Invitación a presentar observaciones en aplicación del artículo 1, apartado 2, de la Parte I del Protocolo 3 del Acuerdo entre los Estados de la AELC por el que se instituyen un Órgano de Vigilancia y un Tribunal de Justicia sobre ayudas estatales en relación con la ayuda regional para el Régimen de incentivos a la inversión de Islandia y seis acuerdos de inversión

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ES Diario Oficial de la Unión Europea 15.8.2013

Invitación a presentar observaciones en aplicación del artículo 1, apartado 2, de la Parte I del Protocolo 3 del Acuerdo entre los Estados de la AELC por el que se instituyen un Órgano de Vigilancia y un Tribunal de Justicia sobre ayudas estatales en relación con la ayuda regional para el

Régimen de incentivos a la inversión de Islandia y seis acuerdos de inversión

(2013/C 237/04)

Mediante Decisión n o 177/13/COL, de 30 de abril de 2013, reproducida en la versión lingüística auténtica en las páginas siguientes al presente resumen, el Órgano de Vigilancia de la AELC incoó el procedimiento establecido en el artículo 1, apartado 2, de la Parte I del Protocolo 3 del Acuerdo entre los Estados de la AELC por el que se instituyen un Órgano de Vigilancia y un Tribunal de Justicia. El Gobierno islandés fue informado mediante una copia de la Decisión.

Mediante el presente anuncio, el Órgano de Vigilancia de la AELC invita a los Estados de la AELC, a los Estados miembros de la UE y a las terceras partes interesadas a que presenten sus observaciones sobre dicha medida en el plazo de un mes, a partir de la fecha de publicación de la presente comunicación, enviándolas a:

Órgano de Vigilancia de la AELC Registro

Rue Belliard/Belliardstraat 35 1040 Bruxelles/Brussel BELGIQUE/BELGIË

Las observaciones se comunicarán al Gobierno islandés. La identidad de las partes interesadas que presentan observaciones podrá preservarse, siempre y cuando exista previa solicitud por escrito aduciendo las razones para ello.

RESUMEN

Procedimiento

El 13 de octubre de 2010, el Órgano de Vigilancia aprobó un régimen de incentivos a la inversión («el Régimen») notificado por las autoridades islandesas con arreglo al artículo 1, apartado 3, de la Parte I del Protocolo 3, mediante la Decisión n o 390/10/COL.

El Régimen contempla la posibilidad de conceder ayuda en forma de subvenciones directas, a través de diversas exenciones fiscales de hasta 10 años y mediante la venta y el arrendamiento financiero de terrenos por debajo del valor de mercado a empresas de todos los sectores excepto el financiero, en relación con una inversión inicial en áreas en Islandia que pueden optar a ayudas regionales (denominadas «regiones c»). El régimen expira el 31 de diciembre de 2013.

La base jurídica del Régimen según ha sido aprobado por la Comisión es:

- Ley n o 99/2010 sobre incentivos para inversiones iniciales en Islandia («la Ley»), adoptada por el Parlamento islandés el 29 de junio de 2010; y

- Reglamento (UE) n o 985/2010 sobre incentivos para inversiones iniciales en Islandia, publicado por el Ministerio de Industria el 25 de noviembre de 2010 («el Reglamento»), correspondiente a un proyecto de reglamento presentado al Órgano de Vigilancia el 27 de septiembre de 2010. El Reglamento es un acto de Derecho derivado basado en la Ley.

El 30 de diciembre de 2010 el Ministerio de Industria publicó un nuevo Reglamento, el Reglamento (UE) n o 1150/2010 («el Reglamento suplementario»), por el que se modificaba el Reglamento, en particular para garantizar el efecto incentivador de la ayuda a la inversión. El Reglamento suplementario no se notificó al Órgano de Vigilancia.

En el periodo de 2010 a 2013, el Estado islandés suscribió una serie de acuerdos que consideró podían acogerse al Régimen («los seis acuerdos de inversión»):

1) El 30 de diciembre de 2010 con Becromal Iceland ehf.

2) El 30 de diciembre de 2010 con Thorsil ehf.

3) El 17 de febrero de 2011 con Íslenska Kísilfélagi ehf.

4) El 22 de septiembre de 2011 con Verne Real Estate II ehf.

5) El 7 de mayo de 2012 con GMR Endurvinnslan ehf.

6) El 28 de enero de 2013 con Marmeti ehf.

ES Diario Oficial de la Unión Europea C 237/5

Tras las conversaciones previas a la notificación, las autoridades islandesas notificaron al Órgano de Vigilancia, de conformidad con el artículo 1, apartado 3, de la Parte I del Protocolo 3, una serie de propuestas de modificación («las modificaciones notificadas») a la Ley de 13 de diciembre de 2012.

Evaluación de la medida

Las modificaciones notificadas consisten en la supresión de las subvenciones directas, un nuevo método para aplicar un impuesto de sociedades máximo a todos los proyectos nuevos en el marco del Régimen, exención del impuesto de timbre e incremento del nivel de exenciones del impuesto municipal sobre los bienes inmuebles y de las cotizaciones a la seguridad social. El Órgano de Vigilancia llegó a la conclusión preliminar de que las modificaciones del Régimen notificadas no eran disociables del Régimen como tal. En consecuencia, evaluó el Régimen en su totalidad, tal como se había modificado. Evaluó, además, la aplicación del Régimen y consideró que determinados elementos de los seis acuerdos de inversión que Islandia había suscrito sobre la base del Régimen modificado, planteaban dudas sobre su compatibilidad con el Acuerdo EEE.

