Aprobación definitiva del presupuesto rectificativo nº 3 de la Unión Europea para el ejercicio 2013

SectionPresupuesto

6.12.2013 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 327/219

APROBACIÓN DEFINITIVA

del presupuesto rectificativo nº 3 de la Unión Europea para el ejercicio 2013

(2013/689/UE, Euratom)

EL PRESIDENTE DEL PARLAMENTO EUROPEO,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, su artículo 314, apartado 4, letra a), y apartado 9,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica y, en particular, su artículo 106 bis,

Visto el Reglamento (UE, Euratom) nº 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que se deroga el Reglamento (CE, Euratom) nº 1605/2002 del Consejo

(1)

,

Visto el Acuerdo Interinstitucional, de 17 de mayo de 2006, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera

(2)

,

Visto el presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2013, aprobado definitivamente el 12 de diciembre de 2012

(3)

,

Visto el proyecto de presupuesto rectificativo nº 3 de la Unión Europea para el ejercicio 2013, aprobado por la Comisión el 15 de abril de 2013,

Vista la Posición sobre el proyecto de presupuesto rectificativo nº 3/2013, aprobada por el Consejo el 9 de julio de 2013,

Vistos los artículos 75 ter y 75 sexies del Reglamento del Parlamento Europeo,

Vista la aprobación de la Posición del Consejo por parte del Parlamento, el 11 de septiembre de 2013,

DECLARA:

Artículo único

El procedimiento previsto en el artículo 314 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea ha concluido, y el presupuesto rectificativo nº 3

de la Unión Europea para el ejercicio 2013 ha quedado definitivamente aprobado.

Hecho en Estrasburgo, el 11 de septiembre de 2013.

El Presidente

M. SCHULZ

(1) DO L 298 de 26.10.2012, p. 1.

(2) DO C 139 de 14.6.2006, p. 1.

(3) DO L 66 de 8.3.2013.

6.12.2013 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 327/221

PRESUPUESTO RECTIFICATIVO N.º 3 PARA EL EJERCICIO 2013

SUMARIO

Página

ESTADO GENERAL DE INGRESOS

A. Financiación del presupuesto general . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. . . . 223

B. Estado general de los ingresos por línea presupuestaria . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 233

- Ingresos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 233

- Título 1: Recursos propios . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. . . . . . . . 234

- Título 3: Excedentes, saldos y ajustes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 237

6.12.2013 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 327/223

A. FINANCIACIÓN DEL PRESUPUESTO GENERAL

FINANCIACIÓN DEL PRESUPUESTO GENERAL

Créditos a financiar, en el ejercicio 2013, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 1 de la Decisión 2007/436/CE, Euratom del Consejo, de 7 de junio de 2007, sobre el sistema de recursos propios de las Comunidades Europeas

GASTOS Descripción Presupuesto 2013 (1) Presupuesto 2012 (2) Variación (%) 1. Crecimiento sostenible 65 745 055 888 60 287 086 467 + 9,05 2. Conservación y gestión de los recursos naturales 57 882 716 075 58 044 868 674 - 0,28 3. Ciudadanía, libertad, seguridad y justicia 1 650 104 202 2 182 532 099 - 24,39 4. La UE como actor global 6 727 745 950 6 966 011 071 - 3,42 5. Administración 8 430 365 740 8 277 736 996 + 1,84 6. Compensaciones 75 000 000 p.m. - Total de gastos (3) 140 510 987 855 135 758 235 307 + 3,50

(1) Las cifras de esta columna corresponden a las del presupuesto 2013 (DO L 66 de 8.3.2013, p. 1) más los presupuestos rectificativos nº 1 a 3/2013.

(2) Las cifras de esta columna corresponden a las del presupuesto 2012 (DO L 56, 29.2.2012, p. 1) más los presupuestos rectificativos nº 1 a 6/2012.

(3) El artículo 310, apartado 1, párrafo tercero, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea dice: «El presupuesto deberá estar equilibrado en cuanto a ingresos y gastos».

