Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones — Normas europeas para el siglo XXI»[COM(2016) 358 final]

SectionDictamen confirmatorio
Issuing OrganizationComité Económico y Social

2.2.2017 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 34/86

Ponente: Antonello PEZZINI

Consulta Comisión Europea, 17.8.2016 Fundamento jurídico Artículo 304 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea [COM(2016) 358 final] Sección competente Mercado Único, Producción y Consumo Aprobado en sección 4.10.2016 Aprobado en el pleno 20.10.2016. Pleno n.o 520 Resultado de la votación (a favor/en contra/abstenciones) 147/0/2

1.1. El Comité Económico y Social Europeo (CESE) considera fundamental una nueva visión para organizar un sistema europeo de normalización (SEN) que sepa adaptarse a contextos internacionales en continua evolución y sea capaz de reportar ventajas crecientes a empresas, consumidores, trabajadores y medio ambiente.

1.2. Como «casa de la sociedad civil», el CESE concede especial importancia a mejorar la transparencia y el carácter inclusivo del SEN y reivindica un papel proactivo en la orientación estratégica, la aplicación y difusión de la legislación, así como en el apoyo a una cultura de la normalización.

1.3. El CESE subraya la importancia de reforzar la función estratégica de la normalización técnica para garantizar: — la calidad, la seguridad y el rendimiento de los bienes y servicios,

— un nivel cada vez más alto de protección del consumidor, del trabajador y del medio ambiente,

— mayores niveles de innovación para la competitividad de las empresas.

1.4. El CESE celebra el lanzamiento de la iniciativa conjunta sobre normalización (JIS, siglas en inglés) entre los socios públicos y privados del SEN a fin de identificar un enfoque común para la definición de prioridades y el desarrollo de acciones conjuntas encaminadas a modernizar y simplificar la adopción de las normas.

1.5. Sin embargo, el CESE manifiesta su gran preocupación por la limitación de indicaciones concretas de aplicación y de las dotaciones financieras, que son fundamentales para transformar una visión común innovadora en estrategias y acciones concretas de modernización.

1.6. A este respecto, el CESE recomienda que la asociación público-privada JIS (1) encuentre su lugar estructural y financiero en el marco de las iniciativas tecnológicas conjuntas de Horizonte 2020 (2), con el objetivo de: — alcanzar objetivos técnico-normativos bien definidos en el sector industrial, de los servicios y del consumo,

— conseguir una concentración mayor y mejor de recursos financieros y humanos y conocimientos en prioridades compartidas.

1.7. El CESE respalda a la Comisión en la realización de un sistema integrado y estructurado, con el objetivo de alcanzar una estrategia común que conduzca a una reducción de la fragmentación de las normas y sus sistemas de programación.

1.8. El CESE apoya, por lo tanto, un mejor sistema de gobernanza en las estrategias de la actuación normativa que tenga en cuenta la convergencia de las tecnologías y la informatización de las empresas y servicios, así como las nuevas y crecientes competencias sociales y ambientales, y que pueda impulsar el actual Comité Técnico de Normalización.

1.9. El diálogo interinstitucional europeo sobre normalización debe reservar un papel privilegiado a todos los agentes representativos interesados. Deberían constituirse grupos permanentes de evaluación y orientación en el seno de las instituciones de la UE, en primer lugar con el CESE y el Comité de las Regiones (CDR), teniendo en cuenta las competencias de consulta obligatoria establecidas en el artículo 114 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).

1.10. En opinión del CESE, es necesario reforzar tanto en el SEN como en las direcciones generales competentes de la Comisión las capacidades de uso coordinado del instrumento de normalización técnica relevante para cada sector, en especial en el sector de servicios.

1.11. El CESE considera prioritario poner en marcha una medida de desarrollo de una auténtica cultura europea de la normalización, desde los niveles educativos básicos hasta los responsables políticos y los negociadores de acuerdos internacionales, lanzando y respaldando una incisiva campaña europea de sensibilización.

1.12. El CESE destaca que una política europea de normalización realmente innovadora debe responder, en primera instancia, a los principios de «satisfacción del cliente» de ciudadanos, empresas y trabajadores, y debe alcanzar elevados niveles de seguridad, calidad y eficacia, creación de nuevo empleo y competitividad internacional, mediante un enfoque equilibrado y flexible entre normalización y creatividad (3).

2.1. La normalización técnica desempeña un papel fundamental en el funcionamiento del mercado interior y en la competitividad internacional de productos y servicios, como instrumento estratégico para garantizar la calidad, rendimiento y seguridad de los bienes y servicios, la interoperabilidad de las redes y sistemas, unos niveles elevados de protección de las empresas, de los trabajadores, del consumidor y del medio ambiente, y mayores niveles de innovación e integración social.

2.2. A la luz de la nueva evolución tecnológica, de las prioridades políticas, de las tendencias mundiales, en especial en el sector de los servicios, y de la revolución informática, es necesario revisar el sistema europeo de normalización (SEN) para preservar sus numerosos elementos de éxito, corregir sus...

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