Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre el «Régimen fiscal en favor de la competencia leal y el crecimiento» (Dictamen de iniciativa)

SectionDictamen de propia iniciativa
Issuing OrganizationComité Económico y Social

15.12.2017 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 434/18

Ponente: Petru Sorin DANDEA

Decisión del Pleno 26.1.2017 Fundamento jurídico Artículo 29, apartado 2, del Reglamento interno Dictamen de iniciativa Sección competente Unión Económica y Monetaria y Cohesión Económica y Social Aprobado en sección 7.9.2017 Aprobado en el pleno 20.9.2017 Pleno n.o 528 Resultado de la votación (a favor/en contra/abstenciones) 149/6/18

1.1. Combinada con la elusión fiscal, la planificación abusiva en materia tributaria, promovida por algunas empresas, genera considerables pérdidas de ingresos para los presupuestos de los Estados miembros. El CESE recomienda a los Estados miembros que redoblen sus esfuerzos para luchar contra este fenómeno extremadamente dañino, estableciendo lo antes posible las normativas fiscales necesarias.

1.2. Teniendo muy en cuenta que con las iniciativas de lucha contra la planificación fiscal abusiva solo pueden obtenerse resultados si se despliegan a escala mundial, el CESE recomienda a la Comisión y a los Estados miembros que prosigan e intensifiquen las acciones de negociación en el marco de las organizaciones internacionales, como la OCDE y el G-20, con vistas a elaborar una normativa eficaz para combatir la elusión fiscal.

1.3. El CESE acoge con satisfacción la decisión en la que el Consejo aprueba los criterios propuestos por la Comisión para determinar los territorios reconocidos como paraísos fiscales. El CESE estima que esta medida solo constituirá un paso importante en la lucha contra la planificación fiscal abusiva si la lista se completa con las sanciones aplicables a dichos territorios, así como a las empresas que sigan recurriendo a ella en el marco de sus operaciones de naturaleza financiera. Estas sanciones podrían incluir la prohibición del acceso a fondos públicos por parte de estas empresas.

1.4. El Comité recomienda a los Estados miembros que se abstengan de seguir fomentando la competencia fiscal recurriendo a numerosas resoluciones fiscales que no están justificadas por la realidad económica de las operaciones, pero favorecen a determinadas empresas de manera injustificada en relación con sus competidores.

1.5. El CESE considera que la armonización y la simplificación de las normativas fiscales deben figurar entre las prioridades de los Estados miembros. Además, la supresión total de los obstáculos de naturaleza fiscal debe servir para completar los esfuerzos de armonización.

1.6. La globalización ha provocado un desplazamiento de la carga fiscal hacia los capitales en el ámbito del mercado de trabajo, lo cual ha generado a su vez un aumento de los costes laborales y la agudización de las desigualdades. El CESE recomienda que, en el marco de las reformas emprendidas en materia fiscal, los Estados miembros se planteen transferir la carga impositiva de la esfera laboral al sector financiero o a prácticas nefastas para el medio ambiente.

1.7. El CESE propone ampliar la base imponible consolidada común del impuesto sobre sociedades (BICCIS) a nivel del mercado único y más allá de sus fronteras. Este enfoque crearía un régimen tributario más previsible y favorable para el entorno empresarial, reduciendo los costes de conformidad de las inversiones transfronterizas.

1.8. El CESE preconiza que el modelo de reparto de los beneficios imponibles en el marco de la operación de consolidación que implica la BICCIS se base, en la medida de lo posible, en el principio de imposición de los beneficios allí donde se generan. De esta forma, sería más fácil alcanzar el consenso necesario para la aprobación de este sistema. Si las recientes medidas europeas contra la elusión fiscal no conducen a ningún resultado y la BICCIS no logra sus objetivos, podría considerarse la introducción de un tipo impositivo mínimo del impuesto de sociedades para evitar una competición a la baja.

1.9. Por lo que respecta a los recursos presupuestarios propios de la UE, el CESE recomienda a los Estados miembros que busquen soluciones para aplicar las recomendaciones del Grupo de Alto Nivel «Recursos Propios». El aumento de los recursos propios de la UE permitirá ofrecer más apoyo a las políticas de desarrollo y cohesión en los Estados miembros.

1.10. La moneda única sigue siendo uno de los logros más importantes de la UE. Sin embargo, debido a la fragmentación del régimen fiscal europeo, no ha desarrollado todo su potencial. El CESE reitera su propuesta de introducir una «serpiente...

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