Decisión (PESC) 2018/2010 del Consejo, de 17 de diciembre de 2018, en apoyo de la lucha contra la proliferación y tráfico ilícitos de armas pequeñas y armas ligeras (APAL) y de sus municiones y su impacto en América Latina y el Caribe en el marco de la Estrategia de la UE contra las armas de fuego, armas pequeñas y armas ligeras ilícitas y su munición «Seguridad de las armas, protección de los ciudadanos»

SectionDecision
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

18.12.2018 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 322/27

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 28, apartado 1, y su artículo 31, apartado 1,

Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1) El 19 de noviembre de 2018, el Consejo adoptó la Estrategia de la UE contra las armas de fuego, armas pequeñas y armas ligeras ilícitas y su munición titulada «Seguridad de las armas, protección de los ciudadanos» (en lo sucesivo, «Estrategia de la UE contra las APAL»), que establece directrices para la actuación de la Unión en materia de armas pequeñas y ligeras (en lo sucesivo, «APAL»).

(2) La Estrategia de la UE contra las APAL señala que la Unión buscará sinergias con los Estados y organizaciones regionales pertinentes de América para reducir la proliferación y el tráfico ilícitos de APAL, con miras a la reducción de la violencia armada y la actividad delictiva.

(3) Se ha constatado que América Latina y el Caribe son dos regiones gravemente afectadas por la proliferación y la acumulación excesiva de APAL.

(4) En la sexta reunión bienal de Estados, de 2016, sobre el Programa de Acción de las Naciones Unidas para prevenir, combatir y eliminar el tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos (en lo sucesivo, «Programa de Acción»), adoptado el 20 de julio de 2001, todos los Estados miembros de la ONU ratificaron su compromiso de impedir el tráfico ilícito de APAL. Los Estados se congratularon del progreso alcanzado en el fortalecimiento de la cooperación subregional y regional y se comprometieron a crear o reforzar, según corresponda, dichos mecanismos de cooperación, coordinación e intercambio de información, incluidas las mejores prácticas, con el fin de apoyar la ejecución del Programa de Acción.

(5) La Organización de los Estados Americanos (OEA) es la Secretaría de la Convención Interamericana contra la fabricación y el tráfico ilícitos de armas de fuego, municiones, explosivos y otros materiales relacionados (CIFTA) y coordina y aplica las iniciativas regionales de lucha contra las APAL en América.

(6) La Unión desea financiar un proyecto destinado a reducir la amenaza que constituyen la distribución y el tráfico ilícitos de APAL y de sus municiones en América Latina y el Caribe.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Con miras a la aplicación de la Estrategia de la UE contra las armas de fuego, armas pequeñas y armas ligeras ilícitas y su munición titulada «Seguridad de las armas, protección de los ciudadanos» (en lo sucesivo, «Estrategia de la UE contra las APAL»), así como a fomentar la paz y la seguridad, el proyecto de la OEA para reducir la amenaza que constituyen la acumulación y el tráfico ilícitos de APAL y de sus municiones en América Latina y el Caribe que apoyará la Unión tendrá los objetivos específicos siguientes:

— reforzar la seguridad física y los sistemas de gestión de los arsenales militares nacionales y demás arsenales institucionales mejorando las medidas de seguridad de las instalaciones y el control de inventario,

— reforzar las capacidades nacionales de destrucción de las APAL y municiones incautadas, excedentarias o poco seguras,

— mejorar la capacidad nacional de marcado y rastreo de APAL y fomentar la cooperación regional en el rastreo de armas y municiones confiscadas,

— mejorar los mecanismos de transferencia de APAL por medio de la legislación, los controles fronterizos y la coordinación regional del país, y

— promover comportamientos socialmente responsables en las comunidades seleccionadas, centrándose en grupos gravemente afectados por la violencia armada, en particular recurriendo a campañas de entrega o a otras estrategias concebidas para reducir la incidencia local de los delitos violentos.

La Unión financiará el proyecto, cuya descripción detallada figura en el anexo.

  1. La Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (en lo sucesivo, «Alta Representante») será responsable de la ejecución de la presente Decisión.

  2. La ejecución técnica del proyecto mencionado en el artículo 1 correrá a cargo de la OEA.

  3. La OEA desempeñará sus funciones bajo la responsabilidad de la Alta Representante. A tal fin, la Alta Representante suscribirá los acuerdos necesarios con la OEA.

  4. El importe de referencia financiera para la ejecución del proyecto citado en el artículo 1 financiado por la Unión será de 3 000 000 EUR. El programa será financiado en su totalidad por la Unión, con las contribuciones en especies del Ministerio de Asuntos Exteriores de España y el beneficiario.

  5. Los gastos financiados con cargo al importe de referencia especificado en el apartado 1 se administrarán con arreglo a las normas y los procedimientos aplicables al presupuesto de la Unión.

