Decisión (UE) 2022/13 del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, relativa a la posición que debe adoptarse en nombre de la Unión Europea en la 22.a reunión de las Partes Contratantes en el Convenio para la Protección del Medio Marino y de la Región Costera del Mediterráneo (Convenio de Barcelona) y sus Protocolos con respecto a la adopción de una decisión por la que se adoptarán enmiendas al Plan Regional sobre la Gestión de los Desechos Marinos en el Mediterráneo en el marco del artículo 15 del Protocolo para la Protección del Mar Mediterráneo contra la Contaminación Causada por Fuentes y Actividades Situadas en Tierra (Protocolo sobre Fuentes y Actividades en Tierra)

SectionSerie L
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

7.1.2022 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 4/12

(1) El Protocolo modificado del Convenio para la Protección del Medio ambiente Marino y de la Región Costera del Mediterráneo contra la Contaminación Causada por Fuentes Situadas en Tierra y Actividades (en lo sucesivo, «Protocolo sobre Fuentes y Actividades en Tierra») fue celebrado por la Unión mediante la Decisión 1999/801/CE del Consejo (1) y entró en vigor el 11 de mayo de 2008.

(2) De conformidad con el artículo 15, párrafo 1, del Protocolo sobre Fuentes y Actividades en Tierra, en la reunión de las Partes Contratantes en el Convenio de Barcelona y sus Protocolos se pueden adoptar planes de acción regionales que contengan medidas y calendarios relativos a su ejecución.

(3) Está previsto que, durante su 22.a reunión de los días 7 a 10 de diciembre de 2021, las Partes Contratantes en el Convenio de Barcelona y sus Protocolos adopten una decisión (en lo sucesivo, «Decisión de las Partes Contratantes») por la que se adoptarán enmiendas al Plan Regional sobre la Gestión de los Desechos Marinos en el Mediterráneo (en lo sucesivo, «Plan Regional») en el marco del artículo 15 del Protocolo sobre Fuentes y Actividades en Tierra. La Decisión de las Partes Contratantes proporcionará definiciones nuevas y ampliará el ámbito de aplicación de las medidas en cuatro áreas esenciales (instrumentos económicos, economía circular de los plásticos y desechos marinos de origen terrestre y desechos marinos de origen marino).

(4) La Decisión de las Partes Contratantes se refiere a la protección del medio ambiente, que es una competencia compartida entre...

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