Decisión (UE) 2019/393 del Consejo, de 7 de marzo de 2019, relativa a la firma, en nombre de la Unión Europea, del Protocolo entre la Unión Europea, la Confederación Suiza y el Principado de Liechtenstein del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre los criterios y mecanismos para determinar el Estado responsable del examen de una solicitud de asilo presentada en un Estado miembro o en Suiza, en lo que respecta al acceso a Eurodac a efectos de aplicación de la ley

Published date13 March 2019
Subject MatterAssociazione europea di libero scambio (EFTA),relazioni esterne,politica in materia di asilo,Asociación Europea de Libre Comercio (AELC),relaciones exteriores,política de asilo,Association européenne de libre-échange (AELE),relations extérieures,politique d'asile
Official Gazette PublicationGazzetta ufficiale dell'Unione europea, L 71, 13 marzo 2019,Diario Oficial de la Unión Europea, L 71, 13 de marzo de 2019,Journal officiel de l'Union européenne, L 71, 13 mars 2019
L_2019071ES.01000501.xml
13.3.2019 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 71/5

DECISIÓN (UE) 2019/393 DEL CONSEJO

de 7 de marzo de 2019

relativa a la firma, en nombre de la Unión Europea, del Protocolo entre la Unión Europea, la Confederación Suiza y el Principado de Liechtenstein del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre los criterios y mecanismos para determinar el Estado responsable del examen de una solicitud de asilo presentada en un Estado miembro o en Suiza, en lo que respecta al acceso a Eurodac a efectos de aplicación de la ley

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 87, apartado 2, letra a), y su artículo 88, apartado 2, párrafo primero, letra a), en relación con su artículo 218, apartado 5,

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Considerando lo siguiente:

(1) El 14 de diciembre de 2015, el Consejo autorizó a la Comisión a entablar negociaciones con Suiza y Liechtenstein sobre las modalidades de participación de Suiza y Liechtenstein en el procedimiento de comparación y transmisión de datos a efectos de aplicación de la ley establecido en el capítulo VI del Reglamento (UE) n.o 603/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (1).
(2) Las negociaciones concluyeron y el 22 de noviembre de 2017 se rubricó el Protocolo del Acuerdo de 26 de octubre de 2004 entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre los criterios y mecanismos para determinar el Estado responsable del examen de una solicitud de asilo presentada en un Estado miembro o en Suiza, en lo que respecta al acceso a Eurodac a efectos de aplicación de la ley (en lo sucesivo «Protocolo»).
(3) Procede firmar el Protocolo.
(4) El Reino Unido e Irlanda están vinculados por el Reglamento (UE) n.o 603/2013 y participan, por lo tanto, en la adopción de la presente Decisión.
(5) De conformidad con los artículos 1 y 2 del Protocolo n.o 22 sobre la posición de Dinamarca, anejo al Tratado de la Unión Europea y al Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, Dinamarca no participa en la adopción de la presente Decisión y no queda vinculada por ella ni sujeta a su aplicación.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Se autoriza la firma, en nombre de la Unión, del Protocolo entre la Unión Europea, la Confederación Suiza y el Principado de Liechtenstein del Acuerdo...

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