Decisión (PESC) 2021/1210 del Consejo, de 22 de julio de 2021, relativa a una medida de asistencia en forma de programa general de apoyo a la Unión Africana en el marco del Fondo Europeo de Apoyo a la Paz en 2021

SectionSerie L
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

23.7.2021 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 263/7

(1) A los fines de la financiación por parte de los Estados miembros de las acciones de la Unión en el marco de la política exterior y de seguridad común destinadas a mantener la paz, prevenir los conflictos y fortalecer la seguridad internacional de conformidad con el artículo 21, apartado 2, letra c), del Tratado, se creó, con arreglo a la Decisión (PESC) 2021/509 (1), Decisión (PESC) 2021/509 un Fondo Europeo de Apoyo a la Paz (FEAP). En particular, el FEAP puede, en virtud del artículo 1, apartado 2, letra b), inciso ii), de la Decisión (PESC) 2021/509, financiar medidas de asistencia para apoyar los aspectos militares de las operaciones de apoyo a la paz dirigidas por una organización regional o internacional.

(2) Las medidas de asistencia en el marco del FEAP pueden adoptar la forma de una medida específica o de un programa general de apoyo con un enfoque geográfico o temático determinado.

(3) El Consejo reconoce la importancia estratégica permanente de la Asociación África-UE para la Paz y la Seguridad, al amparo de la Estrategia Conjunta África-UE, en particular el marco de cooperación establecido en virtud del Fondo de Apoyo a la Paz para África y el papel dirigente de la Unión Africana (UA) en el mantenimiento de la paz y la seguridad en el continente africano, tal y como se especifica en el artículo 16 del Protocolo relativo a la creación del Consejo de Paz y Seguridad de la Unión Africana. El Consejo mantiene su compromiso de desarrollar las capacidades de la UA en este ámbito, prestando ayuda a las operaciones de apoyo a la paz dirigidas por África y reforzando la Arquitectura de Paz y Seguridad de África para su plena aplicación, en consonancia con el Memorando de entendimiento entre la Unión Africana y la Unión Europea sobre la paz, la seguridad y la gobernanza de 23 de mayo de 2018, así como para mantener los mecanismos de cooperación establecidos, en particular un enfoque integrado basado en la asociación, la consulta y una coordinación estratégica reforzada.

(4) Debe garantizarse una transición fluida del apoyo de la Unión del Fondo de Apoyo a la Paz para África al FEAP mediante la adopción de una medida de asistencia en forma de programa general de apoyo a la UA que abarque el segundo semestre de 2021 (en lo sucesivo, «medida de asistencia»). Se espera que la medida de asistencia vaya seguida de apoyo adicional a la UA para el período 2022-2024. Un programa general...

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