Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo — Examen/revisión intermedios del marco financiero plurianual 2014-2020 — Un presupuesto de la UE centrado en los resultados» [COM(2016) 603 final] — Propuesta de Reglamento del Consejo por el que se modifica el Reglamento (UE, Euratom) n.° 1311/2013, por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2014-2020 [COM(2016) 604 final — 2016/0283 (APP)] — Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que se modifica el Reglamento (CE) n.° 2012/2002 y los Reglamentos (UE) n.° 1296/2013, (UE) 1301/2013, (UE) n.° 1303/2013, UE n.° 1304/2013, (UE) n.° 1305/2013, (UE) n.° 1306/2013, (UE) n.° 1307/2013, (UE) n.° 1308/2013, (UE) n.° 1309/2013, (UE) n.° 1316/2013, (UE) n.° 223/2014, (UE) n.° 283/2014, (UE) n.° 652/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, y la Decisión n.° 541/201...

Sectiondictamen
Issuing OrganizationComité Económico y Social

10.3.2017 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 75/63

Ponente: Stefano PALMIERI

Consulta Comisión Europea, 20.4.2016 Consejo, 9.12.2016 Fundamento jurídico Artículo 304 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea Sección competente Unión económica y monetaria y Cohesión Económica y Social Decisión de la Mesa 20.9.2016 Aprobación en el pleno 14.12.2016 Pleno n.o 521 Resultado de la votación (a favor/en contra/abstenciones) 169/5/9

1.1. El CESE reconoce los esfuerzos realizados por la Comisión al proponer la revisión intermedia del marco financiero plurianual (MFP) 2014-2020 y aprecia las disposiciones en materia de flexibilidad introducidas para hacer frente a las crisis imprevistas de los últimos años. Sin embargo, considera que el mecanismo propuesto es insuficiente para hacer frente a los desafíos y prioridades de la Unión Europea (UE), en particular en lo que se refiere al proyecto político europeo seriamente en entredicho actualmente.

1.1.1. Hoy en día la solución a los desafíos y crisis de carácter global debe encontrar necesariamente en una respuesta de carácter europeo. Por este motivo, el CESE considera que el actual MFP y el posterior a 2020 deben concentrar adecuadamente sus propios recursos dirigiéndolos hacia los programas capaces de: — reactivar el desarrollo económico, social y medioambiental (incluido el acuerdo sobre el cambio climático de París), el empleo, la innovación y la competitividad,

— responder a la crisis migratoria y de los refugiados, a las cuestiones de seguridad interna, a las emergencias externa y a la crisis del sector agrícola.

1.2. Para el CESE, la revisión intermedia del MFP 2014-2020 y el debate en torno al MFP posterior a 2020 deberán guiarse por el pleno respeto del artículo 3 del Tratado de Lisboa, asegurando que a los ciudadanos de la UE se les garanticen condiciones de vida dignas por lo que respecta a su bienestar, así como del artículo 311 del TFUE, según el cual «la Unión se dotará de los medios necesarios para alcanzar sus objetivos y para llevar a cabo sus políticas».

1.3. El CESE denuncia, en particular, una crisis de la solidaridad en la UE que habrá que afrontar y resolver. No es admisible que algunos Estados miembros acepten el principio justo de la solidaridad a la hora de distribuir los recursos del MFP 2014-2020 y, al mismo tiempo, renieguen del mismo cuando se trata de hacer frente a la situación de emergencia de los refugiados y migrantes.

