Decisión de Ejecución (UE) 2020/1550 de la Comisión de 23 de octubre de 2020 por la que se establece el programa plurianual de controles para el período 2021-2025 que deben llevar a cabo los expertos de la Comisión en los Estados miembros para comprobar la aplicación de la legislación de la Unión relativa a la cadena agroalimentaria

SectionSerie L
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

26.10.2020 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 354/9

(1) La responsabilidad de hacer cumplir la legislación de la Unión relativa a la cadena agroalimentaria corresponde a los Estados miembros, cuyas autoridades competentes controlan y comprueban, mediante la organización de controles oficiales, que se respeten y se apliquen efectivamente los requisitos pertinentes de la Unión. Paralelamente a ese control y esa comprobación, el artículo 116 del Reglamento (UE) 2017/625 exige que los expertos de la Comisión lleven a cabo controles, incluidas auditorías, en los Estados miembros a fin de comprobar la aplicación de la legislación de la Unión. Estos controles de la Comisión deben llevarse a cabo en los ámbitos de la seguridad de los alimentos y los piensos, la salud y el bienestar de los animales, la sanidad vegetal, los productos fitosanitarios y el funcionamiento de los sistemas nacionales de control y de las autoridades competentes, teniendo en cuenta las sinergias con las disposiciones de control establecidas con arreglo a la política agrícola común.

(2) La Comisión ha elaborado un programa plurianual de controles para el período 2021-2025, que está en línea con el mandato de la Comisión y refleja sus prioridades. Esos controles serán realizados por expertos de la Comisión en los Estados miembros a fin de comprobar la aplicación de la legislación en los ámbitos mencionados. Durante el proceso de establecimiento de prioridades se utilizaron diferentes criterios, como los riesgos detectados para los consumidores, los animales o las plantas, el desempeño anterior de los Estados miembros a ese respecto, el volumen de producción, o la información procedente de fuentes pertinentes (por ejemplo, la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria) y del sistema de gestión de la información sobre los controles oficiales (SGICO) y sus componentes.

(3) El programa plurianual de controles contribuye al Pacto Verde Europeo (2) y a la Estrategia «De la Granja a la Mesa» para un sistema alimentario justo, saludable y respetuoso con el medio ambiente (3), dos de los ámbitos prioritarios de la Comisión. También contribuye al seguimiento de la política agrícola común de conformidad con las normas de condicionalidad establecidas en el Reglamento (UE) n.o 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (4). Gracias a los controles establecidos en el programa plurianual de controles, la Comisión cumple su obligación legal de supervisar la aplicación del Derecho de la Unión, pues le permiten comprobar si los controles oficiales realizados por los Estados miembros en los ámbitos pertinentes se ajustan a la legislación de la Unión.

Ámbito prioritario Objetivos específicos Alimentos de origen animal (por ejemplo, la seguridad de la carne de mamíferos y aves y sus productos, la leche y sus derivados, los productos de la pesca y la higiene de la producción de moluscos bivalvos vivos) Comprobar el cumplimiento por parte de los Estados miembros de la legislación aplicable de la Unión en materia de seguridad alimentaria que regula la producción y la comercialización de alimentos de origen animal (incluidos la trazabilidad y el etiquetado, también de organismos modificados genéticamente), prestando especial atención a la carne de mamíferos y aves y sus productos, la leche y sus derivados, los productos de la pesca y los moluscos bivalvos vivos, así como la realización de los controles oficiales correspondientes. Zoonosis transmitidas por los alimentos (por ejemplo, la salmonelosis) Comprobar el cumplimiento por parte de los Estados miembros de la legislación aplicable de la Unión que regula el control de las zoonosis transmitidas por los alimentos, prestando especial atención al nivel de ejecución y eficacia de los programas veterinarios nacionales cofinanciados por la Comisión, así como la realización de los controles oficiales correspondientes. Alimentos de origen no animal (por ejemplo, la seguridad...

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