Decisión de Ejecución (UE) 2021/845 de la Comisión, de 26 de mayo de 2021, por la que se modifica la Decisión de Ejecución (UE) 2019/1202 en lo que respecta a la determinación de la tendencia a la autoinflamación de acumulaciones de polvo
Section | Serie L |
Issuing Organization | Comisión de las Comunidades Europeas |
27.5.2021 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 186/28
(1) De conformidad con el artículo 12 de la Directiva 2014/34/UE del Parlamento Europeo y del Consejo (2), los productos que sean conformes con normas armonizadas o partes de estas cuyas referencias se hayan publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea deben presumirse conformes con los requisitos esenciales de salud y seguridad contemplados en el anexo II de dicha Directiva a los que se apliquen dichas normas o partes de estas.
(2) Mediante carta BC/CEN/46-92 – BC/CLC/05-92, de 12 de diciembre de 1994, la Comisión solicitó al Comité Europeo de Normalización (CEN) y al Comité Europeo de Normalización Electrotécnica (Cenelec) la elaboración y la revisión de las normas armonizadas en apoyo de la Directiva 94/9/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (3). Dicha Directiva fue sustituida por la Directiva 2014/34/UE sin modificar los requisitos esenciales de salud y seguridad establecidos en el anexo II de la Directiva 94/9/CE.
(3) En particular, se pidió al CEN y al Cenelec que elaboraran una norma sobre el diseño y las pruebas del equipamiento destinado a utilizarse en atmósferas potencialmente explosivas según se indica en el capítulo I del programa de normalización acordado entre el CEN y el Cenelec y la Comisión y adjunto a la solicitud BC/CEN/46-92 – BC/CLC/05-92. Se pidió también al CEN y al Cenelec que revisaran las normas existentes con el fin de adaptarlas a los requisitos esenciales de salud y seguridad de la Directiva 94/9/CE.
(4) Sobre la base de la solicitud BC/CEN/46-92 – BC/CLC/05-92, el CEN revisó la norma EN 15188:2007, sobre determinación de la tendencia a la autoinflamación de acumulaciones de polvo Como consecuencia de dicha revisión, el CEN presentó a la Comisión la norma «EN 15188:2020.
(5) La Comisión, junto con el CEN, ha evaluado si la norma EN 15188:2020 elaborada por el CEN da cumplimiento a la solicitud BC/CEN/46-92 – BC/CLC/05-92.
(6) La norma EN 15188:2020 cumple los requisitos que tiene intención de cubrir y que se establecen en el anexo II de la Directiva 2014/34/UE. Procede, por tanto, publicar la referencia de dicha norma en el Diario Oficial de la Unión Europea.
(7) La norma EN 15188:2020 sustituye a la norma EN 15188:2007. Por consiguiente, es necesario retirar del Diario Oficial de la Unión Europea la referencia a la norma armonizada EN 15188:2007.
(8) Para que los fabricantes dispongan de tiempo...
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