Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre el «Programa Europeo de Desarrollo Industrial en materia de Defensa»[COM(2017) 294 final]

SectionSerie C
Issuing OrganizationComité Económico y Social

11.4.2018 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 129/51

Ponente: Antonello PEZZINI Coponente: Éric BRUNE

Consulta 7.6.2017 Fundamento jurídico Artículo 304 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea Órgano competente Comisión Consultiva de las Transformaciones Industriales (CCMI) Aprobado en la CCMI 16.11.2017 Aprobado en el pleno 7.12.2017 Pleno n.o 530 Resultado de la votación (a favor/en contra/abstenciones) 133/2/5

1.1. El Comité Económico y Social Europeo apoya enérgicamente la puesta en marcha de un Programa Europeo de Desarrollo Industrial en materia de Defensa con el objetivo de realizar un sistema interoperable e integrado de defensa común que, habida cuenta del actual escenario geopolítico, resulta cada vez más urgente, y que servirá para potenciar la autonomía estratégica del sector de la defensa de Europa (1) y desarrollar una sólida base industrial y tecnológica común.

1.2. El CESE considera esencial un nuevo enfoque que considere la cooperación estructurada permanente (PESCO) el dispositivo principal del Tratado de Lisboa, capaz de actuar como una incubadora política en la que construir una Europa de la defensa para catalizar las disponibilidades y compromisos de los Estados miembros, de conformidad con los artículos 42, apartado 6, y 46 del TUE y con el Protocolo n.o 10 del Tratado.

1.3. En opinión del Comité, solo una PESCO «integradora y ambiciosa» (2), capaz de establecer una lista de criterios y compromisos vinculantes, puede generar un proceso encaminado a superar la fragmentación de la oferta y la demanda y que cree de forma progresiva un mercado europeo transparente y abierto.

1.4. El CESE considera que el Reglamento por el que se establece el Programa debe obedecer a una visión estratégica industrial común, que permita avanzar hacia la integración efectiva de los productores e industriales europeos en proyectos financiados, con la participación de al menos tres Estados miembros, y en la adquisición de productos y servicios.

1.5. El Comité apoya decididamente la necesidad de un diálogo estructurado a escala europea, en sinergia y coordinado con la OTAN (3), y de un Consejo de Ministros de Defensa, que pueda aportar una dirección política duradera y constituir un foro de consulta y adopción de decisiones auténticamente europeas.

1.6. El CESE considera indispensable una gobernanza del Programa Europeo de Desarrollo Industrial en materia de Defensa que permita definir objetivos compartidos y concretos, mediante: — un comité consultivo de expertos industriales, para seleccionar las opciones prioritarias que deben incluirse en el programa de trabajo, y un comité de gestión, en el que participen los Estados miembros.

1.7. El Reglamento debería velar por garantizar: — un equilibrio geográfico adecuado entre los países europeos;

— una cuota sustancial de participación de empresas de menor tamaño;

— la superación de la precariedad de los trabajadores de la base tecnológica e industrial de la defensa europea (BITDE), para confirmar la validez de la financiación de la UE;

— el respeto de normas sociales y medioambientales, en particular, en materia de diseño ecológico y seguridad en el trabajo (4), con el fin de garantizar las competencias de la industria;

— todas las empresas de la UE, con independencia de su ubicación y tamaño, deberían tener oportunidades transparentes de participar en el Programa Europeo de Desarrollo Industrial en materia de Defensa.

1.8. El CESE está de acuerdo en que el Programa Europeo de Desarrollo Industrial en materia de Defensa debería centrar sus intervenciones en el desarrollo de productos y servicios y la creación de prototipos.

1.9. El CESE considera que una condición previa para la realización de un marco común de defensa europea es el desarrollo de una amplia cultura europea de la defensa y la seguridad, a fin de dotar a la ciudadanía europea de pleno sentido.

Los intentos por establecer una defensa común europea han constituido, históricamente, un tema constante pero enormemente delicado de la construcción europea.

2.1. El primer intento fue el lanzamiento de la Comunidad Europea de Defensa (CED) en 1954, que fracasó el 30 de agosto de 1954. El segundo fue el establecimiento de la Política Común de Seguridad y Defensa en 2000, seguida por la creación de la Agencia Europea de Defensa (AED) en 2004. La acción subsiguiente fue la elaboración de la Estrategia Global de la UE (5) y, por último, la Declaración conjunta UE-OTAN de 2016 (6).

2.2. El desarrollo ulterior del sector industrial de la defensa, además de aportar notables ventajas a la economía europea, puede representar, si se gestiona con visión de futuro, la pieza clave de un planteamiento más amplio y pertinente, que persiga como objetivo el nacimiento de una defensa auténticamente europea.

2.3. La lenta pero necesaria superación de la visión nacional de la defensa, que contrasta, entre otras cosas, con la presencia de grandes complejos político-militares en el mundo y que ha demostrado la fragilidad y debilidad política de Europa en los grandes acontecimientos mundiales, puede tener como punto de partida la iniciativa del Parlamento y del Consejo, que, a través de la acción de la Comisión, puede fomentar la industria y el mercado europeo de la defensa.

2.3.1. El sector de la industria europea de la defensa —entendido como el conjunto de industrias que desarrollan, producen y suministran bienes y servicios a las fuerzas armadas, de policía y de seguridad de los Estados miembros de la Unión— presenta características peculiares en varios aspectos: los cambios tecnológicos están transformando de forma radical la naturaleza y la fisionomía de la defensa y la seguridad, con grandes repercusiones en la industria europea, desde el uso de los macrodatos a los vehículos y aparatos no pilotados o la inteligencia artificial.

2.3.2. Desde el punto de vista de la economía europea, representa, con una facturación de 100 000 millones EUR al año y...

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