Decisión (PESC) 2018/1789 del Consejo, de 19 de noviembre de 2018, en apoyo de la lucha contra el tráfico ilícito y la proliferación de armas pequeñas y ligeras en los Estados miembros de la Liga de los Estados Árabes

SectionDecision
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

20.11.2018 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 293/24

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 28, apartado 1, y su artículo 31, apartado 1,

Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1) El 16 de diciembre de 2005, el Consejo Europeo adoptó la Estrategia de la UE contra la acumulación y el tráfico ilícitos de armas pequeñas y ligeras y de sus municiones (en lo sucesivo, «Estrategia de la UE para las APAL»), ulteriormente revisada en 2018, que establece directrices para la actuación de la Unión en materia de armas pequeñas y ligeras (APAL). En la Estrategia de la UE para las APAL se señala que la Unión apoyará con carácter prioritario aquellas iniciativas regionales de lucha contra el tráfico ilícito de APAL y de sus municiones, prestando para ello apoyo financiero y técnico a las organizaciones regionales y nacionales encargadas de la aplicación de los instrumentos regionales pertinentes.

(2) El 13 de junio de 2018, la Comisión Europea y la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (en lo sucesivo, «Alta Representante») presentaron una Comunicación conjunta al Parlamento Europeo y al Consejo sobre elementos para una estrategia de la UE contra las armas de fuego y las APAL ilícitas y sus municiones, titulada «Seguridad de las armas, protección de los ciudadanos».

(3) En la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas, adoptada el 25 de septiembre de 2015, se afirma que el desarrollo sostenible no puede hacerse realidad sin que haya paz y seguridad y que las corrientes de armas ilícitas se encuentran entre los factores que generan violencia, inseguridad e injusticias.

(4) En su Agenda para el Desarme, titulada «Asegurar nuestro futuro común», que se activó el 24 de mayo de 2018, el secretario general de las Naciones Unidas propugnó un planteamiento integrado y participativo para el control de armas pequeñas a escala nacional y, en algunos casos, a escala subregional.

(5) En la tercera Conferencia de las Naciones Unidas para examinar los progresos alcanzados en la ejecución del Programa de Acción para prevenir, combatir y eliminar el tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos (en lo sucesivo, «Programa de Acción»), celebrada en junio de 2018, los Estados miembros de las Naciones Unidas se comprometieron a reforzar, según proceda, las alianzas y la cooperación en todos los niveles para la prevención y la lucha contra el tráfico ilícito de APAL, en particular en materia de control de fronteras; seguridad física y gestión de arsenales; destrucción y eliminación; marcado, registro y localización, y corretaje ilícito. Asimismo se comprometieron a reforzar la cooperación con las organizaciones regionales y subregionales pertinentes para reforzar la aplicación del Programa de Acción y del Instrumento internacional de localización.

(6) La Liga de los Estados Árabes (LEA) es una organización regional que reúne a todos los países árabes con el fin de promover y reforzar la cooperación entre sus miembros.

(7) En 2016, la Unión y la LEA iniciaron un diálogo estratégico UE-LEA y crearon una serie de grupos de trabajo.

(8) El Grupo sobre Armas de Destrucción Masiva y Controles de Armas en el marco de dicho diálogo ha definido una serie de ámbitos prioritarios en los que se podría establecer una cooperación concreta.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

  1. Con el fin de asistir a los Estados miembros de la LEA en la ejecución nacional del Programa de Acción de las Naciones Unidas para prevenir, combatir y eliminar el tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos y del Instrumento internacional de localización, la Unión perseguirá los siguientes objetivos:

    — desarrollar de manera sostenible la capacidad nacional de los Estados miembros de la LEA para luchar contra la proliferación ilícita de APAL y contra el terrorismo, y mejorar la seguridad después de un conflicto, en el pleno respeto de las normas internacionales en materia de derechos humanos,

    — desarrollar de manera sostenible la capacidad regional de la LEA para hacer frente a esos mismos retos,

    — reforzar el control nacional, por parte de los Estados miembros de la LEA, de las APAL en las etapas clave de su ciclo de vida,

    — mejorar el intercambio de las mejores prácticas y de las conclusiones extraídas.

  2. A fin de alcanzar los objetivos enumerados en el apartado 1, la Unión, en virtud de la presente Decisión, respaldará acciones en los siguientes ámbitos:

    — el control de la transferencia internacional de APAL (lucha contra los movimientos ilícitos de armas),

    — la localización y desarticulación de las fuentes de armas pequeñas ilícitas (desarrollo de las capacidades de los cuerpos o fuerzas de seguridad),

    — otras medidas relacionadas con el control de las armas pequeñas, como la gestión de arsenales, el control de los suministros conexos y la seguridad,

    — el desarme, la desmovilización y la reintegración (DDR),

    — el suministro de información pertinente sobre APAL ilícitas y el...

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