Decisión (UE) 2019/105 del Consejo, de 20 de diciembre de 2018, relativa a la posición que debe adoptarse, en nombre de la Unión Europea, en el Consejo de Asociación establecido por el Acuerdo Euromediterráneo por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y el Estado de Israel, por otra, relativa a la prórroga del Plan de Acción UE-Israel

SectionDecision
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

24.1.2019 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 21/64

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 217, en relación con su artículo 218, apartado 9,

Vista la propuesta de la Comisión Europea y de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1) El Acuerdo Euromediterráneo por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y el Estado de Israel, por otra (1), entró en vigor el 1 de junio de 2000.

(2) De conformidad con el artículo 69 del Acuerdo, el Consejo de Asociación puede adoptar decisiones y formular las recomendaciones que considere oportunas.

(3) El Consejo de Asociación debe adoptar la recomendación relativa a la prórroga del Plan de Acción UE-Israel mediante procedimiento escrito.

(4) Es preciso determinar la posición que debe adoptarse en nombre de la Unión en el Consejo de Asociación, dado que la recomendación tendrá efectos jurídicos.

(5) La prórroga del Plan de Acción UE-Israel por tres años dará a las Partes la plena oportunidad de avanzar en su cooperación en los próximos años, en particular a través de la posible negociación de prioridades de colaboración.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

La posición que debe adoptarse, en nombre de la Unión Europea, en el seno del Consejo de Asociación establecido por el Acuerdo Euromediterráneo por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y el Estado de Israel, por otra, se basará en el proyecto de recomendación del Consejo de Asociación adjunto a la presente Decisión.

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

Hecho en Bruselas, el 20 de diciembre de 2018.

(1) DO L 147 de 21.6.2000, p. 3.

PROYECTO

EL CONSEJO DE ASOCIACIÓN UE-ISRAEL,

Visto el Acuerdo euromediterráneo por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y el Estado de Israel, por otra (1),

Considerando lo siguiente:

(1) El Acuerdo Euromediterráneo por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por...

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