Asunto C-234/02 P: Recurso de casación interpuesto el 24 de junio de 2002 por el Defensor del Pueblo Europeo contra la sentencia dictada el 10 de abril de 2002 por la Sala Tercera del Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas en el asunto T-209/00 promovido por F. Lamberts contra el Defensor del Pueblo Europeo

SectionCase
Issuing OrganizationTribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas.

27.7.2002 ES C 180/19Diario Oficial de las Comunidades Europeas La Repu¥blica Francesa solicita al Tribunal de Justicia que: Recurso de casacio¥n interpuesto el 24 de junio de 2002 por el Defensor del Pueblo Europeo contra la sentencia dictada el 10 de abril de 2002 por la Sala Tercera del Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas en el asunto T-209/00 promovido por F. Lam--- Anule la decisio¥n mediante la cual la Comisio¥n concluyo¥ berts contra el Defensor del Pueblo Europeocon los Estados Unidos directrices sobre cooperacio¥n en el a¥mbito normativo y sobre transparencia.

(Asunto C-234/02 P) (2002/C 180/33) -- Condene en costas a la Comisio¥n.

En el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas se ha presentado el 24 de junio de 2002 un recurso de casacio¥n formulado por el Defensor del Pueblo Europeo, asistido y representado por el Sr. J. Sant'Anna, que designa domicilio en Luxemburgo, contra la sentencia dictada el 10 de abril de 2002 por la Sala Tercera del Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas en el asunto T-209/00, promovido Motivos y principales alegaciones en su contra por F. Lamberts.

La parte recurrente solicita al Tribunal de Justicia que:

-- A pesar de la cuidadosa redaccio¥n dada al documento -- Anule la resolucio¥n recurrida por lo que respecta a laadjunto a una nota que la Comisio¥n envio¥ al ComitÈ 133, admisibilidad del recurso de indemnizacio¥n de la senten-encargado de la poli¥tica comercial comu¥n, existen elecia dictada el 10 de abril de 2002 por el Tribunal dementos de fondo que conducen al Gobierno francÈs a Primera Instancia en el asunto T-209/00, Frank Lamberts/considerar que las directrices constituyen un verdadero Defensor del Pueblo Europeo, y declare en consecuenciacompromiso que crea obligaciones para las partes. Las la inadmisibilidad de dicho recurso.directrices presentan, con gran precisio¥n, los objetivos perseguidos, el marco de actuacio¥n y las medidas que deben adoptarse para alcanzar los objetivos fijados. El Motivos y principales alegacioneshecho de que dichas directrices no estÈn destinadas en si¥ mismas a modificar el estado del Derecho comunitario no puede ocultar que implican, al menos, un compromiso Vulneracio¥n del Derecho comunitario:de cooperacio¥n para las partes. Por otro lado, las disposiciones que figuran en el ti¥tulo VI de las directrices, relativo al control de su aplicacio¥n, demuestran claramente el La resolucio¥n recurrida es contraria al...

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