Decisión de Ejecución (UE) 2018/1983 de la Comisión, de 26 de octubre de 2018, por la que se modifican los anexos I y II de la Decisión 2003/467/CE en lo que respecta a la declaración de determinadas regiones de Italia como oficialmente indemnes de tuberculosis y de brucelosis en relación con los rebaños bovinos [notificada con el número C(2018) 6981]

SectionDecisión de ejecución
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

14.12.2018 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 317/22

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Vista la Directiva 64/432/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1964, relativa a problemas de policía sanitaria en materia de intercambios intracomunitarios de animales de las especies bovina y porcina (1), y en particular su anexo A, capítulo I, punto 4, y su anexo A, capítulo II, punto 7,

Considerando lo siguiente:

(1) La Directiva 64/432/CEE se aplica al comercio de bovinos en la Unión. En ella se fijan las condiciones por las que una región de un Estado miembro puede ser declarada oficialmente indemne de tuberculosis y de brucelosis en relación con los rebaños bovinos.

(2) En el anexo I, capítulo 2, de la Decisión 2003/467/CE de la Comisión (2) figura la lista de las regiones de los Estados miembros declaradas oficialmente indemnes de la tuberculosis en lo que respecta a la ganadería bovina.

(3) Italia ha presentado a la Comisión documentación que demuestra que la provincia de Frosinone de la región de Lacio cumple las condiciones establecidas en la Directiva 64/432/CEE para ser reconocida oficialmente indemne de tuberculosis en lo relativo a los rebaños bovinos. En consecuencia, dicha región debe figurar en el anexo I, capítulo 2, de la Decisión 2003/467/CE como región oficialmente indemne de tuberculosis en relación con los rebaños bovinos.

(4) En el anexo II, capítulo 2, de la Decisión 2003/467/CE figuran las regiones de los Estados miembros declaradas oficialmente indemnes de brucelosis en relación con los rebaños bovinos.

(5) Italia ha presentado a la Comisión documentación que demuestra que la provincia de Roma de la región de Lacio cumple las condiciones establecidas en la Directiva 64/432/CEE para ser reconocida oficialmente indemne de brucelosis en lo relativo a los rebaños bovinos. Como todas las demás provincias de la región de Lacio ya habían sido declaradas oficialmente indemnes de brucelosis en relación con los rebaños bovinos, la totalidad de dicha región debe figurar en el anexo II, capítulo 2, de la Decisión 2003/467/CE como región oficialmente indemne de brucelosis en relación con los rebaños bovinos.

(6) Procede, por tanto, modificar en consecuencia los anexos I y II de la Decisión 2003/467/CE.

(7) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Los anexos I y II de la...

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