Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre «Mejorar la eficacia de las políticas de la UE en favor de las pymes» (Dictamen de iniciativa)

SectionDictamen de propia iniciativa
Issuing OrganizationComité Económico y Social

13.10.2017 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 345/15

Ponente: Milena ANGELOVA

Decisión del Pleno 21.1.2016 Fundamento jurídico Artículo 29, apartado 2, del Reglamento interno Sección competente Mercado Único, Producción y Consumo Aprobado en sección 7.6.2017 Aprobado en el pleno 6.7.2017 Pleno n.o 527 Resultado de la votación (a favor/en contra/abstenciones) 157/1/4

1.1. El CESE acoge con satisfacción que se declare que las pymes deben constituir el elemento central de las políticas económicas en la Unión. Valora positivamente que en la última década se haya aprobado numerosa legislación y se hayan asignado fondos considerables a apoyarlas. Sin embargo, el CESE comparte la opinión, a menudo manifestada por la comunidad de pymes, de que siguen existiendo importantes deficiencias tanto en la formulación como en la ejecución de las políticas dirigidas a estas empresas, lo que obstaculiza sustancialmente el efecto de las medidas de apoyo.

1.2. Estudios recientes del CESE (1) han revelado que las políticas de la UE para las pymes y los mecanismos de apoyo actuales tratan las numerosas pymes de Europa como un grupo homogéneo y, lamentablemente, no hacen distinciones entre las diferentes necesidades que presentan los numerosos subgrupos de empresas que engloba la definición de pymes. Los ejemplos de mecanismos de apoyo diseñados a medida son más bien escasos. El uso de un enfoque universal en la elaboración de políticas de la Unión para las pymes es un problema crucial que impide que las políticas surtan el efecto deseado en este tipo de empresas (2). Por consiguiente, se recomienda encarecidamente «vender» mejor las políticas en materia de pymes y establecer con mayor precisión las necesidades específicas de estas empresas, en paralelo a la próxima consulta pública sobre la importancia de la definición de las pymes.

1.3. El CESE advierte de que sigue predominando el enfoque burocrático y la complejidad de las normas administrativas en las políticas de la Unión para las pymes y en los mecanismos de apoyo actuales, pese a los constantes esfuerzos que se realizan a escala europea por minimizar la carga administrativa. Las pymes de la Unión consideran a menudo que los funcionarios responsables ignoran por completo cómo funcionan realmente sus negocios. Los mecanismos de apoyo de la Unión parecen en su mayoría inadecuados para responder a las acuciantes necesidades de soluciones rápidas, claras y eficaces de las pymes.

1.4. El CESE expresa su preocupación por el hecho de que, dada la insuficiente comunicación, la mayoría de las pymes —principalmente las pequeñas empresas y las microempresas— no es consciente de la existencia de estos instrumentos y redes de apoyo. Este problema puede abordarse mediante mayores esfuerzos de sensibilización, un apoyo adicional que permita a más pymes acceder a la información adecuada, un mayor compromiso de los órganos oficiales con los principales intermediarios locales a escala nacional y regional especializados en trabajar con las pymes (empresarios y asociaciones de pymes, cámaras de comercio) y la prestación de apoyo sencillo y adaptado a las necesidades de las empresas. En su mayor parte, las herramientas que se ofrecen son demasiado complejas, poco claras y burocráticas en su diseño y contenido para satisfacer las necesidades de las pymes. Para afrontar este problema, el CESE insta a la Comisión Europea y los Estados miembros a hacer el mejor uso posible del Semestre Europeo, aplicar de modo sistemático y generalizado el principio de asociación (3) e impulsar la participación obligatoria de las organizaciones representativas de las pymes a escala europea, nacional y regional en el diseño, la aplicación y el seguimiento de las políticas y medidas de apoyo en el ámbito de las pymes. Las recomendaciones específicas por país deberían concentrarse sistemáticamente en las políticas de apoyo a las pymes, a fin de garantizar una formulación pertinente, una aplicación efectiva y unas mediciones cualitativas y cuantitativas de los resultados.

1.5. El CESE lamenta que el seguimiento de los avances de las políticas de la UE en materia de pymes siga estando fragmentado. Aunque las actividades empresariales de las pymes se registran exhaustivamente, no se registra el efecto de las medidas de apoyo de la Unión en estas actividades ni el grado en el que los cambios en el desarrollo de las pymes pueden atribuirse a dichas medidas. La información disponible es principalmente cuantitativa y no cualitativa, por lo que no ofrece una base para una evaluación adecuada de la eficacia y la eficiencia de las políticas y los instrumentos de apoyo (4).

