Recurso interpuesto el 4 de febrero de 2004 contra la Oficina de Armonización del Mercado Interior (marcas, dibujos y modelos) (OAMI) por Sunplus Technology Co. Ltd.

-- Desestime con carácter definitivo y en su totalidad la oposición al registro de la marca solicitada respecto a todas las clases para las que fue estimada.

-- Condene en costas a la Oficina de Armonización y a la parte coadyuvante, incluidas las del procedimiento de oposición y las de la apelación ante la Sala de recurso.

Motivos y principales alegaciones Solicitante de la marca comunitaria:

El demandante.

Marca comunitaria de que se trata:

Marca figurativa 'Ferró' -- Solicitud de registro no 11 010 099 para productos y servicios comprendidos en las clases 29, 30 y 42.

Titular de la marca o el signo opositor:

Ferrero oHG mbH.

Marca o signo opositor: Marca denominativa 'FERRERO' (marca alemana registrada con el no 956 671) para productos comprendidos en las clases 5, 29, 30, 32 y 33.

Resolución de la División de Oposición:

Estimación parcial de la oposición para los productos siguientes comprendidos en la clase 30:

'Café, té, azúcar, sucedáneos de café, harinas y preparaciones a base de cereales, pan, galletas, artículos de confitería, pasteles, helados, jarabe, levadura, polvos para esponjar, artículos de panadería de cualquier naturaleza, miel, jarabe de melaza'.

Resolución de la Sala de Recurso:

Desestimación del recurso.

Motivos de recurso: Infracción del artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento no 44/ 94 del Consejo (1).

(1) Reglamento (CE) no 40/94 del Consejo, de 20 de diciembre de 1993, sobre la marca comunitaria (DO L 11, p. 1).

Recurso interpuesto el 2 de febrero de 2004 contra el Consejo de la Unión Europea por la Región Autónoma de las Azores (Asunto T-37/04) (2004/C 94/131) (Lengua de procedimiento: inglés) En el Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas se ha presentado el 2 de febrero de 2004 un recurso contra el Consejo de la Unión Europea, formulado por la Región Autónoma de las Azores, (Portugal), representada por los Sres. Renouf, Crosby y Bryant, Solicitors.

La parte demandante solicita al Tribunal de Primera Instancia que:

-- Anule los artículos 3 y 11 y el anexo del Reglamento no 1954/2003 del Consejo, en la medida en que: a) Establecen que, con arreglo al Reglamento, el esfuerzo pesquero se fijará teniendo en cuenta únicamente las especies principales y las zonas ICEM/CPACO, y no el tipo de artes de pesca empleados, fijos o de arrastre. b) Excluyen las especies demersales que figuran en el Reglamento no 2347/2002 de la operación a la que se refieren los artículos 3 y 11.

-- Anule el artículo...

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