Decisión del Consejo de Gobernadores, de 16 de abril de 2019, sobre la sustitución del capital del Reino Unido en el Banco Europeo de Inversiones por capital suscrito por los restantes Estados miembros [2019/655]

SectionDecision
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

25.4.2019 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 110/39

EL CONSEJO DE GOBERNADORES DEL BANCO EUROPEO DE INVERSIONES,

VISTOS el artículo 4, apartado 3, y el artículo 5, apartado 2, de los Estatutos,

CONSIDERANDO que se espera que el Reino Unido se retire de la Unión Europea a partir del 30 de marzo de 2019, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 50 del Tratado de la Unión Europea;

CONSIDERANDO que, de conformidad con el artículo 308 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, los miembros del Banco Europeo de Inversiones son los Estados miembros;

CONSIDERANDO que la retirada del Reino Unido de la Unión Europea pondrá fin a la participación, como miembro, del Reino Unido en el Banco Europeo de Inversiones y en su capital suscrito;

CONSIDERANDO que la retirada del Reino Unido de la Unión Europea no debería afectar a la actividad de financiación y al modelo de negocio del Banco Europeo de Inversiones;

CONSIDERANDO que el mantenimiento del capital del Banco requiere un aumento del capital suscrito por los restantes Estados miembros;

CONSIDERANDO que la parte desembolsada de esta ampliación del capital suscrito por los demás Estados miembros debería ascender a 3 495 903 950 EUR, que se financiará íntegramente con cargo a las Reservas Suplementarias del Banco, con el fin de mantener la parte desembolsada del capital suscrito total en su nivel actual;

CONSIDERANDO que el mantenimiento del capital del Banco debe ir acompañado de un mayor fortalecimiento de la gobernanza del Banco;

CONSIDERANDO que la función del Consejo de Administración se ha de reforzar, permitiendo el nombramiento de suplentes adicionales y que haya una mayor implicación de los miembros suplentes del Consejo de Administración y de los expertos sin derecho a voto para mejorar el apoyo que prestan al proceso de toma de decisiones del Consejo de Administración, en particular en lo que se refiere al análisis de las propuestas de financiación;

CONSIDERANDO que el recurso al voto por mayoría cualificada en el Consejo de Administración y en el Consejo de Gobernadores se ha de hacer extensivo a ámbitos cruciales, a saber, la decisión sobre el Plan de Operaciones del Banco, el nombramiento de los miembros del Comité de Dirección y la aprobación del Reglamento Interno;

CONSIDERANDO que el Banco ha de adoptar nuevas iniciativas para reflejar, de conformidad con las mejores prácticas bancarias, los principios de las «tres líneas de defensa» en todos los niveles pertinentes de...

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