Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre «El papel central del comercio y la inversión en la consecución y la aplicación de los Objetivos de Desarrollo Sostenible» (Dictamen de iniciativa)

SectionDiario Oficial
Issuing OrganizationComité Económico y Social

11.4.2018 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 129/27

Ponente: Jonathan PEEL (UK-I) Coponente: Christophe QUAREZ (FR-II)

Decisión del Pleno 26.1.2017 Fundamento jurídico Artículo 29.2 del Reglamento interno Dictamen de iniciativa Sección competente REX Aprobado en sección 7.11.2017 Aprobado en el pleno 7.12.2017 Pleno n.o 530 Resultado de la votación (a favor/en contra/abstenciones) 163/0/1

1.1. La ejecución y realización de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) se considera una máxima prioridad mundial. Para respetar el plazo de 2030, es fundamental mantener el impulso desde ahora.

1.1.1. El Comité Económico y Social Europeo (CESE) considera que los ODS, junto con el Acuerdo de París sobre el Clima (COP21) (1), cambiarán fundamentalmente la agenda comercial mundial, especialmente para el comercio de productos industriales y agrícolas. La necesidad de aplicar este tipo de acuerdos de calado debe constituir el núcleo de las futuras negociaciones comerciales de la UE.

1.2. La UE disfruta de una posición única para fomentar la realización de los ODS. Cuenta con la credibilidad necesaria para desempeñar eficazmente su función de puente entre los países desarrollados y los países en desarrollo. Es preciso dar mayor prioridad al desarrollo de las políticas esbozadas en la Comunicación de la Comisión titulada «Próximas etapas» (2), y centrarse en mayor medida en la plena integración de los ODS «en el marco político europeo y las prioridades actuales de la Comisión», junto con los Estados miembros, cuando sea necesario.

1.2.1. Reconoce que tiene la obligación de hacerlo en virtud del Tratado de Lisboa (3). El fomento y aplicación de los ODS y la promoción de los valores europeos en todo el mundo deben dar lugar a una sinergia reforzada.

1.3. Aunque el comercio solo se menciona una vez en los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM) (4), se menciona nueve veces de manera específica en los ODS. Paralelamente a una acción directa destinada a alcanzar los ODS, instamos a la Unión a incluir un comercio y una inversión «respetuosos con los ODS». Hay muchas maneras en que el comercio y la inversión pueden contribuir de manera positiva, aunque a veces indirecta, al logro de los mismos.

1.4. Una meta específica para el objetivo 17 (revitalizar la alianza mundial para el desarrollo sostenible) consiste en «promover un sistema de comercio multilateral universal, basado en normas, abierto, no discriminatorio y equitativo en el marco de la Organización Mundial del Comercio». Hace tiempo que la Unión destaca la importancia del multilateralismo y del papel clave de la OMC, y debe seguir tomando medidas activas en su apoyo.

1.5. El CESE señala que, como los ODS no son jurídicamente vinculantes ni disponen de un mecanismo de resolución de litigios, la UE debe trabajar a través de sus propias políticas y actividades para favorecer su realización.

1.5.1. El CESE acoge favorablemente la intención de la UE de facilitar actualizaciones anuales, pero muestra su preocupación por el hecho de que, a menudo, la Unión parezca preocuparse más por mostrar cómo las actuales políticas coinciden con los ODS o se solapan con ellos, en lugar de tratar de obtener la máxima sinergia orientando y adaptando sus propias políticas y actividades. Se obtendrían mejores resultados si la UE concentrara más su atención en el logro de los ODS.

1.5.2. Hay una serie de ámbitos políticos clave en los que creemos que la UE debe actuar para garantizar una plena sinergia con los ODS. Entre ellos figuran la renovación del Acuerdo de Asociación ACP-UE (Acuerdo de Cotonú), así como una interacción más amplia de la UE con dichas regiones. Concretamente, deberán incluirse tanto acciones específicas de desarrollo de las capacidades para ayudar a aplicar el Acuerdo sobre Facilitación del Comercio como la estrategia conjunta, y más amplia, de ayuda al comercio UE/Estado miembro. Se trata de una contribución fundamental y una parte esencial de la iniciativa de Ayuda para el Comercio de la OMC, dirigida a reforzar la capacidad de los países en desarrollo para aprovechar las oportunidades que ofrecen los acuerdos comerciales. Será importante que la aportación del sexto Examen Global de la OMC se centre en los ODS.

1.5.3. También deberá brindarse un apoyo más específico al comercio como medio de impulsar tanto la integración regional como los ODS, en particular en las regiones en las que aún no se hayan negociado acuerdos de asociación económica (AAE), y a pesar de que dichos acuerdos aún no hayan cumplido todas las expectativas iniciales.

1.5.4. La Unión también debería tratar de desarrollar mayores sinergias entre los 27 principales convenios pertinentes para su Sistema Generalizado de Preferencias + (SGP +) y los ODS, en la medida en que sus competencias lo permitan.

