Asunto C-406/04: Petición de decisión prejudicial planteada mediante resolución del Tribunal du travail de Bruxelles (Sala Decimoséptima), de fecha 8 de septiembre de 2004, en el asunto entre el Sr. Gérald De Cuyper y Office National de l'Emploi

SectionResolution

PeticiÛn de decisiÛn prejudicial planteada mediante resoluciÛn del Tribunal du travail de Bruxelles (Sala DecimosÈptima), de fecha 8 de septiembre de 2004, en el asunto entre el Sr. GÈrald De Cuyper y Office National de l'Emploi (Asunto C-406/04) (2004/C 284/21) Al Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas le ha sido sometida una peticiÛn de decisiÛn prejudicial mediante resoluciÛn del Tribunal du travail de Bruxelles (Sala DecimosÈptima), dictada el 8 de septiembre de 2004, en el asunto entre el Sr.

GÈrald De Cuyper y Office National de l'Emploi, y recibida en la SecretarÌa del Tribunal de Justicia el 23 de septiembre de 2004.

El Tribunal du travail de Bruxelles (Sala DecimosÈptima) solicita al Tribunal de Justicia que se pronuncie sobre las siguientes cuestiones:

La obligaciÛn de residir de manera efectiva en BÈlgica, a la que el artÌculo 66 del Real Decreto de 25 de noviembre de 1991 sobre la normativa del desempleo supedita la concesiÛn de las prestaciones, aplicada a un desempleado de edad avanzada de m·s de 50 aÒos que haya obtenido, con arreglo al artÌculo 89 de dicho Real Decreto, una dispensa de la obligaciÛn de control que supone la exoneraciÛn del requisito relativo a la disponibilidad en el mercado laboral, øno constituye un obst·culo a la libertad de circulaciÛn y de residencia reconocida a todo ciudadano europeo en los artÌculos 17 y 18 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea? Dicha obligaciÛn de residencia en el territorio nacional del Estado competente para la concesiÛn de las prestaciones por desempleo, justificada en Derecho interno por las necesidades del control del cumplimiento de los requisitos legales de indemnizaciÛn de los desempleados, øcumple la exigencia de proporcionalidad a la que debe responder la persecuciÛn de dicho objetivo de interÈs general, por cuanto constituye una limitaciÛn a la libertad de circulaciÛn y de residencia reconocida a todo ciudadano europeo en los artÌculos 17 y 18 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea? Dicha obligaciÛn de residencia, øno tiene por efecto establecer una discriminaciÛn entre los ciudadanos europeos nacionales del Estado miembro competente para garantizar la concesiÛn de las prestaciones por desempleo, al reconocer dicho derecho a los que no hacen uso de su derecho a libre circulaciÛn y de residencia reconocidos en los artÌculos 17 y 18 del Tratado, al mismo tiempo que lo deniega a los que pretenden ejercerlo, por el efecto...

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