Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre «El papel y la incidencia de las ITC y APP en la ejecución del programa Horizonte 2020 para una transformación industrial sostenible» (Dictamen de iniciativa)

SectionDiario Oficial
Issuing OrganizationComité Económico y Social

2.2.2017 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 34/24

Ponente: Antonello PEZZINI Coponente: Enrico GIBELLIERI

Decisión del pleno 21 de enero de 2016 Fundamento jurídico Artículo 29, apartado 2, del Reglamento interno Dictamen de iniciativa Sección competente Comisión Consultiva de las Transformaciones Industriales (CCMI) Aprobación en comisión 28 de septiembre de 2016 Aprobación en el pleno 19 de octubre de 2016 Pleno n.o 520 Resultado de la votación (a favor/en contra/abstenciones) 212/1/1

1.1. El CESE considera que la asociación público-privada (APP) (1) en materia de investigación e innovación (I+I) constituye, en sus distintos tipos, una fórmula de excelencia y un poderoso instrumento para afrontar las principales cuestiones que inciden en la competitividad de Europa y es capaz de responder con eficacia a los retos socioeconómicos, de empleo y de sostenibilidad ambiental.

1.2. La investigación y la innovación no son un proceso lineal unidimensional. En opinión del CESE, la plena integración de las dimensiones tecnológicas, medioambientales y sociales en las asociaciones público-privadas de Horizonte 2020 requiere un nuevo planteamiento basado en una mayor transparencia en cuanto a los resultados alcanzados y el impacto socioeconómico obtenido.

1.3. En opinión del CESE, las asociaciones deben obedecer a una visión más amplia de la innovación, teniendo en cuenta las innovaciones en los servicios, las innovaciones sociales y la necesaria modernización de las pymes y la economía social para una mejor integración de las mismas en todo el proceso de demostración y desarrollo de las aplicaciones.

1.4. Las ITC y las APPC deberían favorecer la legitimidad social de la innovación, incrementando la participación de las partes interesadas más débiles desde el punto de vista económico (sindicatos, pymes, ONG) en la orientación y la programación estratégica de las actividades de I+I, en consonancia con lo dispuesto en el Reglamento (UE) n.o 1025/2012 sobre la normalización europea, en especial por lo que se refiere a las estrategias y la selección de los proyectos y su utilidad social.

1.5. El CESE considera necesario intensificar la orientación al mercado de las APP prestando especial atención a aspectos como la interoperabilidad, la normalización, la armonización y las transferencias transnacionales de tecnología, a fin de hacer los resultados sostenibles en el territorio y transferibles a toda la Unión.

1.6. En opinión del CESE, es deseable que las ITC y las APPC trabajen por: — reforzar la coherencia con otras asociaciones e iniciativas en un marco de políticas concomitantes cada vez más saturado,

— alargar la cadena de valor centrándose más en el mercado y ampliando la participación del lado de la demanda, ya sea en número de usuarios de los países participantes como incorporando nuevos actores en toda la cadena de valor a través de sinergias de interoperatividad con otras iniciativas,

— dar más importancia a los enfoques multidisciplinares, comprometiendo a nuevas comunidades de partes interesadas, sobre todo a escala local de proximidad.

— en las ITC y APPC habría que favorecer la participación activa de las pymes en el proceso de innovación en una fase más temprana para que desarrollen gradualmente un potencial propio de I+D.

1.7. El CESE recomienda que las ITC y las APPC lancen nuevas medidas innovadoras a fin de interactuar más con los principales inversores para crear modelos de negocio innovadores y perfiles profesionales avanzados, desarrollar foros que incluyan a los interlocutores sociales y prestar un apoyo más centrado en una rápida explotación comercial posterior al proyecto.

1.8. El CESE considera importante intensificar el seguimiento de la capacidad y la coherencia de aplicación de las ITC y las APPC con nuevos instrumentos, más flexibles y que respondan a las exigencias del mercado, y enfoques más dinámicos de la garantía de calidad, entre ellos un sistema completo de indicadores clave dinámicos del rendimiento (key performance dynamic indicators, KPDI, por sus siglas en inglés) comparables para las distintas iniciativas, a fin de hacer posible la presentación de un cuadro sinóptico de evaluación anual de todas las ITC y APPC a las instituciones europeas y nacionales y a los contribuyentes europeos.

1.9. El CESE pide más esfuerzos para garantizar la coherencia interna entre objetivos y prioridades del 9.o PM de I+I de la Unión y las estrategias de I+I del sector industrial que adoptan la forma de ITC y APPC en coordinación con todas las demás formas de asociación para la innovación previstas por otras políticas regionales, nacionales y europeas.

1.10. El CESE propone que se instituya un Consejo Europeo de la Innovación con un importante componente industrial y social, y redes paneuropeas de infraestructuras de apoyo a la innovación, un instrumento útil para mejorar la coordinación de las iniciativas, también con las líneas de acción de otras organizaciones de I+I europeas e internacionales, así como con asociaciones internacionales (2) similares.

1.11. El CESE pide a las autoridades regionales y municipales que concedan a la innovación de las ITC y las APPC pertinentes una alta prioridad en la planificación y la aplicación de las medidas, como las estrategias de especialización inteligente, los programas operativos y de cooperación para la política de cohesión...

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