1.4. La capacidad de la UE para responder a los retos actuales y futuros dependerá del carácter cualitativo y la dimensión cuantitativa de sus estrategias de intervención. El debate en torno al MFP debe centrarse en su funcionalidad —tanto en términos de recursos asignados como de la estructura del presupuesto— a la hora de dotar a la UE con los medios necesarios para alcanzar sus prioridades estratégicas, sin incrementar la carga fiscal de los ciudadanos y empresas; es decir, su capacidad para aportar «valor añadido» a nivel europeo en situación de paridad de cargas para los ciudadanos. Un valor añadido europeo sobre el que haya un amplio consenso político de apoyo a la acción de la UE que pueda garantizar beneficios reales para sus ciudadanos. Entre los elementos que aportan mayor valor añadido europeo, el CESE identifica: contribuir a la financiación de las grandes inversiones y de la innovación (Fondo Europeo para Inversiones Estratégicas), hacer emerger los potenciales beneficios de los migrantes y refugiados para la economía, el mercado de trabajo y el dinamismo de la sociedad; supervisar y acompañar la actuación del ciclo 2014-2020 de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos (Fondos EIE) y reforzar el pilar social. Un instrumento específico podría ser útil y necesario para combatir el desempleo juvenil, la precariedad laboral y el fenómeno de los jóvenes que ni estudian ni trabajan (nini).

1.4.1. Por lo que respecta a la parte cuantitativa de la revisión del MFP, el CESE está de acuerdo con el aumento de recursos para algunos capítulos de gasto considerados de gran eficacia, como, Horizonte 2020, el Mecanismo «Conectar Europa» (MCE), Erasmus+, COSME y Wifi4EU, así como la ampliación del Fondo Europeo para Inversiones Estratégicas (FEIE) y la Iniciativa de Empleo Juvenil.

1.4.2. El CESE también está de acuerdo con las nuevas asignaciones para hacer frente a la crisis migratoria (Guardia Costera y de Fronteras europea, Europol, Agencia de Asilo, Sistema Común de Asilo de Dublín, ayuda de emergencia dentro de la UE, Sistema de Entrada/Salida de la UE) y las condiciones de inestabilidad política y económica en la UE y en los países vecinos (marco de asociación, Fondo Europeo de Desarrollo Sostenible, ayuda macrofinanciera, mandato de financiación exterior para el Banco Europeo de Inversiones [BEI] y ajuste técnico de las dotaciones de la política de cohesión).

1.5. En cuanto a la parte cualitativa de la revisión del MFP, el CESE respalda el objetivo de elaborar normas financieras generales y sectoriales más sencillas y flexibles y, por lo tanto, acoge con satisfacción la simplificación de los requisitos administrativos impuestos a los beneficiarios de los recursos de la UE, así como de los controles, la auditoría y la notificación.

1.5.1. Sin embargo, la introducción de los principios sobre la mejora del gasto «better spending» y del presupuesto basado en los resultados «performance based budgeting» no debe representar indebidamente un modo de recortar el gasto en sectores o programas cuya evaluación sea menos evidente que otros, ya sea porque los beneficios aparecen a largo plazo o porque son más difícilmente cuantificables. Ello podría resultar particularmente perjudicial para ciertos programas como Horizonte 2020, el Mecanismo «Conectar Europa» y COSME.

1.5.2. El CESE sostiene, por una parte, los incentivos capaces de fomentar un gasto responsable y, por otra, un sistema de seguimiento adecuado y oportuno de los objetivos para los distintos ámbitos de intervención del presupuesto de la UE.

1.6. En cuanto al debate sobre la propuesta para el MFP posterior a 2020, el CESE pide que a partir de ahora se evalúen detenidamente los resultados del actual presupuesto, también a la luz de la revisión intermedia, y se debatan las prioridades y los cambios que se estimen necesarios.

1.7. El CESE considera útil ajustar la duración de los próximos MFP al ciclo político de la Comisión y del Parlamento. Cabe compartir la propuesta de establecer un período de 5 + 5 años con una revisión intermedia obligatoria de algunos elementos que requieren una planificación a largo plazo (en particular, las políticas de cohesión y de desarrollo rural) y establecer para todos los demás elementos una duración a medio plazo de cinco años acorde con las elecciones europeas.

1.8. El CESE respalda el esfuerzo de la Comisión dirigido a introducir nuevos tipos de recursos...

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