En particular, el Órgano de Vigilancia duda de si la ayuda concedida en virtud de los acuerdos de inversión Becromal, Kísilfélagi y Verne se concede en el ámbito del Régimen según ha sido aprobado por el Órgano de Vigilancia y respeta los requisitos del efecto incentivador de la ayuda a la inversión.

Además, el Órgano de Vigilancia duda de si el acuerdo de inversión Marmeti se ha suscrito dentro del ámbito del Régimen, en lo que se refiere al requisito del efecto incentivador.

Además, el Órgano de Vigilancia tiene dudas de si algunos elementos del acuerdo de inversión Thorsil y del GMR conceden ayuda fuera del Régimen aprobado.

En consecuencia, el Órgano de Vigilancia tiene dudas de si el Régimen de ayuda modificado y la ayuda concedida en el marco de los seis acuerdos de inversión puede considerarse compatible con el Acuerdo EEE.

Conclusión

A la vista de las consideraciones anteriores, el Órgano de Vigilancia duda de que el Régimen modificado y los seis acuerdos de inversión antes mencionados cumplan lo establecido en el artículo 61, apartado 3, del Acuerdo EEE así como los requisitos establecidos en las Directrices sobre ayudas regionales y las Directrices sobre fiscalidad de las empresas.

Habida cuenta de lo anteriormente expuesto, el Órgano de Vigilancia ha decidido incoar el procedimiento formal de investigación previsto en el artículo 1, apartado 2, de la Parte I del Protocolo 3 del Acuerdo entre los Estados de la AELC sobre el establecimiento de un Órgano de Vigilancia y un Tribunal de Justicia con respecto al Régimen de incentivos a la inversión, con las modificaciones notificadas por las autoridades islandesas, modificado por el Reglamento (UE) n o 1150/2010, aplicado por las autoridades islandesas y respecto a los seis acuerdos de inversión.

Se invita a las partes interesadas a que presenten sus observaciones en el plazo de un mes a partir de la publicación de la presente Decisión en el Diario Oficial de la Unión Europea.

EFTA SURVEILLANCE AUTHORITY DECISION

No 177/13/COL

of 30 April 2013

to initiate the formal investigation procedure with regard to the investment incentives scheme and certain investment agreements

(Iceland)

THE EFTA SURVEILLANCE AUTHORITY ('THE AUTHORITY'),

HAVING REGARD to the Agreement on the European Economic Area ('the EEA Agreement'), in particular to Articles 61 to 63 and Protocol 26,

HAVING REGARD to the Agreement between the EFTA States on the establishment of a Surveillance Authority and a Court of Justice ('the Surveillance and Court Agreement'), in particular to Article 24,

HAVING REGARD to Protocol 3 to the Surveillance and Court Agreement ('Protocol 3'), in particular to Article 1 in Part I and Article 4(3) in Part II,

HAVING REGARD to the consolidated version of the Authority's Decision No 195/04/COL of 14 July 2004 on the implementing provisions referred to under Article 27 in Part II of Protocol 3,

ES Diario Oficial de la Unión Europea 15.8.2013

Whereas:

  1. FACTS

  1. Chronology of events

    (1) On 13 October 2010, the Authority approved a scheme on investment incentives ('the scheme') ( 1 ) notified by the Icelandic authorities pursuant to Article 1(3) in Part I of Protocol 3, by Decision No 390/10/COL.

    (2) The scheme provides for the possibility of granting aid in the form of direct grants, through various tax exemptions for up to 10 years and through the sale and lease of land below market value to companies in all sectors except the financial sector, in connection with an initial investment in areas eligible for regional aid (known as 'c-regions') in Iceland.

    (3) The scheme expires on 31 December 2013.

    (4) The legal basis for the scheme as approved by the Authority is:

    (a) Act No 99/2010 on incentives for initial investments in Iceland ('the Act') ( 2 ), adopted by the Icelandic Parliament on 29 June 2010; and

    (b) Regulation (EU) No 985/2010 on incentives for initial investments in Iceland ( 3 ), issued by the Ministry of Industry on 25 November 2010 ('the Regulation'), corresponding to a draft regulation which was submitted to the Authority on 27 September 2010. The Regulation is a piece of secondary legislation, based on the Act.

    (5) On 30 December 2010, the Ministry of Industry issued a new regulation, Regulation (EU) No 1150/2010 ('the Supplementary Regulation'), amending the Regulation. The Supplementary Regulation was not notified to the Authority.

    (6) During the period 2010 to 2013, the Icelandic State entered into a number of agreements which it considered to fall under the scheme. The agreements are collectively referred to herein as 'the six investment agreements'. They are as follows:

    (a) on 30 December 2010, the Minister for Industry on behalf of the Icelandic Government entered into an investment agreement with Becromal Iceland ehf., Becromal Properties ehf., Stokkur Energy ehf. and Becromal SpA, with a projected investment cost of EUR 117,25 million;

    (b) on 30 December 2010, the Minister for Industry on behalf of the Icelandic Government entered into an...

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