Decisión (UE) 2019/52 del Consejo, de 20 de diciembre de 2018, por la que se autoriza la apertura de negociaciones de un acuerdo que modifique el actual contingente arancelario para la carne de aves de corral y las preparaciones a base de esta carne y el régimen arancelario vigente para los demás trozos de carne de aves de corral, establecidos en el anexo I-A del capítulo 1 del Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y Ucrania, por otra

SectionDecision
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

14.1.2019 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 10/62

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 207, apartado 4, párrafo primero, en relación con su artículo 218, apartados 3 y 4,

Vista la recomendación de la Comisión Europea,

Considerando lo siguiente:

(1) El Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica y sus Estados miembros, por una parte, y Ucrania, por otra (1) (en lo sucesivo, «Acuerdo de Asociación») se firmó en Bruselas el 21 de marzo y el 27 de junio de 2014. Se aplicó provisionalmente desde el 1 de enero de 2016 y entró en vigor el 1 de septiembre de 2017.

(2) Desde mediados de 2016 se ha venido importando en la Unión desde Ucrania un nuevo tipo de trozo de carne de aves de corral correspondiente a las líneas arancelarias NC 0207 13 70 («Los demás trozos, frescos o refrigerados») y NC 0207 14 70 («Los demás trozos, congelados»). Esas importaciones aumentaron drásticamente y alcanzaron las 25 000 toneladas en el primer semestre de 2018. En virtud del Acuerdo de Asociación, esas importaciones pueden entrar en el mercado de la Unión libres de derechos y sin ningún límite cuantitativo.

(3) El nuevo tipo de trozo de carne de aves de corral es una pechuga tradicional que incluye los húmeros y que, tras una transformación mínima en la Unión, puede comercializarse en esta como pechuga de aves de corral. La importación ilimitada de tales trozos corre el riesgo, por lo tanto, de socavar las condiciones en las que pueden importarse en la Unión en virtud del Acuerdo de Asociación los trozos tradicionales de pechuga de aves de corral, en particular las restricciones cuantitativas en forma de contingente arancelario.

(4) Procede, por lo tanto, entablar negociaciones a fin de celebrar un acuerdo que modifique el Acuerdo de Asociación por lo que respecta al volumen del contingente arancelario para la carne de aves de corral y las preparaciones a...

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