Reglamento (CE) nº 2744/95 del Consejo, de 27 de noviembre de 1995, relativo a las estadísticas sobre la estructura y distribución de los salarios

Published date30 November 1995
Subject Matterdisposizioni sociali,informazione e verifiche,dispositions sociales,informations et vérifications,disposiciones sociales,información y verificación
Official Gazette PublicationGazzetta ufficiale delle Comunità europee, L 287, 30 novembre 1995,Journal officiel des Communautés européennes, L 287, 30 novembre 1995,Diario Oficial de las Comunidades Europeas, L 287, 30 de noviembre de 1995
EUR-Lex - 31995R2744 - ES 31995R2744

Reglamento (CE) nº 2744/95 del Consejo, de 27 de noviembre de 1995, relativo a las estadísticas sobre la estructura y distribución de los salarios

Diario Oficial n° L 287 de 30/11/1995 p. 0003 - 0006


REGLAMENTO (CE) N° 2744/95 DEL CONSEJO de 27 de noviembre de 1995 relativo a las estadísticas sobre la estructura y distribución de los salarios

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad europea y, en particular, su artículo 213,

Vista la propuesta de la Comisión,

Considerando que, con objeto de llevar a cabo las tareas que tiene atribuidas, la Comisión debe estar informada sobre la situación y las tendencias de los salarios en los Estados miembros de la Comunidad en lo relativo, por un lado, a sus variaciones en términos de estructura de la fuerza de trabajo y, por otro, a la distribución de los trabajadores por cuenta ajena de acuerdo con el nivel salarial;

Considerando que el desarrollo de la Comunidad y el funcionamiento del mercado interior aumentan la necesidad de disponer de datos comparables sobre la estructura de los salarios, especialmente como medio para analizar el avance de la cohesión económica y social y para establecer comparaciones fiables entre los Estados miembros y las regiones de la Comunidad;

Considerando que el mejor método para valorar la situación en lo que respecta a la estructura y distribución de los salarios consiste en elaborar estadísticas comunitarias sobre la estructura de los salarios utilizando definiciones y métodos armonizados como ya se hizo en 1966, 1972, 1974 y 1978 con arreglo al Reglamento n° 188/64/CEE (1) y a los Reglamentos (CEE) nos 2395/71 (2), 178/74 (3) y 495/78 (4), respectivamente;

Considerando que, con motivo de las transformaciones que se están produciendo en la estructura de la fuerza de trabajo y en la distribución de los salarios, especialmente en relación con las actividades económicas, las resultados de las encuestas anteriores han perdido actualidad y no abarcan a todos los Estados miembros;

Considerando que los datos de que disponen actualmente los Estados miembros en su conjunto sólo representan medias y no proporcionan, por tanto, indicaciones ni sobre la relación entre los salarios y las características individuales de los trabajadores por cuenta ajena (en particular la edad, el sexo, la categoría profesional y la antigueedad en el puesto) ni sobre la distribución de salarios;

Considerando que sólo en determinados Estados miembros se dispone de información estadística en este campo, por lo cual no pueden hacerse comparaciones válidas; que, por consiguiente, las estadísticas sobre la estructura de los salarios deben realizarse a partir de definiciones comunes y de metodologías armonizadas;

Considerando que, de conformidad con el principio de subsidiariedad, la creación de normas estadísticas comunes que permitan la obtención de datos armonizados sólo se podrá llevar a cabo eficazmente a nivel comunitario; que dichas normas se aplicarán en cada Estado miembro bajo la...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT