Decisión de Ejecución (UE) 2019/1697 del Consejo de 7 de octubre de 2019 relativa al establecimiento del intercambio automatizado de datos respecto a los datos de matriculación de vehículos en Irlanda

SectionDecisión de ejecución
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

10.10.2019 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 259/63

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Vista la Decisión 2008/615/JAI del Consejo, de 23 de junio de 2008, sobre la profundización de la cooperación transfronteriza, en particular en materia de lucha contra el terrorismo y la delincuencia transfronteriza (1), y en particular su artículo 33,

Visto el dictamen del Parlamento Europeo (2),

Considerando lo siguiente:

(1) De conformidad con el artículo 25, apartado 2, de la Decisión 2008/615/JAI, la transmisión de datos de carácter personal en virtud de dicha Decisión solo podrá iniciarse cuando en el territorio de los Estados miembros que participen en dicha transmisión se hayan incorporado al Derecho interno las disposiciones generales en materia de protección de datos que figuran en el capítulo 6 de dicha Decisión.

(2) El artículo 20 de la Decisión 2008/616/JAI del Consejo (3) dispone que la comprobación del cumplimiento de la condición indicada en el considerando 1 por lo que respecta al intercambio automatizado de datos con arreglo al capítulo 2 de la Decisión 2008/615/JAI ha de llevarse a cabo a tenor de un informe de evaluación que se basará en un cuestionario, una visita de evaluación y un ensayo piloto.

(3) De conformidad con el capítulo 4, punto 1.1, del anexo de la Decisión 2008/616/JAI, el cuestionario elaborado por el correspondiente grupo de trabajo del Consejo se refiere a cada uno de los intercambios automatizados de datos, y cuando un Estado miembro considere que cumple los requisitos previos para compartir datos en la categoría de datos pertinente, debe responder al cuestionario.

(4) Irlanda ha respondido al cuestionario relativo a la protección de datos y al relativo al intercambio de datos de matriculación de vehículos (DMV).

(5) Irlanda ha realizado con éxito un ensayo piloto con los Países Bajos.

(6) Se ha realizado una visita de evaluación a Irlanda y el equipo evaluador neerlandés y portugués ha redactado a raíz de ella un informe que ha transmitido al correspondiente grupo de trabajo del Consejo.

(7) Se ha presentado al Consejo un informe de evaluación general que resume los resultados del cuestionario, de la visita de evaluación y del ensayo piloto sobre el intercambio de DMV.

(8) El 7 de marzo de 2019, el Consejo, tomando nota del acuerdo de todos los Estados miembros vinculados por la Decisión 2008/615/JAI, concluyó que Irlanda había aplicado plenamente las...

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