L 327/224 ES Diario Oficial de la Unión Europea 6.12.2013

INGRESOS Descripción Presupuesto 2013 (1) Presupuesto 2012 (2) Variación (%) Ingresos diversos (títulos 4 a 9) 1 838 967 007 5 109 219 138 - 64,01 Excedente disponible del ejercicio anterior (capítulo 3 0, artículo 3 0 0) 1 023 276 526 1 496 968 014 - 31,64 Excedente de recursos propios resultante de la transferencia del excedente del Fondo de Garantía relativo a acciones exteriores (capítulo 3 0, artículo 3 0 2) 34 000 000 p.m. - Saldos de recursos propios procedentes del IVA y de recursos propios PNB/RNB relativo a ejercicios anteriores (capítulos 3 1 y 3 2) p.m. 497 328 000 - Total de ingresos de los títulos 3 a 9 2 896 243 533 7 103 515 152 - 59,23 Importe neto de los derechos de aduana y de las cotizaciones por el azúcar (capítulos 1 1 y 1 2) 18 777 600 000 16 824 200 000 + 11,61 Recurso propio «IVA» al tipo uniforme (cuadros 1 y 2, capítulo 1 3) 15 063 857 425 14 546 298 300 + 3,56 Resto a financiar con el recurso complementario (recurso propio RNB, cuadro 3, capítulo 1 4) 103 773 286 897 97 284 221 855 + 6,67 Créditos a financiar con los recursos propios mencionados en el artículo 2 de la Decisión 2007/436/CE, Euratom (3) 137 614 744 322 128 654 720 155 + 6,96 Total de los ingresos (4) 140 510 987 855 135 758 235 307 + 3,50

(1) Las cifras de esta columna corresponden a las del presupuesto 2013 (DO L 66 de 8.3.2013, p. 1) más los presupuestos rectificativos nº 1 a 3/2013.

(2) Las cifras de esta columna corresponden a las del presupuesto 2012 (DO L 56, 29.2.2012, p. 1) más los presupuestos rectificativos nº 1 a 6/2012.

(3) Los recursos propios para el presupuesto de 2013 se determinan sobre la base de las previsiones presupuestarias adoptadas el 21 de mayo de 2012, en la reunión nº 154 del Comité Consultivo de Recursos Propios.

(4) El artículo 310, apartado 1, párrafo tercero, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea dice: «El presupuesto deberá estar equilibrado en cuanto a ingresos y gastos».

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CUADRO 1

Cálculo de la nivelación de las bases armonizadas del impuesto sobre el valor añadido (IVA) conforme a lo dispuesto en el artículo 2, apartado 1, letra b), de la Decisión 2007/436/CE, Euratom Estados miembros 1 % de la base «IVA» sin nivelar 1 % de la renta nacional bruta Tipo de nivelación (en %) 1 % de la renta nacional bruta multiplicado por el tipo de nivelación 1 % de la base «IVA» nivelada (1) Estados miembros con base «IVA» nivelada (1) (2) (3) (4) (5) (6) Bélgica 1 690 557 000 3 973 060 000 50 1 986 530 000 1 690 557 000 Bulgaria 190 547 000 403 363 000 50 201 681 500 190 547 000 República Checa 679 066 000 1 488 457 000 50 744 228 500 679 066 000 Dinamarca 1 011 507 000 2 603 724 000 50 1 301 862 000 1 011 507 000 Alemania 12 022 668 000 27 629 794 000 50 13 814 897 000 12 022 668 000 Estonia 82 284 000 168 961 000 50 84 480 500 82 284 000 Irlanda 624 406 000 1 286 410 000 50 643 205 000 624 406 000 Grecia 873 300 000 1 994 678 000 50 997 339 000 873 300 000 España 4 775 808 000 10 438 737 000 50 5 219 368 500 4 775 808 000 Francia 9 831 724 000 21 490 884 000 50 10 745 442 000 9 831 724 000 Croacia (2) 139 265 000 226 056 000 50 113 028 000 113 028 000 Croacia Italia 6 621 706 000 16 175 934 000 50 8 087 967 000 6 621 706 000 Chipre 145 973 000 176 569 000 50 88 284 500 88 284 500 Chipre Letonia 72 561 000 221 358 000 50 110 679 000 72 561 000 Lituania 121 821 000 334 146 000 50 167 073 000 121 821 000 Luxemburgo 246 521 000 325 255 000 50 162 627 500 162 627 500 Luxemburgo Hungría 400 384 000 1 018 984 000 50 509 492 000 400 384 000 Malta 48 396 000 62 058 000 50 31 029 000 31 029 000 Malta Países Bajos 2 739 704 000 6 263 887 000 50 3 131 943 500 2 739 704 000 Austria 1 425 851 000 3 181 638 000 50 1 590 819 000 1 425 851 000 Polonia 1 911 307 000 3 943 766 000 50 1 971 883 000 1 911 307 000 Portugal 781 760 000 1 637 391 000 50 818 695 500 781 760 000 Rumanía 505 766 000 1 435 776 000 50 717 888 000 505 766 000 Eslovenia 182 040 000 356 425 000 50 178 212 500 178 212 500 Eslovenia Eslovaquia 256...

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