Council Regulation (EEC) No 129/78 of 24 January 1978 on the exchange rates to be applied for the purposes of the common agricultural structures policy

Published date25 January 1978
Subject MatterMonetary measures in the field of agriculture,Agricultural structures,European Agricultural Guidance and Guarantee Fund (EAGGF)
Official Gazette PublicationOfficial Journal of the European Communities, L 20, 25 January 1978,Gazzetta ufficiale delle Comunità europee, L 20, 25 gennaio 1978,Journal officiel des Communautés européennes, L 20, 25 janvier 1978
EUR-Lex - 31978R0129 - ES

Reglamento (CEE) n° 129/78 del Consejo, de 24 de enero de 1978, referente a los tipos de cambio que se deben aplicar en el marco de la política común de estructuras agrícolas

Diario Oficial n° L 020 de 25/01/1978 p. 0016 - 0017
Edición especial griega: Capítulo 03 Tomo 20 p. 0009
Edición especial en español: Capítulo 03 Tomo 13 p. 0199
Edición especial en portugués: Capítulo 03 Tomo 13 p. 0199


REGLAMENTO ( CEE ) N º 129/78 DEL CONSEJO

de 24 de enero de 1978

referente a los tipos de cambio que se deben aplicar en el marco de la política común de estructuras agrícolas

EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea y , en particular , su artículo 43 ,

Vista la propuesta de la Comisión ,

Visto el dictamen del Parlamento Europeo (1) ,

Considerando que , de acuerdo con los artículos 4 y 6 del Reglamento ( CEE ) n º 1134/68 del Consejo , de 30 de julio de 1968 , por el que se determinan las normas de aplicación del Reglamento ( CEE ) n º 653/68 relativo a las condiciones de modificación del valor de la unidad de cuenta utilizada para la política agrícola común (2) , los importes fijados en unidades de cuenta en los actos relativos al sector agrícola deben convertirse al tipo representativo en vigor en el momento en que se produzca el hecho generador del crédito ; que dicha disposición se aplica , por consiguiente , a las ayudas fijadas en unidades de cuenta de los actos referentes a la mejora de las estructuras agrícolas ;

Considerando que los tipos representativos se modifican sobre todo para salvaguardar la unicidad del mercado y reducir los montantes compensatorios ; que las fechas de entrada en vigor de los nuevos tipos apenas responden a las necesidades de la política de estructuras , en particular en caso de modificaciones repetidas durante un mismo año civil ;

Considerando que las modificaciones a corto plazo de los tipos de conversión efectuadas en fechas arbitrarias comprometen el éxito de las medidas de mejora de las estructuras agrícolas ; que dicho éxito depende , por una parte , del nivel de las ayudas fijado en la regulación comunitaria y , por otra , de la garantía , para los beneficiarios , de recibir siempre el contravalor real de la ayuda cuando el pago de ésta se escalona a lo largo de varios años con arreglo a la regulación comunitaria ;

Considerando que...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT