Council Regulation (EEC) No 591/79 of 26 March 1979 laying down general rules concerning the production refund for olive oils used in the manufacture of certain preserved foods
Published date | 30 March 1979 |
Subject Matter | Oils and fats |
Official Gazette Publication | Official Journal of the European Communities, L 78, 30 March 1979,Journal officiel des Communautés européennes, L 78, 30 mars 1979,Gazzetta ufficiale delle Comunità europee, L 78, 30 marzo 1979 |
Reglamento (CEE) n° 591/79 del Consejo, de 26 de marzo de 1979, por el que se prevén las normas generales relativas a la restitución a la producción para los aceites de oliva utilizados para la fabricación de determinadas conservas
Diario Oficial n° L 078 de 30/03/1979 p. 0002 - 0004
Edición especial en finés : Capítulo 3 Tomo 10 p. 0200
Edición especial griega: Capítulo 03 Tomo 25 p. 0018
Edición especial sueca: Capítulo 3 Tomo 10 p. 0200
Edición especial en español: Capítulo 03 Tomo 16 p. 0064
Edición especial en portugués: Capítulo 03 Tomo 16 p. 0064
REGLAMENTO ( CEE ) N º 591/79 DEL CONSEJO
de 26 de marzo de 1979
por el que se prevén las normas generales relativas a la restitución a la producción para los aceites de oliva utilizados para la fabricación de determinadas conservas
EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea ,
Visto el Reglamento n º 136/66/CEE del Consejo , de 22 de septiembre de 1966 , por el que se establece una organización común de mercados en el sector de las materias grasas (1) , modificado , en último lugar por el Reglamento ( CEE ) n º 1562/78 (2) , y , en particular , el segundo párrafo de su artículo 20 bis ,
Visto el Reglamento ( CEE ) n º 2749/78 del Consejo , de 23 de noviembre de 1978 , relativo a los intercambios de materias grasas entre la Comunidad y Grecia (3) y , en particular su artículo 9 ,
Vista la propuesta de la Comisión ,
Considerando que el artículo 20 del Reglamento n º 136/66/CEE prevé que el aceite de oliva utilizado para la fabricación de conservas de pescado y de hortalizas podrá beneficiarse de un régimen de restitución a la producción o de suspensión total o parcial de la exacción reguladora a la importación ; que , habida cuenta de las características del mercado del aceite de oliva y de la experiencia adquirida , el régimen de restitución a la producción parece el más adecuado ; que , resulta necesario establecer las normas generales de aplicación de dicho régimen ;
Considerando que la restitución a la producción debe permitir que los beneficiarios compren en el mercado de la Comunidad , a precios próximos a los practicados en el mercado mundial , la calidad de aceite que utilicen con más frecuencia en sus fabricaciones ; que , a tal efecto , la restitución a la producción debe fijarse en función del elemento variable de la exacción reguladora a la importación de los aceites obtenidos mediante refinación de aceite de oliva virgen ;
Considerando que debe garantizarse a los interesados...
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