Decisión (UE) 2020/545 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de abril de 2020 relativa a la movilización del Instrumento de Flexibilidad para financiar medidas presupuestarias inmediatas en el contexto del brote de COVID-19 y al refuerzo de la Fiscalía Europea
Section | Serie L |
Issuing Organization | Parlamento Europeo y Consejo de la Unión Europea |
21.4.2020 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 125/1
EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Acuerdo Interinstitucional, de 2 de diciembre de 2013, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera (1), y en particular su apartado 12,
Vista la propuesta de la Comisión Europea,
Considerando lo siguiente:
(1) El Instrumento de Flexibilidad está destinado a permitir la financiación de gastos claramente determinados que no puedan financiarse dentro de los límites máximos disponibles para una o más de las demás rúbricas.
(2) El límite máximo del importe anual disponible para el Instrumento de Flexibilidad es de 600 000 000 EUR (a precios de 2011), de acuerdo con lo establecido en el artículo 11 del Reglamento (UE, Euratom) n.o 1311/2013 del Consejo (2), incrementado, en su caso, por importes cancelados disponibles de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11, apartado 1, párrafo segundo.
(3) A fin de hacer frente a las dificultades en el contexto del brote de COVID-19, es necesario movilizar importes para financiar medidas apropiadas con carácter urgente. También es necesario contemplar la financiación del refuerzo necesario de la Fiscalía Europea.
(4) Habiendo examinado todas las posibilidades de reasignación de créditos dentro del límite máximo de gastos de la rúbrica 3 (Seguridad y ciudadanía), es necesario movilizar el Instrumento de Flexibilidad con objeto de complementar la financiación del presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2020 superando el límite máximo de la rúbrica 3 en un importe de 73 300 000 EUR, para sufragar medidas inmediatas en el contexto del brote de COVID-19 y para reforzar la Fiscalía Europea.
(5) Conforme al perfil de pagos previsto, los créditos de pago correspondientes a la movilización del Instrumento de Flexibilidad deben distribuirse a lo largo de dos ejercicios.
(6) La presente Decisión está vinculada a la financiación incluida en el presupuesto rectificativo n.o 1 del presupuesto general de la Unión Europea para 2020. Para garantizar la coherencia con dicho presupuesto rectificativo, la presente Decisión debe...
To continue reading
Request your trial