Council Regulation (EEC) No 3808/81 of 21 December 1981 amending Regulations (EEC) No 2358/71 on the common organization of the market in seeds, (EEC) No 2727/75 on the common organization of the market in cereals and (EEC) No 950/68 on the Common Customs Tariff

Published date31 December 1981
Subject MatterCereals,Seeds and seedlings,Common customs tariff
Official Gazette PublicationOfficial Journal of the European Communities, L 382, 31 December 1981,Journal officiel des Communautés européennes, L 382, 31 décembre 1981,Diario Oficial de las Comunidades Europeas #Edición especial 1985#03 Agricultura#Volumen 24,Gazzetta ufficiale delle Comunità europee, L 382, 31 dicembre 1981
EUR-Lex - 31981R3808 - ES

Reglamento (CEE) n° 3808/81 del Consejo, de 21 de diciembre de 1981, por el que se modifican los Reglamentos (CEE) n° 2358/71 por el que se establece la organización común de mercados en el sector de las semillas, (CEE) n° 2727/75 en el sector de los cereales y (CEE) n° 950/68 relativo al arancel aduanero común

Diario Oficial n° L 382 de 31/12/1981 p. 0037 - 0040
Edición especial en español: Capítulo 03 Tomo 24 p. 0091
Edición especial en portugués: Capítulo 03 Tomo 24 p. 0091


REGLAMENTO ( CEE ) N º 3808/81 DEL CONSEJO

de 21 de diciembre de 1981

por el que se modifican los Reglamentos ( CEE ) n º 2358/71 por el que se establece la organización común de mercados en el sector de las semillas , ( CEE ) n º 2727/75 en el sector de los cereales y ( CEE ) n º 950/68 relativo al arancel aduanero común

EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea y , en particular , su artículo 43 ,

Vista la propuesta de la Comisión ,

Visto el dictamen del Parlamento Europeo (1) ,

Visto el dictamen del Comité económico y social (2) ,

Considerando que el cultivo de espelta ( Triticum spelta ) representa para determinadas regiones de la Comunidad una producción de un interés económico nada despreciable y dificilmente reemplazable en razón de las características de su suelo y de su clima ;

Considerando que la producción de semillas garantizadas de dicho cereal es particularmente costosa para el productor , en razón , particularmente de la estrechez del mercado ;

Considerando que hay que garantizar , mediante medidas apropiadas , la estabilidad de este mercado , así como unos ingresos equitativos para los productores de semillas de espelta ;

Considerando que , con este objeto , el Reglamento ( CEE ) n º 2358/71 (3) , modificado en último lugar por el Acta de Adhesión de 1979 , ha previsto en particular la posibilidad de conceder una ayuda a la producción de determinadas semillas , que es conveniente por consiguiente extender el campo de aplicación de dicho Reglamento ( CEE ) n º 2727/75 (4) , modificado en último lugar por el Reglamento ( CEE ) n º 1949/81 (5) ;

Considerando que conviene igualmente prever la posibilidad de fomentar , mediante la concesión de la ayuda prevista , la producción de semillas básicas y de semillas garantizadas de espelta ; que dicho producto debe mencionarse , con...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT