Decisión de Ejecución (UE) 2020/1349 del Consejo de 25 de septiembre de 2020 por la que se concede apoyo temporal a la República Italiana, con arreglo al Reglamento (UE) 2020/672, para atenuar los riesgos de desempleo en la emergencia a raíz de la pandemia de COVID-19

SectionSerie L
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

29.9.2020 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 314/31

(1) El 7 de agosto de 2020, Italia solicitó asistencia financiera de la Unión con el fin de complementar sus esfuerzos nacionales para hacer frente al impacto de la pandemia de COVID-19 y dar respuesta a las consecuencias socioeconómicas de la pandemia para los trabajadores por cuenta ajena y cuenta propia.

(2) Se teme que el brote de COVID-19 y las medidas extraordinarias aplicadas por Italia para contener la pandemia y sus repercusiones socioeconómicas y sanitarias supongan un durísimo revés para las finanzas públicas. De acuerdo con las previsiones de la primavera de 2020 de la Comisión, el déficit y la deuda de las administraciones públicas de Italia sería del 11,1 % y del 158,9 % del producto interior bruto (PIB), respectivamente, para el final de 2020. De acuerdo con las previsiones intermedias del verano de 2020 de la Comisión, se prevé que el PIB de Italia disminuya un 11,2 % en 2020.

(3) La pandemia de COVID-19 ha inmovilizado a una parte sustancial de la mano de obra de Italia. Esto ha dado lugar a un aumento repentino y grave en el gasto público en Italia relacionado con los regímenes de reducción del tiempo de trabajo para los trabajadores por cuenta ajena, los subsidios para los trabajadores por cuenta propia, los trabajadores con contratos de duración determinada en la agricultura, los trabajadores de la industria del entretenimiento, los colaboradores de asociaciones deportivas, los trabajadores del servicio doméstico y trabajadores en disponibilidad, los vales de guardería, las prestaciones adicionales de permiso parental o por discapacidad, las subvenciones a fondo perdido a los trabajadores por cuenta propia y las empresas unipersonales, y los créditos fiscales en apoyo de las medidas de salud pública, tal como se recoge en los considerandos (4) a (10).

(4) El «Decreto-ley n.o 18/2020» (2) y el «Decreto-ley n.o 34/2020» (3), a los que hace referencia Italia en su solicitud de 7 de agosto de 2020, han constituido la base para la introducción de una serie de medidas para combatir las repercusiones de la pandemia de COVID-19, incluida la ampliación de los regímenes existentes de reducción del tiempo de trabajo (Cassa integrazione guadagni). La medida cubre el 80 % del salario normal de los trabajadores, cuyo contrato laboral se mantenga, de las empresas cerradas total o parcialmente debido a la COVID-19, durante un máximo de 18 semanas en el período comprendido entre el 23 de febrero de 2020 y el 31 de octubre de 2020.

(5) Las autoridades han introducido un subsidio de 600 EUR para los meses de marzo y abril de 2020 para los trabajadores por cuenta propia y los profesionales independientes. Los profesionales independientes que hayan experimentado una reducción de al menos el 33 % de sus ingresos en marzo y abril de 2020 sobre una base...

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