Decisión (PESC) 2019/354 del Consejo, de 4 de marzo de 2019, por la que se modifica la Decisión 2014/119/PESC relativa a medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Ucrania

SectionDecision
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

5.3.2019 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 64/7

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 29,

Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1) El 5 de marzo de 2014, el Consejo adoptó la Decisión 2014/119/PESC (1).

(2) Tras la evaluación realizada de la Decisión 2014/119/PESC, procede prorrogar hasta el 6 de marzo de 2020 la aplicación de las medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos, suprimir de la lista a una persona y añadir en el anexo I información sobre el derecho de defensa y el derecho a una tutela judicial efectiva.

(3) Procede modificar, por lo tanto, la Decisión 2014/119/PESC en consecuencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

La Decisión 2014/119/PESC se modifica como sigue:

1) En el artículo 5, el párrafo segundo se sustituye por el texto siguiente: «La presente Decisión se aplicará hasta el 6 de marzo de 2020.».

2) El anexo se modifica con arreglo a lo dispuesto en el anexo de la presente Decisión.

La presente Decisión entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 4 de marzo de 2019.

(1) Decisión 2014/119/PESC del Consejo, de 5 de marzo de 2014, relativa a medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Ucrania (DO L 66 de 6.3.2014, p. 26).

El anexo de la Decisión 2014/119/PESC se modifica como sigue:

1) La sección «Lista de personas físicas y jurídicas, entidades y organismos a que hace referencia el artículo 1» se modifica como sigue: a) el encabezamiento se sustituye por el texto siguiente: «A. Lista de personas, entidades y organismos a que hace referencia el artículo 1»;

  1. la mención de la siguiente persona se suprime de la lista:

2) Se añade la sección siguiente: «B. Derecho de defensa y derecho a una tutela judicial efectiva Derecho de defensa y derecho a una tutela judicial efectiva con arreglo al Código de Procedimiento Penal de Ucrania El artículo 42 del Código de Procedimiento Penal de Ucrania (en lo sucesivo, “CPPU”) establece que toda persona sospechosa o acusada en un proceso penal, gozará del derecho de defensa y del derecho a una tutela judicial efectiva. Ello incluye: el derecho de toda persona a ser informada de qué delito se le sospecha o acusa; el derecho a ser informada, de forma expresa y...

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