Decisión (UE) 2018/1040 de la Comisión, de 16 de junio de 2017, relativa a la ayuda estatal SA.32544 (2011/C) ejecutada por parte de Grecia a favor del grupo ferroviario griego TRAINOSE S.A. [notificada con el número C(2017) 4047]

SectionDecision
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

24.7.2018 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 186/25

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 108, apartado 2, párrafo primero,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, y en particular su artículo 62, apartado 1, letra a),

Después de haber emplazado a las partes interesadas para que presentaran sus observaciones,

Considerando lo siguiente:

(1) Por carta de 9 de febrero de 2011, Grecia notificó a la Comisión determinadas medidas a favor del grupo ferroviario griego TRAINOSE SA (en lo sucesivo, «TRAINOSE»).

(2) Mediante cartas de 23 de marzo de 2011 y 5 de julio de 2011, la Comisión solicitó información adicional sobre las medidas notificadas que fue facilitada por Grecia mediante cartas de 6 de mayo de 2011 y 5 de octubre de 2011.

(3) Mediante carta de 13 de julio de 2011, la Comisión informó a Grecia de su decisión de incoar el procedimiento previsto en el artículo 108, apartado 2, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (en lo sucesivo, el «Tratado») con respecto a las medidas notificadas (en lo sucesivo, la «Decisión de incoación») (1). Por carta de 13 de septiembre de 2011, Grecia presentó observaciones sobre la Decisión de incoación. La Comisión invitó a las partes interesadas a presentar sus observaciones sobre la Decisión de incoación.

(4) Mediante cartas de 21 de diciembre de 2011, 14 de febrero de 2012, 16 de marzo de 2012, 23 de marzo de 2012, 11 de junio de 2012, 25 de octubre de 2012, 7 de febrero de 2013, 12 de marzo de 2013, 24 de julio de 2015, 28 de enero de 2016, 21 de abril de 2016, 10 de octubre de 2016 y 13 de febrero de 2017, la Comisión solicitó información adicional a Grecia.

(5) Grecia presentó a la Comisión información adicional mediante cartas de 5 de octubre de 2011, 20 de enero de 2012, 14 de mayo de 2012, 4 de julio de 2012, 26 de marzo de 2013, 26 de agosto de 2015, 15 de febrero de 2016, 10 de marzo de 2016, 23 de mayo de 2016, 2 de diciembre de 2016, 5 de diciembre de 2016, 9 de diciembre de 2016, 31 de enero de 2017 y 27 de marzo de 2017.

(6) Por carta de 1 de julio de 2013, Grecia notificó a la Comisión su decisión de retirar la medida relativa a la transferencia de la propiedad de cinco terminales de Hellenic Railways Organisation (Οργανισμός Σιδηροδρόμων Ελλάδος, Ο.Σ.Ε. o, en lo sucesivo, «OSE») a TRAINOSE (medida 6, como se describe en la sección 3.6). Por carta de 9 de diciembre de 2016, Grecia notificó a la Comisión el hecho de que había decidido retirar la medida relativa al segundo tramo de la ampliación de capital por valor de 65 millones EUR a favor de TRAINOSE (medida 2, como se describe en la sección 3.2).

(7) Por carta de 2 de diciembre de 2016, Grecia aceptó que, de manera excepcional, la Decisión se adoptara en lengua inglesa únicamente.

(8) El beneficiario de las medidas es TRAINOSE, empresa pública griega en su totalidad dedicada al transporte ferroviario de pasajeros y mercancías.

(9) TRAINOSE se constituyó en 2005, como filial de OSE. En diciembre de 2008, TRAINOSE se convirtió en entidad con personalidad jurídica propia, completamente independiente de OSE.

(10) TRAINOSE es el único proveedor de servicios de transporte ferroviario en Grecia. También presta servicios de transporte internacionales.

(11) Desde 2008, la situación financiera de TRAINOSE ha ido deteriorándose progresivamente. TRAINOSE se ha visto afectada por la situación económica de Grecia experimentando importantes perturbaciones, como la disminución de la demanda de servicios de transporte ferroviario, tanto de pasajeros como de mercancías, debido al cese de las actividades de determinadas empresas y a la incapacidad de pago de otras. Entre 2008 y 2012, los pasajeros-kilómetro atendidos disminuyeron en un 49 % y las toneladas-kilómetro llegaron a caer en un 64 %. Esta situación ha provocado una reducción de los ingresos de explotación de TRAINOSE.

(12) En el período comprendido entre 2008 y 2012, TRAINOSE tuvo resultados negativos antes de intereses, impuestos, depreciaciones y amortizaciones (EBITDA). Además, tuvo un patrimonio neto negativo y un endeudamiento creciente hasta finales de 2013, como se resume en el cuadro 1 a continuación. Aunque la empresa ha podido acogerse a la disolución de acuerdo con la legislación griega por lo menos desde 2008, el Estado, en calidad de propietario único, decidió no proceder a la disolución de TRAINOSE. Cuadro 1 Resumen de los principales indicadores financieros de TRAINOSE 2008-2015 (millones EUR) 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 Volumen de negocios 108,0 98,7 102,7 84,6 82,9 75,7 77,9 68,7 EBITDA (2) – 233,0 – 231,5 – 187,5 – 33,5 – 0,25 1,1 0,1 1,6 Intereses 0,05 0,05 0,1 0,09 0,1 0,2 0,1 0,1 BAI – 232,2 – 231,1 – 187,3 – 33,6 – 0,3 1,95 1,5 2,8 Pérdidas acumuladas 424,5 655,6 842,9 876,5 876,2 874,2 873,1 870,6 Capital social 153,0 213,0 213,0 213,0 213,0 213,0 213,0 213,0 Patrimonio propio – 271,5 – 442,6 – 629,9 – 663,4 – 663,2 – 661,2 – 660,0 – 657,6 Deuda 375,6 566,6 779,9 828,7 861,4 882,6 792,0 789,5 Ratio deuda/capital – 1,38 – 1,28 – 1,23 – 1,25 – 1,29 – 1,33 – 1,2 – 1,2

