Auto del Tribunal de Primera Instancia de 13 de mayo de 2003 en el asunto T-97/01 DEP, Christos Gogos contra Comisión de las Comunidades Europeas (Tasación de las costas recuperables)

SectionAuto
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

C 213/34 ES 6.9.2003Diario Oficial de la Unión Europea Jueces; Secretario: Sr. J. Plingers, administrador, ha dictado el 3 de abril de 2003 una sentencia cuyo fallo es el siguiente:

1) Desestimar el recurso.

2) La demandante cargará con sus propias costas, así como con las de la Comisión y SEB.

3) De'Longhi cargará con sus propias costas.

4) La República Francesa cargará con sus propias costas.

(1) DO C 169 de 13.7.2002.

AUTO DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA de 4 de junio de 2003 en el asunto T-224/99: The European Council of Transport Users ASBL y otros contra Comisión de las Comunidades Europeas (1) (Recurso de anulación -- Recurso que queda sin objeto -Sobreseimiento) (2003/C 213/66) (Lengua de procedimiento: inglés) En el asunto T-224/99, The European Council of Transport Users ASBL, con domicilio en Bruselas; The Freight Transport Association Ltd., con domicilio en Tunbridge Wells (Reino Unido), Association des utilisateurs detransport defret (AUTF), con domicilio en París (Francia), Industriförbundet, con domicilio en Estocolmo (Suecia), representados por el Sr. M. Clough,

QC, que designa domicilio en Luxemburgo, contra la Comisión de las Comunidades Europeas (agente: Sr. R. Lyal), apoyada por Atlantic Container Line AB, con domicilio en Gotemburgo (Suecia), Hapag-Lloyd AG, con domicilio en Hamburgo (Alemania), Mediterranean Shipping Company SA, con domicilio en Ginebra (Suiza), A.P. Møller-Mærsk Line, con domicilio en Copenhague (Dinamarca), Nippon Yusen Kaisha, condomicilio en Tokio (Japón), Orient Overseas Container Line (UK) Ltd, con domicilio en Londres (Reino Unido), P & O Nedlloyd Container Line Ltd, con domicilio en Londres, representadas por los Sres. J. Pheasant y M. Levitt, solicitors, que designan domicilio en Luxemburgo, que tiene por objeto un recurso de anulación de la Decisión de la Comisión, comunicada a los demandantes mediante escrito de 6 de agosto de 1999, de no considerar que existen serias dudas, en el sentido del artículo 12, apartado 3, del Reglamento (CEE) no 1017/68 del Consejo, de 19 de julio de 1968, por el que se aplican las normas de la competencia a los sectores de los...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT