Decisión nº 1/2013 del Comité Mixto UE-Suiza, de 18 de marzo de 2013, por la que se modifican los cuadros III y IV b) del Protocolo nº 2 del Acuerdo entre la Comunidad Económica Europea y la Confederación Suiza de 22 de julio de 1972 en lo que se refiere a los productos agrícolas transformados

SectionDecision
Issuing OrganizationComité Mixto

L 82/60 Diario Oficial de la Unión Europea 22.3.2013

ES

ACTOS ADOPTADOS POR ÓRGANOS CREADOS MEDIANTE ACUERDOS INTERNACIONALES

DECISIÓN N o 1/2013 DEL COMITÉ MIXTO UE-SUIZA

de 18 de marzo de 2013

por la que se modifican los cuadros III y IV b) del Protocolo n o 2 del Acuerdo entre la Comunidad Económica Europea y la Confederación Suiza de 22 de julio de 1972 en lo que se refiere a los productos agrícolas transformados

(2013/147/UE)

LA COMISIÓN MIXTA,

Visto el Acuerdo entre la Comunidad Económica Europea, por una parte, y la Confederación Suiza, por otra, firmado en Bruselas el 22 de julio de 1972

( 1

) (en lo sucesivo denominado «el Acuerdo), modificado por el Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza por el que se modifica el Acuerdo en lo que se refiere a las disposiciones aplicables a los productos agrícolas transformados

( 2

), firmado en Luxemburgo el 26 de octubre de 2004, y su Protocolo n o 2, y, en particular, el artículo 7 de dicho Protocolo,

Considerando lo siguiente:

(1) Para aplicar el Protocolo n o 2 del Acuerdo deben fijarse los precios nacionales de referencia para las Partes contratantes.

(2) En los mercados interiores de las Partes contratantes, los precios reales de las materias primas a las que se aplican medidas de compensación de precios han variado.

(3) Es necesario, por tanto, actualizar en consecuencia los precios de referencia y los importes que figuran en los cuadros III y IV b) del Protocolo n o 2.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El Protocolo n o 2 del Acuerdo se modifica como sigue:

  1. el cuadro III queda sustituido por el texto del anexo I de la presente Decisión;

  2. en el cuadro IV, la letra b) queda sustituida por el texto del anexo II de la presente Decisión.

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Será aplicable a partir del 1 abril 2013.

Hecho en Bruselas, el 18 de marzo de 2013.

Por el Comité Mixto El Presidente

Luc DEVIGNE

( 1 ) DO L 300 de 31.12.1972, p. 189.

( 2 ) DO L 23 de 26.1.2005, p. 19.

22.3.2013 Diario Oficial de la Unión Europea L 82/61

ES

ANEXO I

CUADRO III

Precios de referencia en el mercado interior de la UE y Suiza

Artículo 3, apartado 3 aplicado a la UE Diferencia entre el precio de referencia suizo y el de la UE

CHF por 100 kg netos CHF por 100 kg netos CHF por 100 kg netos EUR por 100 kg netos

Trigo blando 52,60 32,55...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT