Council Decision (EU) 2017/938 of 23 September 2013 on the signing, on behalf of the European Union, of the Minamata Convention on Mercury

Published date02 June 2017
Subject Matterambiente,relazioni esterne,medio ambiente,relaciones exteriores,environnement,relations extérieures
Official Gazette PublicationGazzetta ufficiale dell'Unione europea, L 142, 2 giugno 2017,Diario Oficial de la Unión Europea, L 142, 2 de junio de 2017,Journal officiel de l'Union européenne, L 142, 2 juin 2017
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2.6.2017 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 142/2

DECISIÓN (UE) 2017/938 DEL CONSEJO

de 23 de septiembre de 2013

relativa a la firma, en nombre de la Unión Europea, del Convenio de Minamata sobre el Mercurio

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 192, apartado 1, en relación con su artículo 218, apartado 5,

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Considerando lo siguiente:

(1) El mercurio y sus compuestos son muy tóxicos para la salud de los seres humanos, de los animales y de las plantas. Dentro de la Unión el mercurio y sus compuestos están sometidos a una normativa que tiene por objeto la protección de la salud de los seres humanos y del medio ambiente.
(2) En 2009 el Consejo de Administración del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) solicitó al director ejecutivo del PNUMA que convocase un comité intergubernamental de negociación con el mandato de preparar un instrumento jurídicamente vinculante de alcance mundial sobre el mercurio, con el objetivo de concluir sus trabajos antes del 27.o período ordinario de sesiones de 2013 del Consejo de Administración.
(3) En diciembre de 2010, el Consejo autorizó a la Comisión a participar, en nombre de la Unión, por lo que respecta a cuestiones de la competencia de esta y en relación con las cuales la Unión ha adoptado varias disposiciones, en las negociaciones acerca de un instrumento jurídicamente vinculante y de alcance mundial sobre el mercurio, de conformidad con las directrices de negociación establecidas en el apéndice de dicha autorización.
(4) El proceso de negociación concluyó satisfactoriamente en la quinta sesión del Comité Intergubernamental de Negociación, que se celebró en Ginebra del 13 al 18 de enero de 2013.
(5) La Unión fue un actor clave en las negociaciones y tomó parte activa en el resultado, que está dentro de los límites de las directrices de negociación que recibió la Comisión.
(6) El Consejo se felicitó, en su 3233.a sesión, celebrada el 21 de marzo de 2013, por el resultado del proceso de negociación.
(7) El instrumento jurídicamente vinculante y de alcance mundial sobre el mercurio se abre a la firma en la Conferencia Diplomática que se celebra en Kumamoto (Japón) del 7 al 11 de octubre de 2013, con el nombre de
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