1.6. En consonancia con sus anteriores dictámenes, el CESE expresa su preocupación por que la aplicación de la «Small Business Act» para Europa está lejos de completarse (5). Los logros en los diferentes ámbitos son desiguales, con peores resultados en el emprendimiento, el mercado único y el acceso a la financiación. Las cualificaciones y la innovación y la contratación estatal y pública se han deteriorado verdaderamente desde 2008 (6). Está claro que debería alentarse a los Estados miembros a adoptar medidas pertinentes y hacer suya la «Small Business Act» a la hora de concebir y aplicar las políticas y la legislación que tengan un impacto sobre las pymes.

1.7. Recomendaciones específicas

1.7.1. Las políticas de la UE en materia de pymes deberían reconocer la heterogeneidad y la diversidad de las pymes europeas y estudiar las necesidades específicas de las microempresas, las empresas familiares y «tradicionales», las empresas sociales, las profesionales liberales, los trabajadores autónomos y todos los demás subgrupos específicos que tienen formas jurídicas y modelos de operación muy distintos, con el fin de ofrecer una cartera adecuada de medidas normativas para fomentar su crecimiento.

1.7.2. El CESE propone que la Comisión evalúe si la actual definición de «pyme» se corresponde con la heterogeneidad, las dinámicas sectoriales, las características específicas y la diversidad de estas empresas durante la última década (7). El CESE aboga por una política transversal para las pymes visible, coordinada y coherente que se base en un plan de acción plurianual.

1.7.3. Las herramientas de apoyo a las pymes de la Unión deberían traducirse al lenguaje empresarial para cumplir su propósito de promover el crecimiento y el empleo. Para hacer frente a la excesiva complejidad detectada en los mecanismos de apoyo, es importante buscar la ayuda y el asesoramiento de organizaciones de pymes, que son las que conocen mejor sus necesidades, a fin de que las políticas de la Unión en materia de pymes hablen el idioma de los negocios. A este respecto, actualmente las pymes confían en los interlocutores sociales nacionales como un importante factor positivo para transmitir sus puntos de vista sobre la manera de mejorar las políticas de fomento de las pymes, y piden una participación más activa de los interlocutores en el programa nacional de reforma. Por consiguiente, debería reforzarse su papel, junto con el de las asociaciones de pymes, las cámaras de comercio e industria y otras organizaciones intermediarias de pymes.

1.7.4. Las políticas de la Unión en materia de pymes deberían dedicar más esfuerzos a informar a las pymes —en concreto a los subgrupos más vulnerables, como las microempresas, las empresas unipersonales, las empresas tradicionales con escaso potencial innovador, las empresas ubicadas en regiones remotas, etc. (8)— sobre el apoyo existente. Las principales redes de apoyo deberían mantenerse y popularizarse, y se habría de facilitar su uso y hacerlas más accesibles a las pymes. La Comisión Europea debería analizar cuidadosamente la posibilidad de garantizar la coordinación de las redes de apoyo actuales en el marco de un sistema común de ventanilla única que respete la situación en cada Estado miembro.

1.7.5. Es esencial la creación de una asociación sólida de múltiples partes interesadas —plataformas de pymes— con los interlocutores sociales y las partes interesadas públicas y privadas que atienden los problemas de las pymes, a escala nacional y regional. Para superar el problema de comunicación entre las pymes y los mecanismos de apoyo de la UE, es preciso reforzar la interacción con las organizaciones de pymes, que son las instituciones que mejor conocen las necesidades de estas empresas, en particular a escala nacional y regional. Esto también puede brindar un canal nuevo y eficaz para llegar a las pymes utilizando secciones locales de organizaciones de empresarios, cámaras de comercio y economía, asociaciones de pymes y organizaciones profesionales y sectoriales como intermediarios clave para popularizar y suministrar las herramientas de apoyo existentes.

1.7.6. Los mejores resultados para las pymes se dan cuando los entes locales cooperan con organizaciones de pymes en la formulación y aplicación de las políticas. La tendencia actual a organizar la mediación principalmente en torno a los bancos no constituye la mejor opción. Los bancos deberían funcionar como intermediarios financieros, pero para todos los demás aspectos (formulación de políticas, información, promoción, etc.) las organizaciones representativas de las pymes son más adecuadas. Por consiguiente, el CESE pide a la Comisión que elabore medidas de apoyo a las organizaciones de pymes aplicando las políticas en materia de pymes, difundiendo información pertinente para estas empresas y proporcionándoles ayuda financiera.

1.7.7. El CESE apoya la «Small Business Act» y pide que sus dos principios «pensar primero a pequeña escala» y «solo una vez» sean jurídicamente vinculantes. No obstante, aplicar el principio de «solo una vez» no debería perjudicar a aquellos países de acogida que verifican los requisitos profesionales y legales...

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