Decisión de Ejecución de la Comisión (UE) 2020/1807 de 27 de noviembre de 2020 relativa a la ampliación de las medidas adoptadas por el Instituto de Salud y Seguridad del Reino Unido a fin de permitir la comercialización y el uso del biocida Biobor JF de conformidad con el artículo 55, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 528/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo [notificada con el número C(2020) 8158] (El texto en lengua inglesa es el único auténtico)

SectionSerie L
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

1.12.2020 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 402/138

(1) El 30 de abril de 2020, el Instituto de Salud y Seguridad del Reino Unido (en lo sucesivo, «la autoridad competente») adoptó una decisión de conformidad con el artículo 55, apartado 1, párrafo primero, del Reglamento (UE) n.o 528/2012 destinada a permitir la comercialización y el uso del biocida Biobor JF hasta el 27 de octubre de 2020 para el tratamiento antimicrobiano preventivo y curativo de los depósitos de combustible y los sistemas de combustible de las aeronaves (en lo sucesivo, «la medida»). La autoridad competente informó de la medida y de su justificación a la Comisión y a las autoridades competentes de los demás Estados miembros, conforme a lo dispuesto en el artículo 55, apartado 1, párrafo segundo, del mencionado Reglamento.

(2) Según la información facilitada por la autoridad competente, la medida era necesaria para proteger la salud pública. Debido al estacionamiento y la custodia de las aeronaves, puede producirse una decantación de agua en el depósito de combustible. La contaminación microbiológica deriva de los microorganismos, como bacterias, mohos o levaduras, que crecen en el agua decantada y se nutren de los hidrocarburos presentes en el combustible en la interfase combustible-agua Si se le permite desarrollarse, la contaminación microbiológica de los depósitos de combustible y los sistemas de combustible de las aeronaves puede dar lugar al mal funcionamiento de sus motores y poner en peligro su aeronavegabilidad y, por consiguiente, la seguridad de los pasajeros y de la tripulación. La pandemia de COVID-19 y las consiguientes restricciones de vuelo obligaron a estacionar temporalmente numerosas aeronaves. La inmovilidad de las aeronaves es un factor agravante de la contaminación microbiológica.

(3) Biobor JF contiene 2,2’-(1-metiltrimetilendioxi)bis-(4-metil-1,3,2-dioxaborinano) (número CAS: 2665-13-6) y 2,2’-oxibis(4,4,6-trimetil-1,3,2-dioxaborinano) (número CAS: 14697-50-8), sustancias activas para su uso en biocidas del tipo de producto 6 como conservantes de productos durante su almacenamiento, tal como se definen en el anexo V del Reglamento (UE) n.o 528/2012. Dado que estas sustancias activas no están incluidas en el programa de trabajo (3) para el examen sistemático de todas las sustancias activas existentes contenidas en los biocidas a los que se hace referencia en el Reglamento (UE) n.o 528/2012, deben evaluarse y aprobarse antes de que los...

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