Decisión de Ejecución (UE) 2018/703 de la Comisión, de 8 de mayo de 2018, relativa a la conformidad de las tarifas unitarias de 2015, 2016 y 2018 para la zona de tarificación de Suiza en virtud del artículo 17 del Reglamento de Ejecución (UE) n.° 391/2013 [notificada con el número C(2018) 2726] (Texto pertinente a efectos del EEE. )

SectionDiario Oficial
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

14.5.2018 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 118/16

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre el transporte aéreo (en lo sucesivo, «Acuerdo») (1),

Vistos el Reglamento (CE) n.o 550/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 10 de marzo de 2004, relativo a la prestación de servicios de navegación aérea en el cielo único europeo (Reglamento de prestación de servicios) (2), y en particular su artículo 16, apartado 1, y el Reglamento de Ejecución (UE) n.o 391/2013 de la Comisión, de 3 de mayo de 2013, por el que se establece un sistema común de tarificación de los servicios de navegación aérea (3), y en particular su artículo 17, apartado 1, letra d),

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento de Ejecución (UE) n.o 391/2013 establece un sistema común de tarificación de los servicios de navegación aérea. Este sistema común de tarificación constituye un elemento fundamental para alcanzar los objetivos del sistema de evaluación del rendimiento establecido con arreglo al artículo 11 del Reglamento (CE) n.o 549/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo (4) y al Reglamento de Ejecución (UE) n.o 390/2013 de la Comisión (5).

(2) La Decisión de Ejecución 2014/132/UE de la Comisión (6) establece los objetivos de rendimiento para toda la Unión, incluido un objetivo de rentabilidad de los servicios de navegación aérea de ruta expresado en costes unitarios determinados para la prestación de dichos servicios en el segundo período de referencia, que abarca los años 2015 a 2019, ambos inclusive.

(3) De conformidad con el artículo 17, apartado 1, letras b) y c), del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 391/2013, la Comisión debe evaluar las tarifas unitarias de 2015 para las zonas de tarificación que le fueron presentadas por los Estados miembros antes del 1 de junio de 2014 y las tarifas unitarias de 2016 para las zonas de tarificación que le fueron presentadas antes del 1 de junio de 2015, de acuerdo con los requisitos del artículo 9, apartados 1 y 2, de dicho Reglamento. Esta evaluación tiene por objeto comprobar la conformidad de esas tarifas unitarias con los Reglamentos de Ejecución (UE) n.o 390/2013 y (UE) n.o 391/2013.

(4) La Comisión ha realizado su evaluación de las tarifas unitarias con el apoyo de la Unidad de Evaluación de Resultados y del Servicio Central de Tarifas de Ruta de Eurocontrol, utilizando para ello los datos y la información adicional aportados por los Estados miembros y por...

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