(13) El 3 de mayo de 2010, a fin de recibir préstamos de asistencia financiera de la Unión Europea (UE) y el Fondo Monetario Internacional (FMI), Grecia firmó un memorando de entendimiento (en lo sucesivo, el «ME») (3) con la Comisión Europea, el Banco Central Europeo y el Fondo Monetario Internacional (en lo sucesivo, la «Troika»). El ME exigió la privatización de TRAINOSE desde 2010 (4).

(14) El programa de recuperación macroeconómica para Grecia consiste en las medidas enumeradas detalladamente en el ME de las que depende la asistencia financiera de la UE y el FMI, es decir, las reformas que Grecia se comprometió a realizar con el objetivo de abordar sus retos económicos. El programa de recuperación macroeconómica ha determinado que TRAINOSE necesita una restructuración debido a su importancia sistémica para la economía griega. Desde 2010, TRAINOSE ha pasado, asimismo, a formar parte del programa de privatización (5) de Grecia, cuya ejecución ha sido asumida por el Fondo Helénico para el Desarrollo de Activos SA (6) (en lo sucesivo, el «HRADF»), que es una empresa pública en su totalidad.

(15) El 18 de enero de 2013, Grecia decidió proceder a la privatización de TRAINOSE mediante la venta de acciones representativas del 100 % del capital social de la empresa (7). El 5 de abril de 2013, Grecia transfirió todas las acciones de TRAINOSE al HRADF. El 28 de junio de 2013, el Consejo de Administración del HRADF aprobó el proceso, el calendario y las condiciones para la venta del 100 % del capital social de TRAINOSE a un inversor que sería seleccionado mediante un procedimiento de licitación pública. Posteriormente, el HRADF publicó la licitación de la privatización de TRAINOSE (8). Aunque tres inversores presentaron su manifestación de interés, ninguno de ellos presentó una oferta vinculante para TRAINOSE.

(16) El proceso de privatización se reanudó en enero de 2016. El 26 de julio de 2016, Ferrovie Dello Stato Italiane S.p.A. (en lo sucesivo, «TRENITALIA»), una sociedad pública de cartera que gestiona las infraestructuras y los servicios de transporte de la red ferroviaria italiana, presentó una oferta vinculante para TRAINOSE. El precio de privatización acordado para TRAINOSE es 45 millones EUR. El 18 de enero de 2017, el HRADF y TRENITALIA firmaron el contrato de compraventa y está previsto que la transacción se cierre tras la adopción de la presente Decisión.

(17) En la Decisión de incoación, la Comisión determinó que las siguientes medidas eran potencialmente constitutivas de ayuda estatal a favor de TRAINOSE:

  1. Medida 1: cancelación de deudas.

  2. Medida 2: ampliación de capital.

  3. Medida 3: subvenciones anuales a TRAINOSE durante el período 2011-2013.

  4. Medida 4: traslado de los empleados de TRAINOSE a otros empleadores del sector público.

  5. Medida 5: acuerdos de nivel de servicio (en lo sucesivo, «ANS») entre TRAINOSE y OSE.

  6. Medida 6: transferencia de terminales de mercancías de OSE a TRAINOSE.

    (18) Grecia tiene previsto cancelar una deuda de hasta 748,6 millones EUR con OSE en concepto de cánones de infraestructura, suministro y mantenimiento de material rodante y otros servicios, acumulada por TRAINOSE durante el período 2007-2010, como se muestra en el cuadro 2. La cancelación de deudas todavía no se ha ejecutado y está supeditada a la aprobación de la Comisión. Cuadro 2 Evolución de las deudas de TRAINOSE con OSE entre 2007 y 2010 (9) (millones EUR) Año Deuda contraída Deuda acumulada 2007 120,9 120,9 2008 212,6 333,5 2009 206,0 539,5 2010 209,1 748,0

    (19) En la Decisión de incoación, la Comisión consideró que la cancelación de deudas constituía ayuda estatal en el sentido del artículo 107, apartado 1, del Tratado, y expresó sus dudas sobre la compatibilidad de la ayuda con el mercado interior. En particular, la Comisión expresó sus dudas sobre si la cancelación de las deudas de TRAINOSE con OSE puede considerarse una compensación a TRAINOSE por la ejecución de una obligación de servicio público (en lo sucesivo, «OSP») en ausencia de un acto de atribución y un importe de la compensación establecidos ex ante.

    (20) En 2009, Grecia amplió el capital social de TRAINOSE en 60 millones EUR.

    (21) Grecia ha informado a la Comisión de que no se ha ejecutado el segundo tramo de la ampliación de capital inicialmente previsto por valor de 65 millones EUR y que ya no se ejecutará y debe considerarse retirado.

    (22) En la Decisión de incoación, la Comisión manifestó sus dudas sobre si en 2009 un operador en una economía de mercado (en lo sucesivo, «OEM») habría aportado capital a TRAINOSE dada la difícil situación financiera de la empresa. Por tanto, la Comisión consideró que la ampliación de capital constituía ayuda estatal en el sentido del artículo 107, apartado 1, del Tratado, y expresó sus dudas sobre la compatibilidad de la ayuda con el mercado interior.

    (23) En...

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