Decisión de Ejecución (UE) 2020/1168 de la Comisión de 6 de agosto de 2020 por la que se modifica la Decisión de Ejecución (UE) 2016/587 en lo que respecta a la iluminación eficiente que utiliza diodos emisores de luz para el exterior de los turismos que pueden funcionar con ciertos combustibles alternativos

SectionSerie L
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

7.8.2020 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 258/27

(1) El 19 de noviembre de 2019, los fabricantes FCA Italy S.p.A, Jaguar Land Rover LTD, OPEL Automobile GmbH-PSA, Automobiles Citroen, Automobiles Peugeot, PSA Automobiles SA, Renault, Škoda Auto a.s y Ford-Werke GmbH (en lo sucesivo, «solicitantes») presentaron conjuntamente una solicitud con arreglo al artículo 12 bis del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 725/2011 de la Comisión (2), con el fin de que se modificara la Decisión de Ejecución (UE) 2016/587 de la Comisión (3), de modo que la iluminación eficiente para el exterior de los vehículos que utiliza diodos emisores de luz (LED), aprobada como tecnología innovadora en virtud de dicha Decisión, incluyera la iluminación de los turismos que pueden funcionar con ciertos combustibles alternativos.

(2) En particular, los solicitantes pedían que la Decisión de Ejecución (UE) 2016/587 incluyera la iluminación eficiente que utiliza LED para el exterior de los turismos que pueden funcionar con gas licuado de petróleo (GLP), gas natural comprimido (GNC) o etanol (E85) y que se ajustaran en consecuencia ciertos factores de la metodología de ensayo para determinar la reducción de las emisiones de CO2.

(3) La Comisión evaluó la solicitud de conformidad con el artículo 11 del Reglamento (UE) 2019/631, el Reglamento de Ejecución (UE) n.o 725/2011 y las orientaciones técnicas para la preparación de las solicitudes de aprobación de tecnologías innovadoras según el Reglamento (CE) n.o 443/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo (4) y el Reglamento (UE) n.o 510/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo (5) (versión de julio de 2018) (6).

(4) Habida cuenta de que cada vez más turismos nuevos utilizan GLP y GNC, conviene aclarar que la reducción de las emisiones de CO2 resultante del uso de la iluminación eficiente LED para el exterior de los vehículos que pueden funcionar con esos combustibles debe tenerse en cuenta como reducción de las emisiones de CO2 atribuida a una tecnología innovadora.

(5) En el caso de los turismos que funcionan con GLP y GNC, se considera adecuada, con la inclusión de algunos factores específicos para esos combustibles, la metodología de ensayo prevista en el anexo de la Decisión de Ejecución (UE) 2016/587 para determinar la reducción de las emisiones de CO2 derivada de la iluminación LED en ese tipo de turismos.

(6) Debido a su escasa disponibilidad en el mercado de la Unión en su conjunto, el E85 no debe distinguirse de...

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