1.6. El Comité insta asimismo a la UE a promover la consecución de los ODS, siempre que sea posible, a través de sus relaciones bilaterales. Un ejemplo paradigmático a este respecto es el de la interacción con China respecto de su iniciativa titulada «Un cinturón, una ruta», cuya aplicación, según se afirmó en la reciente reunión de la Mesa Redonda UE-China (5), «debe contribuir al logro de la Agenda 2030 de las Naciones Unidas y sus Objetivos de Desarrollo Sostenible».

1.7. El CESE destaca el papel esencial de una conducta empresarial responsable en la consecución de los ODS. En este contexto, el sector privado desempeñará un papel esencial y profundo: la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (UNCTAD) calcula (6) que se necesitarán 2,5billones de dólares adicionales anuales, de los cuales se espera que la tercera parte proceda del sector privado. Muchas empresas tienen ya sus estrategias en relación con los ODS, pero todas deben ser alentadas para asumir la responsabilidad de su impacto en la sociedad mediante la diligencia debida en función del riesgo. El CESE señala que la movilización de recursos también se ve facilitada por políticas fiscales internacionales que apoyen las inversiones para la aplicación de los ODS (7).

1.8. El ODS 17 también se refiere de forma explícita al papel de la sociedad civil indicando que «para que una agenda de desarrollo sostenible sea eficaz se necesitan alianzas entre los gobiernos, el sector privado y la sociedad civil». Por tanto, el CESE insta a que todos los futuros mandatos para los capítulos sobre comercio y desarrollo sostenible en las negociaciones de la UE sobre comercio y asociación incluyan una cláusula específica por la que se exija a las dos partes de cada mecanismo de supervisión de la sociedad civil que colaboren para promover los ODS y supervisen los efectos de dicha colaboración.

1.8.1. Deberá darse la misma importancia a estos capítulos sobre comercio y desarrollo sostenible (especialmente los relacionados con los ODS, el Acuerdo de París y el respeto de los convenios de la OIT) que a los que tratan de cuestiones comerciales, técnicas o arancelarias.

1.9. Por último, el CESE recuerda a la UE su recomendación anterior (8) de llevar a cabo una evaluación de impacto completa sobre los posibles efectos de la aplicación de los ODS y el Acuerdo de París sobre la política comercial de la UE, incluida la agricultura. Una buena política comienza con un buen análisis.

2.1. La aplicación de la Agenda Global 2030 de las Naciones Unidas para el Desarrollo Sostenible y, en particular, de su elemento central, los ODS, seguirá siendo una prioridad mundial esencial hasta la fecha prevista para alcanzar los objetivos. Los diecisiete ODS van respaldados por otras 169 metas específicas.

2.1.1. Los ODS son de carácter global y universalmente aplicables, y están interrelacionados; lo que significa que alcanzarlos es una responsabilidad compartida de todos los países. Ya están conduciendo a un nuevo tipo de colaboración mundial más amplia, más participativa y más consultiva, en la que más de noventa países han solicitado la ayuda de otros, en particular la UE, para satisfacer dichos objetivos.

2.2. El Acuerdo de París, que ya ha entrado en vigor, ha reforzado considerablemente la importancia de los ODS. Desde entonces, ha aumentado considerablemente la incertidumbre por la intención declarada del Gobierno estadounidense de retirarse del Acuerdo, y lo que esto puede suponer en la práctica. Ello abre la puerta a la UE para que asuma el liderazgo mundial, garantizando que tanto los ODS como el Acuerdo de París sigan siendo prioridades principales, basándose en el gran interés que han mostrado China y otras economías en crecimiento por estos acuerdos. Hasta la fecha muchas economías rápidamente emergentes todavía no han hecho grandes esfuerzos para ayudar a otros países situados a la zaga en materia de desarrollo.

2.3. La Comunicación de la Comisión titulada «Próximas etapas para un futuro europeo sostenible — Acción europea para la sostenibilidad», publicada en noviembre de 2016, tiene el propósito de integrar plenamente los ODS «en el marco político europeo y las prioridades actuales de la Comisión», como, de hecho, está obligada a hacer en virtud del Tratado de Lisboa (9). El Comité ha acogido favorablemente esta iniciativa, sobre la que se está trabajando, en su dictamen sobre la agricultura en las negociaciones comerciales (10), en el que también se recomendaba que la UE realizara una evaluación de impacto completa sobre sus posibles efectos en la política comercial de la UE.

2.3.1. En la Comunicación se afirma que los ODS «serán una dimensión transversal» para la aplicación de la estrategia global de la UE, y se señala que la UE «desempeñó un papel decisivo» en la elaboración de esta agenda. Debería haber una estrecha sinergia entre el fomento y la aplicación de los ODS y la promoción de los valores europeos en todo el mundo, aun cuando los ODS no estén directamente destinados a impulsar la buena gobernanza y el Estado de Derecho.

2.4. Los ODS y el Acuerdo de París cambian radicalmente la agenda comercial mundial, especialmente...

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