  6. La Comisión supervisará la correcta administración de los gastos a que se refiere el apartado 1. Para ello, la Comisión celebrará el acuerdo necesario con la OEA. En dicho acuerdo se estipulará que la OEA deberá dar a las contribuciones de la Unión una publicidad acorde con sus dimensiones.

  7. La Comisión procurará celebrar el acuerdo mencionado en el apartado 3 lo antes posible después de la entrada en vigor de la presente Decisión. Informará al Consejo de cualquier dificultad con la que se tope durante dicho proceso y de la fecha de celebración del acuerdo.

  8. La Alta Representante informará al Consejo sobre la aplicación de la presente Decisión basándose en informes trimestrales elaborados por la OEA. Estos informes constituirán la base de la evaluación que llevará a cabo el Consejo.

  9. La Comisión informará sobre los aspectos financieros del proyecto que menciona el artículo 1.

  10. La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

  11. La presente Decisión caducará 36 meses después de la celebración del acuerdo a que se refiere el artículo 3, apartado 3, o, si en ese período no se ha celebrado ningún acuerdo, seis meses después de la fecha de entrada en vigor.

Hecho en Bruselas, el 17 de diciembre de 2018.

La proliferación de armas pequeñas y ligeras y municiones ilícitas es uno de los principales factores que contribuyen a los elevados niveles de violencia e inestabilidad en varios países de América Latina y el Caribe. Casi la mitad de las víctimas de homicidio tenían entre 15 y 29 años, y el uso de armas de fuego es especialmente frecuente en la región, donde dos tercios (el 66 %) de los homicidios se cometen con armas de fuego. La estadística recopilada por «Small Arms Survey» para su publicación Carga global de la violencia armada, 2015 revela además que los diez países con los índices más elevados de muertes relacionadas con APAL entre los años 2010 y 2015 eran todos Estados americanos, todos con índices de homicidio por arma de fuego superiores a 20 por cada 100 000 habitantes.

Los Gobiernos de América Latina y del Caribe han rechazado la fabricación y el tráfico ilícitos de armas con su apoyo a varios instrumentos internacionales, entre ellos la Convención Interamericana contra la fabricación y el tráfico ilícitos de armas de fuego, municiones, explosivos y otros materiales relacionados (CIFTA), el Programa de Acción para prevenir, combatir y eliminar el tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos y el Instrumento Internacional de Localización. Sin embargo, las fuerzas armadas y otras fuerzas de seguridad mantienen grandes arsenales de APAL y municiones que a menudo están mal protegidos o administrados de manera irresponsable. Todos los años, las fuerzas de seguridad de la región incautan miles de APAL y toneladas de municiones, todas ilegales. Se ha descubierto que parte del material incautado procede de arsenales militares tanto de la región como del exterior, pues algunas organizaciones criminales bien financiadas, como las organizaciones de tráfico de estupefacientes, las bandas internacionales y los traficantes internacionales de armas, han desbordado las capacidades de represión de los países.

Se ha constatado que no solo la proliferación de armas pequeñas, sino también la disponibilidad de armas de fuego para la población en general, aumentan el riesgo de violencia por arma de fuego. El Informe de 2014 de la Organización Mundial de la Salud (OMS) sobre la situación mundial de la prevención de la violencia revela, a través de estudios transversales entre los países participantes, que la disponibilidad de armas de fuego es, de hecho, un factor de riesgo de homicidio. El informe advierte también que las armas de fuego en general son muy comunes en América, y el arma de uso predominante en los enfrentamientos violentos. Otra de las conclusiones del informe es que la facilidad de acceso a las armas de fuego y el consumo excesivo de bebidas alcohólicas también van estrechamente asociados a diversos tipos de violencia.

Otro problema merecedor de estudio es que la disponibilidad de armas de fuego afecta de manera diferente a hombres y mujeres. La disponibilidad generalizada de armas de fuego contribuye al número de amenazas con este tipo de armas, así como al índice de letalidad de la violencia doméstica en los hogares de las mujeres maltratadas. Según la Oficina de Asuntos de Desarme de las Naciones Unidas, un porcentaje desproporcionado de las personas que poseen o utilizan armas pequeñas son hombres, tanto en situaciones de conflicto como en otro tipo de situaciones. La mayoría de los incidentes en los que un hombre agrede a una mujer revelan la utilización de las armas de fuego como armas intimidatorias u homicidas. En los casos en los que se recurrió a un arma de fuego la probabilidad de que las víctimas de violencia doméstica presentasen heridas visibles era menor, pero era mayor la probabilidad de que sufrieran intimidación. Las armas de fuego se utilizan sobre todo para amenazar al otro (el 69,1 %), y cuando los infractores usan este tipo de armas tienden menos a golpear a...

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