Protocolo debe ser firmado en nombre de la Unión y aplicarse de forma provisional hasta tanto terminen los procedimientos necesarios para su celebración. El artículo 27, apartado 4, del Protocolo establece su aplicación provisional. Como resultado de la aplicación provisional del Protocolo, el Acuerdo se ha de aplicar de forma
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